5. Anuncios. . (2023/215-48)
Anuncio de 3 de noviembre de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva, relativa a la resolución sobre Subsanación, Inscripción y Publicación de la Modificación N.ª 6 de Adaptación Parcial a la LOUA de las Normas Subsidiarias del PGOU del término municipal de Lucena del Puerto. CP-008/2019.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 215 - Jueves, 9 de noviembre de 2023
página 17010/7
aprobados por los mismos y, que el depósito de los instrumentos de planeamiento y sus
innovaciones será condición legal para la publicación requerida en el art. 41 de la misma
disposición normativa.
Tercero. En aplicación del art. 8.2 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que
se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, de convenios
urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico,
la Unidad Registral Provincial de Huelva es gestionada y custodiada por la Delegación
Territorial de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,
RESU ELVO
Primero. Declarar la subsanación de deficiencias de la «Modificación N.ª6 de
adaptación parcial a la LOUA de las Normas Subsidiarias del PGOU del término municipal
de Lucena del Puerto», conforme a la resolución de corrección de errores del acuerdo de
aprobación definitiva de la CTOTU celebrada el 22.12.22.
Segundo. Proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
previa su inscripción en el Registro Autonómico y Registro Municipal de instrumentos de
planeamiento.
Tercero. Notificar a los interesados y publicar la presente resolución, de conformidad
con lo establecido en los artículos 40 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los
artículos 40 y 41 de la LOUA y en la Disposición Adicional Quinta del Decreto 36/2014,
de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración
de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
ANEXO II
El enlace desde donde se puede acceder al BOP que contiene el texto íntegro de la
DAE es: https://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/daepu/resolucions/12001.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292005
Contra el contenido de esta resolución que haya sido objeto de aprobación y que
pone fin a la vía administrativa por su condición de disposición administrativa de carácter
general, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
contados a partir del día siguiente a su publicación ante la correspondiente Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Sevilla, conforme al
artículo 20.3 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero y a los artículos 10.1.b), 14 y 46.1 de
la Ley 29/1988, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; todo ello, sin
perjuicio de lo previsto en el artículo 44, en relación con el artículo 46.6 de la citada ley,
para los litigios entre Administraciones Públicas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 215 - Jueves, 9 de noviembre de 2023
página 17010/7
aprobados por los mismos y, que el depósito de los instrumentos de planeamiento y sus
innovaciones será condición legal para la publicación requerida en el art. 41 de la misma
disposición normativa.
Tercero. En aplicación del art. 8.2 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que
se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, de convenios
urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico,
la Unidad Registral Provincial de Huelva es gestionada y custodiada por la Delegación
Territorial de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,
RESU ELVO
Primero. Declarar la subsanación de deficiencias de la «Modificación N.ª6 de
adaptación parcial a la LOUA de las Normas Subsidiarias del PGOU del término municipal
de Lucena del Puerto», conforme a la resolución de corrección de errores del acuerdo de
aprobación definitiva de la CTOTU celebrada el 22.12.22.
Segundo. Proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
previa su inscripción en el Registro Autonómico y Registro Municipal de instrumentos de
planeamiento.
Tercero. Notificar a los interesados y publicar la presente resolución, de conformidad
con lo establecido en los artículos 40 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los
artículos 40 y 41 de la LOUA y en la Disposición Adicional Quinta del Decreto 36/2014,
de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración
de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
ANEXO II
El enlace desde donde se puede acceder al BOP que contiene el texto íntegro de la
DAE es: https://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/daepu/resolucions/12001.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00292005
Contra el contenido de esta resolución que haya sido objeto de aprobación y que
pone fin a la vía administrativa por su condición de disposición administrativa de carácter
general, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
contados a partir del día siguiente a su publicación ante la correspondiente Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Sevilla, conforme al
artículo 20.3 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero y a los artículos 10.1.b), 14 y 46.1 de
la Ley 29/1988, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; todo ello, sin
perjuicio de lo previsto en el artículo 44, en relación con el artículo 46.6 de la citada ley,
para los litigios entre Administraciones Públicas.