Autoridades y personal. . (2023/219-19)
Orden de 9 de noviembre de 2023, por la que se efectúa convocatoria de procedimientos selectivos para el acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y al Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y adquisición de nuevas especialidades en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y en el Cuerpo de Maestros.
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Número 219 - Miércoles, 15 de noviembre de 2023
página 17397/8
• Orden de 1 de febrero de 1996, por la que se aprueban los temarios que han de regir
en los procedimientos de ingreso, adquisición de nuevas especialidades y movilidad para
determinadas especialidades de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y
Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
• Orden de 10 de junio de 2020, por la que se regulan los procedimientos de provisión,
con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de
violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las
bases aplicables al personal integrante de las mismas.
• Orden de 30 de mayo de 2023, por la que se desarrolla el currículo correspondiente
a la etapa de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan
determinados aspectos de la atención a la diversidad y a las diferencias individuales y se
establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado.
• Orden de 30 de mayo de 2023, por la que se desarrolla el currículo correspondiente
a la etapa de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan
determinados aspectos de la atención a la diversidad y a las diferencias individuales, se
establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y se
determinan los procesos de tránsito entre ciclos y con Educación Primaria.
• Orden de 30 de mayo de 2023, por la que se desarrolla el currículo correspondiente
a la etapa de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan
determinados aspectos de la atención a la diversidad y a las diferencias individuales, se
establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y se
determina el proceso de tránsito entre las diferentes etapas educativas.
• Orden de 30 de mayo de 2023, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a
la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía,
se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y a las diferencias
individuales, se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del
alumnado y se determina el proceso de tránsito entre las diferentes etapas educativas.
1.3. Lugar de realización de las pruebas.
Las pruebas que se convocan se realizarán en las localidades que determine,
mediante resolución, la persona titular de la Dirección General del Profesorado y
Gestión de Recursos Humanos. La ubicación y el número de los tribunales que hayan de
designarse vendrán condicionados por el número de participantes.
1.4. Distribución del personal aspirante entre los tribunales.
La persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos
Humanos realizará la distribución del personal aspirante de cada especialidad en
proporción al número de tribunales, respetando, siempre que ello sea posible, la provincia
que se haya consignado en la solicitud de participación.
Quienes participen por el turno de reserva de discapacidad serán asignados a un
tribunal de la especialidad correspondiente en función del número de aspirantes, sin
perjuicio de lo establecido con carácter general en el párrafo anterior.
1.5. Asignación de plazas a los tribunales en el procedimiento de acceso del grupo A2
al A1.
En las especialidades en las que se constituya más de un tribunal, el número de
plazas que se asigne a cada uno de ellos será, para cada uno de los turnos, proporcional
al número de aspirantes que hayan realizado la prueba en dichos tribunales y turnos.
Para ello, los tribunales remitirán un certificado a la correspondiente comisión de
selección haciendo constar el número de aspirantes que hayan realizado la prueba,
especificando quiénes lo han hecho por el turno general y quiénes por el de reserva
para personas con discapacidad. Las comisiones de selección comunicarán los datos a
la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.
Una vez recibidas las certificaciones, la referida Dirección General dictará resolución
por la que se asignará provisionalmente el número de plazas que corresponda a cada
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292407
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 17397/8
• Orden de 1 de febrero de 1996, por la que se aprueban los temarios que han de regir
en los procedimientos de ingreso, adquisición de nuevas especialidades y movilidad para
determinadas especialidades de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y
Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
• Orden de 10 de junio de 2020, por la que se regulan los procedimientos de provisión,
con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de
violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las
bases aplicables al personal integrante de las mismas.
• Orden de 30 de mayo de 2023, por la que se desarrolla el currículo correspondiente
a la etapa de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan
determinados aspectos de la atención a la diversidad y a las diferencias individuales y se
establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado.
• Orden de 30 de mayo de 2023, por la que se desarrolla el currículo correspondiente
a la etapa de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan
determinados aspectos de la atención a la diversidad y a las diferencias individuales, se
establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y se
determinan los procesos de tránsito entre ciclos y con Educación Primaria.
• Orden de 30 de mayo de 2023, por la que se desarrolla el currículo correspondiente
a la etapa de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan
determinados aspectos de la atención a la diversidad y a las diferencias individuales, se
establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y se
determina el proceso de tránsito entre las diferentes etapas educativas.
• Orden de 30 de mayo de 2023, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a
la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía,
se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y a las diferencias
individuales, se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del
alumnado y se determina el proceso de tránsito entre las diferentes etapas educativas.
1.3. Lugar de realización de las pruebas.
Las pruebas que se convocan se realizarán en las localidades que determine,
mediante resolución, la persona titular de la Dirección General del Profesorado y
Gestión de Recursos Humanos. La ubicación y el número de los tribunales que hayan de
designarse vendrán condicionados por el número de participantes.
1.4. Distribución del personal aspirante entre los tribunales.
La persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos
Humanos realizará la distribución del personal aspirante de cada especialidad en
proporción al número de tribunales, respetando, siempre que ello sea posible, la provincia
que se haya consignado en la solicitud de participación.
Quienes participen por el turno de reserva de discapacidad serán asignados a un
tribunal de la especialidad correspondiente en función del número de aspirantes, sin
perjuicio de lo establecido con carácter general en el párrafo anterior.
1.5. Asignación de plazas a los tribunales en el procedimiento de acceso del grupo A2
al A1.
En las especialidades en las que se constituya más de un tribunal, el número de
plazas que se asigne a cada uno de ellos será, para cada uno de los turnos, proporcional
al número de aspirantes que hayan realizado la prueba en dichos tribunales y turnos.
Para ello, los tribunales remitirán un certificado a la correspondiente comisión de
selección haciendo constar el número de aspirantes que hayan realizado la prueba,
especificando quiénes lo han hecho por el turno general y quiénes por el de reserva
para personas con discapacidad. Las comisiones de selección comunicarán los datos a
la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.
Una vez recibidas las certificaciones, la referida Dirección General dictará resolución
por la que se asignará provisionalmente el número de plazas que corresponda a cada
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292407
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía