Disposiciones generales. . (2023/216-4)
Orden de 7 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a apoyar el uso de servicios de asesoramiento sostenible en producción ecológica a explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 216 - Viernes, 10 de noviembre de 2023

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plataforma habilitada al efecto.
2.-Vencido el plazo a que se refiere el punto anterior, el órgano competente para
conceder la ayuda, comunicará a la entidad beneficiaria el número de asesoramientos que
definitivamente le corresponde efectuar durante el periodo de ejecución, en función de
los destinatarios finales que han solicitado su asesoramiento.
3.-En la comunicación a que se refiere el punto anterior, el órgano competente para
conceder la ayuda, comunicará igualmente a la entidad beneficiaria la cuantía de la ayuda
que tiene derecho a percibir, por periodo de ejecución, en función del número de
asesoramientos que en total le corresponde efectuar durante la misma.
4.- En los 15 días hábiles siguientes a la comunicación indicada en el punto anterior, la
entidad beneficiaria deberá presentar el Anexo IV publicado en la correspondiente
convocatoria, en el que aportará la relación exacta del personal técnico que va a llevar
a cabo los asesoramientos concedidos para la correspondiente anualidad, con sus
respectivos contratos debidamente formalizados, y la restante documentación señalada en
el apartado 15 de este cuadro resumen, acreditativa de que el equipo técnico cumple los
requisitos previstos en este cuadro resumen. Asimismo, se acreditará que dicho equipo
cumple los criterios relacionados con la igualdad de género, previstos en el apartado 12
de este cuadro resumen, en caso de que se haya otorgado puntos por tal concepto.
En este mismo plazo, conforme a lo previsto en el apartado 4.a)2.4 de este cuadro
resumen, se deberá aportar el correspondiente seguro de responsabilidad civil, si no se
aportó junto con el Anexo II, publicado en la correspondiente convocatoria.
5.-El órgano competente para conceder la ayuda analizará la documentación presentada
conforme al punto anterior y verificará la idoneidad del equipo técnico que va a prestar
los servicios de asesoramiento en la anualidad, emitiéndose para ello un pronunciamiento
al respecto, en el plazo de 15 días hábiles, en el que también se constatará si se
cumplen con los criterios relacionados con la igualdad de género, de haberse otorgado
puntos por tal concepto, debiendo procederse en su caso en la forma prevista en los
apartados 26.f) y 27 de este cuadro resumen.
Los actos de control efectuados en el marco de los citados sistemas de gestión y control
no tienen el carácter de un procedimiento independiente, autónomo ni diferenciado del
procedimiento iniciado con la solicitud de otorgamiento de la subvención, sino como
integrantes de éste.
Las funciones de comprobación que podrán no ser realizadas por personal funcionario serán
las de carácter material, entre las que se encuentran la simple constatación de hechos y
datos objetivos resultantes de los asesoramientos realizados, la confirmación de la
existencia de documentos y la verificación de información contenida en éstos. Estas
funciones de comprobación mantendrán su naturaleza de complementarias o auxiliares al
ejercicio de potestades públicas propias del personal funcionario.

5.b) Posibilidad de prorrateo:
No.
Sí. El importe destinado a estas subvenciones será prorrateado aplicando la/s siguiente/s regla/s:

5.c).1º. Gastos subvencionables:

Serán subvencionables la totalidad de los gastos por asesoramiento en los que incurra la entidad en
la prestación del servicio, siempre que éste cumpla los requisitos previstos en estas bases
reguladoras. Su determinación se ha efectuado conforme a lo señalado en el artículo 67.1.b) del
Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, según la
Metodología y determinación de los costes simplificados aplicados a la impartición del servicio de
asesoramiento en agricultura sostenible en producción ecológica en el marco de las intervenciones de
desarrollo rural del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España.(Intervención 7202,
artículo 78).

5.c).2º. Posibilidad de compensar gastos subvencionables:
No.
Sí. Se podrán compensar los siguientes gastos subvencionables:

5.d) Costes indirectos:
No serán subvencionables costes indirectos.
Criterios de imputación y método de asignación de los mismos:

Dentro de los costes, se han tenido en cuenta ya los costes indirectos imputables. Su determinación
se ha efectuado conforme a lo señalado en el artículo 68.1.b) del Reglamento (UE) 1303/2013 del

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Porcentaje máximo que se permite compensar:
Porcentaje máximo:
El porcentaje máximo se indicará en la Resolución de concesión.