Disposiciones generales. . (2023/215-1)
Orden de 3 de noviembre de 2023, por la que se efectúa la convocatoria para la habilitación de entidades en el marco de concesión de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo incluidas en la Intervención Sectorial del Sector Vitivinícola Español (2024-2027), al amparo de la Orden de 21 de octubre de 2019.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 215 - Jueves, 9 de noviembre de 2023
página 17123/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 3 de noviembre de 2023, por la que se efectúa la convocatoria
para la habilitación de entidades en el marco de concesión de ayudas a la
reestructuración y reconversión de viñedo incluidas en la Intervención Sectorial
del Sector Vitivinícola Español (2024-2027), al amparo de la Orden de 21 de
octubre de 2019.
Con la finalidad de prestar servicio y agilizar la gestión administrativa de la concesión
de la ayuda a la reestructuración y reconversión de viñedo en la Comunidad Autónoma
de Andalucía, resulta oportuno que determinadas entidades puedan realizar, en
representación y por cuenta de las personas interesadas, determinadas transacciones
electrónicas, todo ello conforme a lo establecido en el artículo 5.7 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
donde se contempla la posibilidad de que las Administraciones Públicas puedan
habilitar a personas físicas o jurídicas autorizadas para la realización de determinadas
transacciones electrónicas en representación de las personas interesadas, especificando
las condiciones y obligaciones a las que se comprometen las que así adquieran la
condición de representantes para su habilitación.
Así, mediante la Orden de 21 de octubre de 2019, publicada en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía núm. 210, de fecha 30 de octubre de 2019, se regula el procedimiento
para la habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las
solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas concedidas por la Consejería con
competencias en materia de agricultura, pesca, agua y desarrollo rural en su ámbito
competencial.
Por todo ello, considerando oportuno llevar a cabo la convocatoria del procedimiento
de habilitación al objeto de que las entidades representativas del sector vitivinícola puedan
realizar, en representación y por cuenta de las personas interesadas, determinadas
transacciones electrónicas relacionadas con la línea de ayuda a la reestructuración
y reconversión de viñedo próxima a ser convocada por la Dirección General de la
Producción Agrícola y Ganadera, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el
Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
RESU ELVO
Segundo. Alcance de la habilitación.
1. A los efectos de lo dispuesto en el artículo artículo 2.3 de la Orden de 21 de octubre
de 2019, por la que se regula el procedimiento para la habilitación de entidades para la
presentación y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292117
Primero. Convocatoria.
1. Se convoca procedimiento de habilitación a entidades para el procedimiento de
concesión de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo en Andalucía.
2. La información asociada al procedimiento de habilitación de entidades, está
disponible con el código de procedimiento 18340, en el siguiente enlace del Catálogo de
Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica general de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/18340.html
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 215 - Jueves, 9 de noviembre de 2023
página 17123/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 3 de noviembre de 2023, por la que se efectúa la convocatoria
para la habilitación de entidades en el marco de concesión de ayudas a la
reestructuración y reconversión de viñedo incluidas en la Intervención Sectorial
del Sector Vitivinícola Español (2024-2027), al amparo de la Orden de 21 de
octubre de 2019.
Con la finalidad de prestar servicio y agilizar la gestión administrativa de la concesión
de la ayuda a la reestructuración y reconversión de viñedo en la Comunidad Autónoma
de Andalucía, resulta oportuno que determinadas entidades puedan realizar, en
representación y por cuenta de las personas interesadas, determinadas transacciones
electrónicas, todo ello conforme a lo establecido en el artículo 5.7 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
donde se contempla la posibilidad de que las Administraciones Públicas puedan
habilitar a personas físicas o jurídicas autorizadas para la realización de determinadas
transacciones electrónicas en representación de las personas interesadas, especificando
las condiciones y obligaciones a las que se comprometen las que así adquieran la
condición de representantes para su habilitación.
Así, mediante la Orden de 21 de octubre de 2019, publicada en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía núm. 210, de fecha 30 de octubre de 2019, se regula el procedimiento
para la habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las
solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas concedidas por la Consejería con
competencias en materia de agricultura, pesca, agua y desarrollo rural en su ámbito
competencial.
Por todo ello, considerando oportuno llevar a cabo la convocatoria del procedimiento
de habilitación al objeto de que las entidades representativas del sector vitivinícola puedan
realizar, en representación y por cuenta de las personas interesadas, determinadas
transacciones electrónicas relacionadas con la línea de ayuda a la reestructuración
y reconversión de viñedo próxima a ser convocada por la Dirección General de la
Producción Agrícola y Ganadera, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el
Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
RESU ELVO
Segundo. Alcance de la habilitación.
1. A los efectos de lo dispuesto en el artículo artículo 2.3 de la Orden de 21 de octubre
de 2019, por la que se regula el procedimiento para la habilitación de entidades para la
presentación y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292117
Primero. Convocatoria.
1. Se convoca procedimiento de habilitación a entidades para el procedimiento de
concesión de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo en Andalucía.
2. La información asociada al procedimiento de habilitación de entidades, está
disponible con el código de procedimiento 18340, en el siguiente enlace del Catálogo de
Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica general de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/18340.html