5. Anuncios. . (2023/214-114)
Anuncio de 6 de octubre de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública del proyecto denominado Línea de media tensión entre los centros de transformación «Los Chaparreños» y «La Cigüeña», en el término municipal de La Guijarrosa (Córdoba). (PP. 2999/2023).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Miércoles, 8 de noviembre de 2023
página 15979/5
1954, siendo las afecciones derivadas de la expropiación las que constan en la relación
de bienes y derechos incluida en esta resolución contenidas en el Anexo I de la siguiente
instalación eléctrica:
Descripción de la instalación.
a) Peticionario: Dielesur, S.L. ( B-14421390), con domicilio a efectos de notificaciones
en calle Carrera Baja, 9 de la localidad de La Rambla (Córdoba).
Emplazamiento: Parajes «Los Chaparreños», «Molinos Viejos» y «Las Manuelas».
Término municipal: La Guijarrosa (Córdoba).
Tensión (kV): 20.
Tramo 1:
Origen: Celda existente de CT «Los Chaparreños».
Final: Apoyo núm. 1.
Tipo: Subterránea.
Longitud (km): 0,092.
Conductores: RH5Z1 3(1x 240) XLPE 18/30 kV.
Tramo 2:
Origen: Apoyo núm. 1.
Final: Apoyo núm. 13.
Tipo: Aérea.
Longitud (km): 1,855.
Conductores: 94-Al 1/22 ST1A.
Tramo 3:
Origen: Apoyo núm. 13.
Final: Celda existente de CT «La Cigüeña».
Tipo: Subterránea.
Longitud (km): 0,025.
Conductores: RH5Z1 3(1 x 240) XLPE 18/30 kV.
Observaciones:
La finalidad de la línea en proyecto es el suministro de energía eléctrica en la localidad
de la Guijarrosa en la provincia de Córdoba, formando parte de la red de distribución de
energía eléctrica y contribuyendo a la mejora de la calidad del servicio.
Afecciones derivadas de la expropiación, a tenor de lo establecido en los artículos 54
y siguientes de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico:
a) Para los apoyos, expropiación de pleno dominio.
b) Para el vuelo de la línea, constitución de servidumbre forzosa de paso de energía
eléctrica, con la prohibición de construir o realizar edificaciones o plantaciones de
cualquier tipo, excediendo las distancias mínimas reglamentarias.
c) Derecho de acceso o de paso a la finca, para realizar las reparaciones, mantenimiento,
etc.
d) Ocupación temporal de la parcela, durante el tiempo de ejecución de las
instalaciones.
Tercero. De conformidad con el artículo 72.1.f) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
cabe acumular en un solo acto tanto la declaración de utilidad pública en concreto,
como la convocatoria de actas previas a la ocupación, al ser ésta última consecuencia
necesaria de la resolución.
En consecuencia, se convoca a los titulares de los bienes y derechos afectados por
la misma para que comparezcan el día 14 de diciembre de 2023, a las hora indicada en el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290956
Segundo. Desestimar las alegaciones formuladas con fecha 20 de marzo de 2023 por
don Claudio F. Martín Beato, en nombre y representación de doña Rosalía Beato Blanco,
por lo ya reseñado en el fundamento jurídico cuatro de esta resolución.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Miércoles, 8 de noviembre de 2023
página 15979/5
1954, siendo las afecciones derivadas de la expropiación las que constan en la relación
de bienes y derechos incluida en esta resolución contenidas en el Anexo I de la siguiente
instalación eléctrica:
Descripción de la instalación.
a) Peticionario: Dielesur, S.L. ( B-14421390), con domicilio a efectos de notificaciones
en calle Carrera Baja, 9 de la localidad de La Rambla (Córdoba).
Emplazamiento: Parajes «Los Chaparreños», «Molinos Viejos» y «Las Manuelas».
Término municipal: La Guijarrosa (Córdoba).
Tensión (kV): 20.
Tramo 1:
Origen: Celda existente de CT «Los Chaparreños».
Final: Apoyo núm. 1.
Tipo: Subterránea.
Longitud (km): 0,092.
Conductores: RH5Z1 3(1x 240) XLPE 18/30 kV.
Tramo 2:
Origen: Apoyo núm. 1.
Final: Apoyo núm. 13.
Tipo: Aérea.
Longitud (km): 1,855.
Conductores: 94-Al 1/22 ST1A.
Tramo 3:
Origen: Apoyo núm. 13.
Final: Celda existente de CT «La Cigüeña».
Tipo: Subterránea.
Longitud (km): 0,025.
Conductores: RH5Z1 3(1 x 240) XLPE 18/30 kV.
Observaciones:
La finalidad de la línea en proyecto es el suministro de energía eléctrica en la localidad
de la Guijarrosa en la provincia de Córdoba, formando parte de la red de distribución de
energía eléctrica y contribuyendo a la mejora de la calidad del servicio.
Afecciones derivadas de la expropiación, a tenor de lo establecido en los artículos 54
y siguientes de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico:
a) Para los apoyos, expropiación de pleno dominio.
b) Para el vuelo de la línea, constitución de servidumbre forzosa de paso de energía
eléctrica, con la prohibición de construir o realizar edificaciones o plantaciones de
cualquier tipo, excediendo las distancias mínimas reglamentarias.
c) Derecho de acceso o de paso a la finca, para realizar las reparaciones, mantenimiento,
etc.
d) Ocupación temporal de la parcela, durante el tiempo de ejecución de las
instalaciones.
Tercero. De conformidad con el artículo 72.1.f) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
cabe acumular en un solo acto tanto la declaración de utilidad pública en concreto,
como la convocatoria de actas previas a la ocupación, al ser ésta última consecuencia
necesaria de la resolución.
En consecuencia, se convoca a los titulares de los bienes y derechos afectados por
la misma para que comparezcan el día 14 de diciembre de 2023, a las hora indicada en el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290956
Segundo. Desestimar las alegaciones formuladas con fecha 20 de marzo de 2023 por
don Claudio F. Martín Beato, en nombre y representación de doña Rosalía Beato Blanco,
por lo ya reseñado en el fundamento jurídico cuatro de esta resolución.