Autoridades y personal. . (2023/214-19)
Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados del personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, de Maestros y de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, para la provisión de puestos de trabajo en centros docentes públicos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Miércoles, 8 de noviembre de 2023
página 16894/11
Para solicitar estos puestos se deberá cumplir con el requisito de tener dos años de
antigüedad como personal funcionario de carrera en el cuerpo y especialidad a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes, para los centros relacionados en
el Anexo XIV-d).
4.2.6.6. Puestos específicos.
El personal funcionario de carrera perteneciente al Cuerpo de Maestros podrá
solicitar, siempre que reúna los requisitos exigidos para su desempeño, los puestos que
se indican a continuación.
ESPECIALIDADES
CÓDIGO DE LOS PUESTOS ESPECÍFICOS
FRANCÉS
INGLÉS
ALEMÁN
031
Educación Infantil
1
2
3
034
Educación Física
1
2
3
035
Música
1
2
3
038
Educación Primaria
1
2
3
Quinta. Participación voluntaria.
Podrá participar voluntariamente en esta convocatoria, en los términos indicados en
la base octava, el personal funcionario de carrera que se encuentre en alguna de las
situaciones que se indican a continuación, de conformidad con la disposición adicional
sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el artículo 11 del Real
Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, el TRLEBEP y el artículo 32.2 del Decreto
302/2010, de 1 de junio:
1. El personal funcionario que se encuentre en situación de servicio activo con destino
definitivo en centros dependientes de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional, siempre que al finalizar el presente curso escolar hayan transcurrido, al
menos, dos años desde la toma de posesión del último destino que desempeñaba con
carácter definitivo y reúna los requisitos previstos en esta convocatoria.
2. El personal funcionario que se encuentre en situación de servicios especiales
declarada desde centros dependientes de esta Consejería de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional, siempre que al finalizar el presente curso escolar hayan
transcurrido, al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino que
desempeña con carácter definitivo y reúna los requisitos previstos en esta convocatoria.
3. El personal funcionario que se encuentre en situación de excedencia voluntaria,
declarada desde centros dependientes de esta Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional. En los supuestos de excedencia voluntaria por interés particular
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291890
Para solicitar puestos específicos de perfil bilingüe se deberá estar en posesión
de alguna de las titulaciones relacionadas en el apartado 4.2.1.5. Dichos puestos se
solicitarán para los centros incluidos en el Anexo XIV-b).
De conformidad con lo establecido en las disposiciones adicionales segunda y tercera
del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, para impartir en una lengua extranjera
un área no lingüística distinta a la de dicha lengua en las etapas de Educación Infantil
y Educación Primaria, será necesario poseer la competencia de un nivel B2 del Marco
Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en el idioma correspondiente.
En aplicación del referido Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, el personal
con destino definitivo en una plaza con perfil bilingüe, caso de participar en la presente
convocatoria a puestos de perfil bilingüe, deberá reunir el requisito de un nivel B2 del
Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en el idioma correspondiente.
En el caso de los puestos de apoyo de compensación educativa se deberá tener
reconocida la especialidad de Educación Primaria. Dichos puestos se solicitarán para los
centros relacionados en el Anexo XIV-a) cumplimentando en la casilla de especialidad el
código 096.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Miércoles, 8 de noviembre de 2023
página 16894/11
Para solicitar estos puestos se deberá cumplir con el requisito de tener dos años de
antigüedad como personal funcionario de carrera en el cuerpo y especialidad a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes, para los centros relacionados en
el Anexo XIV-d).
4.2.6.6. Puestos específicos.
El personal funcionario de carrera perteneciente al Cuerpo de Maestros podrá
solicitar, siempre que reúna los requisitos exigidos para su desempeño, los puestos que
se indican a continuación.
ESPECIALIDADES
CÓDIGO DE LOS PUESTOS ESPECÍFICOS
FRANCÉS
INGLÉS
ALEMÁN
031
Educación Infantil
1
2
3
034
Educación Física
1
2
3
035
Música
1
2
3
038
Educación Primaria
1
2
3
Quinta. Participación voluntaria.
Podrá participar voluntariamente en esta convocatoria, en los términos indicados en
la base octava, el personal funcionario de carrera que se encuentre en alguna de las
situaciones que se indican a continuación, de conformidad con la disposición adicional
sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el artículo 11 del Real
Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, el TRLEBEP y el artículo 32.2 del Decreto
302/2010, de 1 de junio:
1. El personal funcionario que se encuentre en situación de servicio activo con destino
definitivo en centros dependientes de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional, siempre que al finalizar el presente curso escolar hayan transcurrido, al
menos, dos años desde la toma de posesión del último destino que desempeñaba con
carácter definitivo y reúna los requisitos previstos en esta convocatoria.
2. El personal funcionario que se encuentre en situación de servicios especiales
declarada desde centros dependientes de esta Consejería de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional, siempre que al finalizar el presente curso escolar hayan
transcurrido, al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino que
desempeña con carácter definitivo y reúna los requisitos previstos en esta convocatoria.
3. El personal funcionario que se encuentre en situación de excedencia voluntaria,
declarada desde centros dependientes de esta Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional. En los supuestos de excedencia voluntaria por interés particular
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291890
Para solicitar puestos específicos de perfil bilingüe se deberá estar en posesión
de alguna de las titulaciones relacionadas en el apartado 4.2.1.5. Dichos puestos se
solicitarán para los centros incluidos en el Anexo XIV-b).
De conformidad con lo establecido en las disposiciones adicionales segunda y tercera
del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, para impartir en una lengua extranjera
un área no lingüística distinta a la de dicha lengua en las etapas de Educación Infantil
y Educación Primaria, será necesario poseer la competencia de un nivel B2 del Marco
Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en el idioma correspondiente.
En aplicación del referido Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, el personal
con destino definitivo en una plaza con perfil bilingüe, caso de participar en la presente
convocatoria a puestos de perfil bilingüe, deberá reunir el requisito de un nivel B2 del
Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en el idioma correspondiente.
En el caso de los puestos de apoyo de compensación educativa se deberá tener
reconocida la especialidad de Educación Primaria. Dichos puestos se solicitarán para los
centros relacionados en el Anexo XIV-a) cumplimentando en la casilla de especialidad el
código 096.