Disposiciones generales. . (2023/217-3)
Orden de 3 de noviembre de 2023, por la que se aprueban los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita prestados en el turno de oficio por los profesionales de la abogacía y de la procuraduría.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 217 - Lunes, 13 de noviembre de 2023

página 17325/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA

El artículo 24 de la Constitución garantiza el derecho de todas las personas a obtener
la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses
legítimos, así como el derecho de todos a la defensa y a la asistencia de letrado. La
garantía de estos derechos fundamentales se complementa con lo dispuesto en el artículo
119 de la Constitución, que establece que la justicia será gratuita cuando así lo disponga
la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar.
Con la finalidad de determinar el contenido y alcance del derecho a la asistencia
jurídica gratuita, se dictó la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita,
desarrollada por el Real Decreto 141/2021, de 9 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento de asistencia jurídica gratuita, normas que contienen algunas disposiciones
que son de aplicación general en todo el territorio nacional, de conformidad con la
competencia exclusiva que el artículo 149.1.3.ª, 5.ª, 6.ª y 18.ª de la Constitución atribuye al
Estado sobre relaciones internacionales, Administración de Justicia, legislación procesal
y bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas, respectivamente.
En la Comunidad Autónoma de Andalucía, el artículo 150.1 del Estatuto de Autonomía
para Andalucía dispone que corresponde a la Junta de Andalucía la competencia para
ordenar los servicios de justicia gratuita y de orientación jurídica gratuita. En ejercicio de
esta competencia, se dicta el Decreto 67/2008, de 26 de febrero, por el que se aprueba el
Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
El Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita de Andalucía tiene por objeto regular
el procedimiento para el reconocimiento del derecho de asistencia jurídica gratuita,
establecer el régimen de organización y funcionamiento de las comisiones de asistencia
jurídica gratuita, así como determinar las distintas compensaciones económicas que se
derivan de la prestación de los servicios de asistencia jurídica gratuita.
En relación con la compensación económica por las actividades que se realicen por
los profesionales correspondientes para la defensa y representación gratuitas en el turno
de oficio, el artículo 49.2 del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita de Andalucía
dispone que reglamentariamente, por orden de la consejería competente en materia
de asistencia jurídica gratuita se aprobarán los módulos y bases de compensación
económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita prestados en el turno de oficio.
La orden que se aprueba no solo tiene por objeto racionalizar y determinar los
módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica
gratuita prestados en el turno de oficio por los profesionales de la abogacía y de la
procuraduría, sino también actualizar su importe por cuanto, atendida la naturaleza de los
servicios profesionales que se prestan, se debe proceder periódicamente a la revisión de
la cuantía de los módulos a fin de no desvirtuar su carácter compensatorio. Por tanto, la
aprobación de la orden da respuesta a la necesaria puesta al día de los módulos y bases
de compensación económica vigentes desde 2018, a la vez que establece un nuevo
sistema susceptible de futuras actualizaciones, incluso con carácter periódico.
Con esta finalidad, a los efectos de determinar la compensación económica por
las actividades que se realicen por los profesionales para la defensa y representación
gratuitas en el turno de oficio, se distingue, de una parte, entre «módulo o módulo de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Orden de 3 de noviembre de 2023, por la que se aprueban los módulos y bases
de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita
prestados en el turno de oficio por los profesionales de la abogacía y de la
procuraduría.