3. Otras disposiciones. . (2023/214-52)
Orden de 24 de octubre de 2023, de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se establecen, mediante actuaciones de deslinde, los datos identificativos de la línea que delimita el término municipal de Istán y el término municipal de Parauta, en el tramo comprendido entre los puntos de amojonamiento m1 y m2, ambos en la provincia de Málaga.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Miércoles, 8 de noviembre de 2023

página 17003/3

desembocan en un acta de conformidad o disconformidad, siendo necesario activar los
trámites del artículo 9 y, en todo caso, dar audiencia a los municipios afectados así como
a la correspondiente Diputación Provincial.
Segundo. De conformidad con el artículo 7.2.h) y m) del Decreto 141/2006, de 18
de julio, por el que se ordena la actividad cartográfica en la Comunidad Autónoma de
Andalucía, el IECA adscrito a la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, es
el organismo público competente para prestar asistencia técnica a la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública en la delimitación de los términos municipales.
Asimismo, el artículo 3.2.a) del Decreto 157/2016, de 4 de octubre, regula la intervención
de dicho Instituto en las líneas calificadas como parcialmente definitivas, mediante la
emisión de un informe de deslinde para los datos provisionales.
Tercero. El artículo 7.4 y el artículo 9.2.a), en consonancia con el artículo 9.3 del
Decreto 157/2016, de 4 de octubre, prevén la petición por el órgano instructor de un
informe de deslinde al IECA, cuando se haya producido la incomparecencia de cualquiera
de las representaciones municipales, debidamente citadas, en la comisión de deslinde.
Cuarto. La incomparecencia del Ayuntamiento de Parauta en la comisión de deslinde
para reconocer la línea de término y señalar los mojones comunes a los términos
municipales de Istán y Parauta conllevó que la Secretaría General de Administración
Local solicitase al IECA un informe de deslinde acorde al acta de 3 de septiembre de
1874, referida a las operaciones delimitadores de la línea realizadas en el pasado, al
ser la única documentación con referenciación geográfica de la que se disponía para
emitir tal informe, proyectando dicha georreferenciación sobre la realidad orográfica
actual, definiendo el trazado de la línea y sus datos identificativos, incluyendo las
correspondientes coordenadas, conforme al sistema de representación previsto en el
apartado 2 del artículo 4 del Decreto 157/2016, de 4 de octubre.
Por ello, sustentándose en el informe de deslinde, la presente orden se ha limitado a
concretar sobre la realidad física la línea divisoria de los municipios de Istán y Parauta,
en el tramo comprendido entre los puntos de amojonamiento M1 y M2, partiendo de
la descripción contenida en las referidas actas y con pleno respeto de las mismas,
conforme al Sistema Geodésico de Referencia ETRS89, expresando sus coordenadas
en grados sexagesimales, con precisión mínima de cinco decimales y en proyección
UTM huso 30 para la representación cartográfica, según lo previsto en el artículo 4.2 del
Decreto 157/2016, de 4 de octubre.
En virtud de los Hechos y Fundamentos de Derecho que anteceden, y de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 9.5 del Decreto 157/2016, de 4 de octubre, en relación con
los artículos 26.2.m) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta
de Andalucía, y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, así como con las demás normas administrativas, concordantes
y de general aplicación, en uso de las facultades que me han sido conferidas,

Primero. La descripción de los datos identificativos de la línea divisoria que delimita
los términos municipales de istán y Parauta, en el tramo comprendido entre los puntos de
amojonamiento M1 y M2, ambos en la provincia de Málaga, de conformidad con al acta
de las operaciones de deslinde realizadas el 3 de septiembre de 1874, en relación con
las demás actas citadas en el Hecho Segundo, contenidas en la página web del Instituto
Geográfico Nacional (www.ign.es) mediante la remisión expresa a su transcripción gráfica
y literal que consta en el informe de deslinde del Instituto de Estadística y Cartografía de
Andalucía de 2 de junio de 2023, obrante en el expediente sobre esta línea.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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RESU ELVO