Disposiciones generales. . (2023/525-1)
Orden de 15 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a Entidades Locales, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo y ejecución de estrategias locales que promuevan la elaboración de itinerarios de inclusión sociolaboral para colectivos en riesgo de exclusión en zonas desfavorecidas en el marco de la Estrategia Regional Andaluza para la Cohesión e Inclusión Social (ERACIS), cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus, y se efectúa su convocatoria en el año 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 25 - Jueves, 16 de noviembre de 2023
página 17722/16
8.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de entidad/es colabora/s:
No se establecen.
Se establecen las siguientes excepciones al artículo 7.4 del Texto Articulado:
8.e) Condiciones de solvencia y eficacia:
No se establecen.
Se establecen las siguientes condiciones:
8.f) Particularidades y contenido que, en su caso, se establecen para el convenio de colaboración o
contrato:
No se establecen.
Se establecen las siguientes:
8.g) Funciones y obligaciones de la/s entidad/es colaboradora/s:
9.- Posibilidad de subcontratación.
9.a) Posibilidad de subcontratación:
Sí. Porcentaje máximo:
No
9.b) En caso afirmativo, documentación a presentar junto con la solicitud de autorización para la
subcontratación:
Ninguna
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 3.b) del artículo 8 del Texto
Articulado, se deberá presentar la siguiente documentación:
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 7.d)1º del artículo 8 del
Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente documentación:
10.- Solicitudes y escritos.
10.a) Obtención del formulario:
En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
En la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25433.html
En las sedes de los siguientes órganos:
En los siguientes lugares:
10.b) Órgano al que se dirigirán las solicitudes:
A la persona titular de la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente
de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
10.d) Además de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado, se podrán utilizar los siguientes
sistemas de firma electrónica:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292736
10.c) Las solicitudes se podrán presentar, además de en el registro electrónico de la Administración de la
Junta de Andalucía, a través de la dirección electrónica: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/
vi/procedimientoDetalle.xhtml en los siguientes lugares y registros:
Los indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y las demás normas que le sean de
aplicación con las limitaciones del artículo 14 de la misma.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 25 - Jueves, 16 de noviembre de 2023
página 17722/16
8.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de entidad/es colabora/s:
No se establecen.
Se establecen las siguientes excepciones al artículo 7.4 del Texto Articulado:
8.e) Condiciones de solvencia y eficacia:
No se establecen.
Se establecen las siguientes condiciones:
8.f) Particularidades y contenido que, en su caso, se establecen para el convenio de colaboración o
contrato:
No se establecen.
Se establecen las siguientes:
8.g) Funciones y obligaciones de la/s entidad/es colaboradora/s:
9.- Posibilidad de subcontratación.
9.a) Posibilidad de subcontratación:
Sí. Porcentaje máximo:
No
9.b) En caso afirmativo, documentación a presentar junto con la solicitud de autorización para la
subcontratación:
Ninguna
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 3.b) del artículo 8 del Texto
Articulado, se deberá presentar la siguiente documentación:
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 7.d)1º del artículo 8 del
Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente documentación:
10.- Solicitudes y escritos.
10.a) Obtención del formulario:
En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
En la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25433.html
En las sedes de los siguientes órganos:
En los siguientes lugares:
10.b) Órgano al que se dirigirán las solicitudes:
A la persona titular de la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente
de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
10.d) Además de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado, se podrán utilizar los siguientes
sistemas de firma electrónica:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292736
10.c) Las solicitudes se podrán presentar, además de en el registro electrónico de la Administración de la
Junta de Andalucía, a través de la dirección electrónica: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/
vi/procedimientoDetalle.xhtml en los siguientes lugares y registros:
Los indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y las demás normas que le sean de
aplicación con las limitaciones del artículo 14 de la misma.