3. Otras disposiciones. . (2023/217-30)
Orden de 31 de octubre de 2023, por la que se concede autorización para impartir enseñanzas de formación profesional en modalidad a distancia al Centro Docente Privado Academia Instituto Tecnológico Granada, de Granada. (PP. 3184/2023).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 217 - Lunes, 13 de noviembre de 2023
página 17182/3
Consejería competente en materia de educación en Granada el plan docente con las
programaciones, la organización de las sesiones y pruebas presenciales de los módulos
profesionales de este curso, así como la relación de profesorado que impartirá docencia,
con indicación de sus respectivas titulaciones y la documentación acreditativa de poseer
la formación técnica y metodológica necesaria para impartir docencia en la modalidad a
distancia, comunicando a la Delegación Territorial competente cualquier modificación que
pudiera producirse en la relación de este personal docente. Igualmente, deberá poner a
disposición de la Dirección General de Formación Profesional un acceso a la plataforma
virtual de aprendizaje con los módulos profesionales de segundo curso.
Quinto. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros
Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea
y regula el Registro de Centros Docentes.
Sexto. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijado para
cada módulo profesional.
Séptimo. El centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a
solicitar una nueva autorización si se modificase alguno de los requisitos alegados para
tramitar la presente autorización.
Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta
de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 31 de octubre de 2023
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
00292187
Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 217 - Lunes, 13 de noviembre de 2023
página 17182/3
Consejería competente en materia de educación en Granada el plan docente con las
programaciones, la organización de las sesiones y pruebas presenciales de los módulos
profesionales de este curso, así como la relación de profesorado que impartirá docencia,
con indicación de sus respectivas titulaciones y la documentación acreditativa de poseer
la formación técnica y metodológica necesaria para impartir docencia en la modalidad a
distancia, comunicando a la Delegación Territorial competente cualquier modificación que
pudiera producirse en la relación de este personal docente. Igualmente, deberá poner a
disposición de la Dirección General de Formación Profesional un acceso a la plataforma
virtual de aprendizaje con los módulos profesionales de segundo curso.
Quinto. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros
Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea
y regula el Registro de Centros Docentes.
Sexto. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijado para
cada módulo profesional.
Séptimo. El centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a
solicitar una nueva autorización si se modificase alguno de los requisitos alegados para
tramitar la presente autorización.
Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta
de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 31 de octubre de 2023
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
00292187
Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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