Autoridades y personal. . (2023/219-19)
Orden de 9 de noviembre de 2023, por la que se efectúa convocatoria de procedimientos selectivos para el acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y al Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y adquisición de nuevas especialidades en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y en el Cuerpo de Maestros.
48 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 219 - Miércoles, 15 de noviembre de 2023
página 17397/22
ser predeterminadas por el tribunal, la calificación efectuada por el tribunal no podrá ser
modificada, salvo motivo de error material convenientemente alegado.
6.4. Convocatoria de la prueba.
El personal aspirante será convocado para sus actuaciones ante los tribunales
en único llamamiento, siendo motivo de exclusión del procedimiento selectivo la no
comparecencia a la hora establecida a cualquiera de las mismas.
El personal convocado para cada día deberá estar presente a la hora fijada por el
tribunal como hora de inicio de las sesiones, considerándose como no presentadas
aquellas personas aspirantes que no se encuentren en el momento del llamamiento
inicial ni en el momento de ser llamadas para la realización de la misma. Los anuncios
de estas pruebas deberán hacerse públicos en las sedes de los tribunales, con al menos
dos días de antelación al comienzo de las mismas, y en el portal web de la Consejería de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
El orden de actuación será el alfabético ascendente, iniciándose por la persona
cuyo primer apellido comience por la letra «N» de conformidad con lo establecido en la
Resolución de 25 de enero de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y
Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo que determina el orden
de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen a partir de la
publicación en el BOJA de la presente resolución y que se celebren durante el año 2023
(BOJA núm. 19, de 30 de enero de 2023). Los tribunales que no cuenten con aspirantes
cuyo primer apellido comience por la referida letra «N», el orden de actuación se iniciará
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «Ñ», y así sucesivamente.
En cualquier momento del procedimiento selectivo el personal aspirante podrá ser
requerido por el tribunal para que acredite su identidad. Asimismo, si los tribunales
tuviesen conocimiento de que alguna persona no posee los requisitos exigidos en la
presente convocatoria deberán levantar acta y comunicarlo a la Dirección General
del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos que, previa audiencia a la persona
interesada, dictará la resolución que proceda. Hasta tanto se emita resolución podrá
seguir participando condicionalmente en el procedimiento o procedimientos selectivos.
TÍTULO II
Séptima. Sistema de selección.
7.1. Procedimiento selectivo.
Quienes participen a plazas de acceso por este procedimiento sólo podrán concurrir
a una especialidad.
El sistema selectivo de acceso a un cuerpo de distinto nivel de clasificación constará
de un concurso de méritos y una prueba.
7.1.1. Fase de oposición.
Consta de una prueba que tendrá por objeto valorar tanto los conocimientos sobre la
materia como los recursos didácticos y pedagógicos del personal aspirante. La prueba
consistirá en la exposición oral de un tema de la especialidad a que se opte, elegido
entre ocho extraídos al azar por el tribunal de entre los que componen el temario de la
especialidad y, en el caso de concordancia entre la titulación académica aportada y la
especialidad a la que se aspira, entre nueve. A los efectos de establecer la concordancia
entre la titulación académica alegada y a la que se opta, será de aplicación lo establecido
en el Anexo III de titulaciones de la orden por la que se regulan los de procedimientos
de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por
razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes,
así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas. La exposición se
completará con un planteamiento pedagógico y didáctico del tema.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292407
PROCEDIMIENTO SELECTIVO DE ACCESO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 219 - Miércoles, 15 de noviembre de 2023
página 17397/22
ser predeterminadas por el tribunal, la calificación efectuada por el tribunal no podrá ser
modificada, salvo motivo de error material convenientemente alegado.
6.4. Convocatoria de la prueba.
El personal aspirante será convocado para sus actuaciones ante los tribunales
en único llamamiento, siendo motivo de exclusión del procedimiento selectivo la no
comparecencia a la hora establecida a cualquiera de las mismas.
El personal convocado para cada día deberá estar presente a la hora fijada por el
tribunal como hora de inicio de las sesiones, considerándose como no presentadas
aquellas personas aspirantes que no se encuentren en el momento del llamamiento
inicial ni en el momento de ser llamadas para la realización de la misma. Los anuncios
de estas pruebas deberán hacerse públicos en las sedes de los tribunales, con al menos
dos días de antelación al comienzo de las mismas, y en el portal web de la Consejería de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
El orden de actuación será el alfabético ascendente, iniciándose por la persona
cuyo primer apellido comience por la letra «N» de conformidad con lo establecido en la
Resolución de 25 de enero de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y
Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo que determina el orden
de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen a partir de la
publicación en el BOJA de la presente resolución y que se celebren durante el año 2023
(BOJA núm. 19, de 30 de enero de 2023). Los tribunales que no cuenten con aspirantes
cuyo primer apellido comience por la referida letra «N», el orden de actuación se iniciará
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «Ñ», y así sucesivamente.
En cualquier momento del procedimiento selectivo el personal aspirante podrá ser
requerido por el tribunal para que acredite su identidad. Asimismo, si los tribunales
tuviesen conocimiento de que alguna persona no posee los requisitos exigidos en la
presente convocatoria deberán levantar acta y comunicarlo a la Dirección General
del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos que, previa audiencia a la persona
interesada, dictará la resolución que proceda. Hasta tanto se emita resolución podrá
seguir participando condicionalmente en el procedimiento o procedimientos selectivos.
TÍTULO II
Séptima. Sistema de selección.
7.1. Procedimiento selectivo.
Quienes participen a plazas de acceso por este procedimiento sólo podrán concurrir
a una especialidad.
El sistema selectivo de acceso a un cuerpo de distinto nivel de clasificación constará
de un concurso de méritos y una prueba.
7.1.1. Fase de oposición.
Consta de una prueba que tendrá por objeto valorar tanto los conocimientos sobre la
materia como los recursos didácticos y pedagógicos del personal aspirante. La prueba
consistirá en la exposición oral de un tema de la especialidad a que se opte, elegido
entre ocho extraídos al azar por el tribunal de entre los que componen el temario de la
especialidad y, en el caso de concordancia entre la titulación académica aportada y la
especialidad a la que se aspira, entre nueve. A los efectos de establecer la concordancia
entre la titulación académica alegada y a la que se opta, será de aplicación lo establecido
en el Anexo III de titulaciones de la orden por la que se regulan los de procedimientos
de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por
razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes,
así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas. La exposición se
completará con un planteamiento pedagógico y didáctico del tema.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292407
PROCEDIMIENTO SELECTIVO DE ACCESO