3. Otras disposiciones. . (2023/218-31)
Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica acuerdo específico entre el Instituto Andaluz de Administración Pública y la Universidad de Sevilla a través del Instituto Universitario de Investigación «Manuel Clavero Arévalo» para la celebración de las jornadas sobre «La Nueva Normativa de Empleo Público en Andalucía».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 218 - Martes, 14 de noviembre de 2023

página 17352/5

Novena. Liquidación del convenio.
El cumplimiento y la resolución del convenio dará lugar a su liquidación con objeto de
determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes. Las actuaciones
tendentes a la liquidación del convenio serán objeto de estudio previo en el órgano de
seguimiento para su posterior propuesta a los órganos competentes.
Si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen
actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta del órgano de seguimiento,
podrán acordar la continuación o finalización de las que consideren oportunas,
estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá
realizarse la liquidación de las mismas. En todo caso habrá de respetarse los plazos
de ejecución de las actividades que se encuentren planificadas y aprobadas en dicho
momento.
Décima. Producción de efectos y duración.
El presente convenio producirá efectos el día siguiente al de su firma, una vez
observadas las formalidades y trámites legales que resulten preceptivos y sus
disposiciones regirán hasta la completa finalización de las jornadas que lo motiva.
Undécima. Protección de datos y confidencialidad.
Las partes se comprometen a no difundir, sin autorización de la otra, informaciones
científicas o técnicas a las que hayan tenido acceso en el desarrollo de este convenio.
Asimismo, las partes deberán extender estas obligaciones a todas las personas que
intervengan o colaboren en la realización y desarrollo de lo establecido en este convenio.
Las partes se someterán a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, al Reglamento General de
Protección de datos (Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016), y demás normativa vigente en materia de protección de datos
personales en todos los supuestos en los que pueda darse tratamiento, cesión o
comunicación de datos, entre ellas o a un tercero, en ejecución de lo dispuesto en este
convenio.
Duodécima. Principio de conciliación amistosa.
Las partes se comprometen a resolver de forma amistosa, en el seno del órgano de
seguimiento, cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo e interpretación
del presente convenio. No obstante, de persistir las discrepancias, su resolución
corresponderá a los órganos de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

00292351

Decimotercera. Publicidad oficial.
De acuerdo con el principio de publicidad establecido en el artículo 48.8 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y dada la trascendencia
que el presente convenio tiene, las partes consideran oportuna su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Asimismo, de conformidad con el principio de publicidad activa para los convenios
de colaboración, previsto en el artículo 15.b) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de
Transparencia Pública de Andalucía, ambas partes se comprometen a publicar los datos
del presente convenio legalmente exigidos en sus respectivos portales de transparencia.
Y en prueba de conformidad firman digitalmente el presente convenio. Por la
Universidad de Sevilla el Señor Rector Magnífico, fdo.: Miguel Ángel Castro Arroyo. Por el
Instituto Andaluz de Administración Pública, el Director, fdo.: José Loaiza García.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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