Disposiciones generales. . (2023/525-1)
Orden de 15 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a Entidades Locales, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo y ejecución de estrategias locales que promuevan la elaboración de itinerarios de inclusión sociolaboral para colectivos en riesgo de exclusión en zonas desfavorecidas en el marco de la Estrategia Regional Andaluza para la Cohesión e Inclusión Social (ERACIS), cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus, y se efectúa su convocatoria en el año 2023.
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Extraordinario núm. 25 - Jueves, 16 de noviembre de 2023

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de mecanismos de compensación con la finalidad de que las personas residentes en
dichos territorios puedan acceder a los distintos Sistemas de Protección Social de las
Administraciones, especialmente a los de educación, empleo, vivienda y salud, así como
a otros servicios públicos.
Esta compensación se basa en la elaboración y desarrollo de itinerarios de inclusión
sociolaboral para personas en situación de exclusión o de vulnerabilidad social, desde el
liderazgo de servicios sociales comunitarios, apoyados por entidades del tercer sector.
La ERACIS representa una nueva forma de intervención en zonas desfavorecidas,
guiada por un enfoque integral y comunitario, que busca propiciar el impulso coordinado
desde los ámbitos autonómico, provincial y local, procurando el desarrollo de políticas
públicas activas, eficaces y eficientes en el territorio, lo suficientemente flexibles para
adaptarse a la singularidad de cada una de estas zonas desfavorecidas.
Coincidiendo con la finalización del periodo de ejecución de la ERACIS , se aprueba
el Programa FSE+ para Andalucía 2021-2027. En este se contempla un objetivo político
«OP 4. Una Europa más social e inclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de
derechos sociales», en cuya Prioridad 2 «Inclusión social y lucha contra la pobreza», se
incluye el Objetivo Específico «OE h) fomentar la inclusión activa al objeto de promover
la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la
empleabilidad, en particular para los grupos desfavorecidos», dentro del cual se incluye
como operación estratégica el «Desarrollo de estrategias locales para la elaboración
de itinerarios de inclusión sociolaboral para colectivos en riesgo de exclusión en zonas
desfavorecidas (ERACIS)».
Por tanto, el FSE+ brinda la oportunidad financiera para continuar desarrollando la
ERACIS en zonas desfavorecidas, al objeto de consolidar y perfeccionar las actuaciones,
fines y objetivos logrados durante el primer periodo de ejecución de la misma.
Por Decreto del Presidente 161/2022, de 9 de agosto, sobre reestructuración de
Consejerías (BOJA extraordinario núm. 28, de 11 de agosto), corresponde a la Consejería
de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, a través de su Dirección General
de Protección Social y Barridas de Actuación Preferente, el desarrollo de la Estrategia
Regional de Intervención en Zonas Desfavorecidas.
Uno de los pilares fundamentales de la metodología propuesta por la ERACIS es el
refuerzo de la capacidad de intervención local mediante la incorporación de profesionales
de la tutorización y/o mediación con enfoque comunitario a los equipos de trabajo para
el desarrollo de acciones específicas en las diversas áreas identificadas, con especial
atención a la puesta en marcha de itinerarios integrados y personalizados de inserción
sociolaboral.
Es por ello que la presente orden tiene por finalidad aprobar las bases reguladoras
de las subvenciones dirigidas a las Entidades Locales para el desarrollo y ejecución
de los estrategias locales que promuevan la elaboración de itinerarios de inclusión
sociolaboral para colectivos en riesgo de exclusión en zonas desfavorecidas, y efectuar
su convocatoria.
Dada la especial naturaleza de las actuaciones subvencionables y de las entidades
potencialmente beneficiarias, que han de ser todas las Entidades Locales de la Comunidad
Autónoma Andaluza en cuyo territorio se hayan identificado zonas desfavorecidas,
resulta poco conveniente el uso del procedimiento de concesión de subvenciones
mediante comparación entre solicitudes, optándose por un régimen de concurrencia no
competitiva, graduándose las ayudas en función de la tipología de municipios, del número
de personas que residen en cada una de las zonas desfavorecidas y del número de
personas perceptoras de rentas básicas.
El procedimiento de concesión se iniciará a solicitud de estas entidades y las
subvenciones se concederán en régimen de concurrencia no competitiva, en atención a la
existencia de esta determinada situación, sin que sea necesario establecer la comparación
de las solicitudes, ni prelación entre las mismas, tramitándose y resolviéndose de forma
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía