Disposiciones generales. . (2023/213-3)
Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2023, de las subvenciones reguladas en la Orden de 29 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Martes, 7 de noviembre de 2023
página 16939/3
2. Las subvenciones se financian con cargo a la medida comunitaria D442HBF3ER,
en el marco del Programa Operativo FSE+ de Andalucía 2021-2027, que tiene una tasa
de cofinanciación del 85 por ciento, computando como financiación de la Administración
de la Junta de Andalucía el 15 por ciento restante.
3. La distribución de los créditos entre partidas presupuestarias tiene carácter
estimativo. Los créditos de aquellas partidas presupuestarias que no queden agotados
podrán incrementar el resto de partidas presupuestarias en función del grado de ejecución
de las mismas.
4. Las cuantías establecidas en el apartado 1 podrán ampliarse por incrementos en el
crédito disponible, en cuyo caso, se podrá aprobar una resolución complementaria de la
concesión de las ayudas que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos,
no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible.
5. En el supuesto que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes
establecido en esta convocatoria se agotase el crédito, se publicará en el Boletín Oficial de
la Junta Andalucía una resolución acreditando tal extremo para su general conocimiento,
la cual pondrá fin al plazo de presentación de solicitudes.
6. Conforme a lo establecido en la disposición adicional segunda de las bases
reguladoras, las subvenciones quedan acogidas con carácter general a las opciones de
costes simplificados y sumas a tanto alzado establecidas en el artículo 53.1.b) y c) del
Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de
2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de
Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de
Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las
normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración,
el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de
Fronteras y la Política de Visados.
Cuarto. Concepto subvencionable.
1. En virtud de lo dispuesto en el apartado 2.a) del cuadro resumen de las bases
reguladoras, el concepto subvencionable será el desarrollo de los Proyectos Integrales
para favorecer la inserción laboral de las personas pertenecientes a los colectivos
vulnerables indicados en el resolutorio sexto.
2. Los Proyectos Integrales se compondrán de acciones para la atención, entre las
que se incluirán las actuaciones de orientación laboral y las de formación, y acciones
para la inserción que contemplan las actuaciones de orientación para el empleo y las de
prospección en el mercado de trabajo:
a) Acciones para la atención:
1.º Actuaciones de orientación laboral como el diagnóstico de empleabilidad, diseño y
elaboración del itinerario personalizado que facilite la búsqueda de empleo de las personas
participantes. Actuaciones de sensibilización y para el desarrollo de aspectos personales
para la ocupación, actuaciones sobre el proceso, técnicas, recursos y herramientas de
búsqueda activa de empleo, confección del currículum, taller de entrevista de trabajo, así
como información general sobre el mercado de trabajo y asesoramiento en materia de
autoempleo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291937
Tercero. Régimen jurídico.
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se regirán en
todos sus aspectos por lo establecido en la Orden de 29 de septiembre de 2023, por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en
régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de Proyectos Integrales para la
Inserción Laboral (BOJA núm. 192, de 5 de octubre de 2023), así como por las demás
disposiciones que resulten de aplicación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Martes, 7 de noviembre de 2023
página 16939/3
2. Las subvenciones se financian con cargo a la medida comunitaria D442HBF3ER,
en el marco del Programa Operativo FSE+ de Andalucía 2021-2027, que tiene una tasa
de cofinanciación del 85 por ciento, computando como financiación de la Administración
de la Junta de Andalucía el 15 por ciento restante.
3. La distribución de los créditos entre partidas presupuestarias tiene carácter
estimativo. Los créditos de aquellas partidas presupuestarias que no queden agotados
podrán incrementar el resto de partidas presupuestarias en función del grado de ejecución
de las mismas.
4. Las cuantías establecidas en el apartado 1 podrán ampliarse por incrementos en el
crédito disponible, en cuyo caso, se podrá aprobar una resolución complementaria de la
concesión de las ayudas que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos,
no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible.
5. En el supuesto que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes
establecido en esta convocatoria se agotase el crédito, se publicará en el Boletín Oficial de
la Junta Andalucía una resolución acreditando tal extremo para su general conocimiento,
la cual pondrá fin al plazo de presentación de solicitudes.
6. Conforme a lo establecido en la disposición adicional segunda de las bases
reguladoras, las subvenciones quedan acogidas con carácter general a las opciones de
costes simplificados y sumas a tanto alzado establecidas en el artículo 53.1.b) y c) del
Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de
2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de
Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de
Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las
normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración,
el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de
Fronteras y la Política de Visados.
Cuarto. Concepto subvencionable.
1. En virtud de lo dispuesto en el apartado 2.a) del cuadro resumen de las bases
reguladoras, el concepto subvencionable será el desarrollo de los Proyectos Integrales
para favorecer la inserción laboral de las personas pertenecientes a los colectivos
vulnerables indicados en el resolutorio sexto.
2. Los Proyectos Integrales se compondrán de acciones para la atención, entre las
que se incluirán las actuaciones de orientación laboral y las de formación, y acciones
para la inserción que contemplan las actuaciones de orientación para el empleo y las de
prospección en el mercado de trabajo:
a) Acciones para la atención:
1.º Actuaciones de orientación laboral como el diagnóstico de empleabilidad, diseño y
elaboración del itinerario personalizado que facilite la búsqueda de empleo de las personas
participantes. Actuaciones de sensibilización y para el desarrollo de aspectos personales
para la ocupación, actuaciones sobre el proceso, técnicas, recursos y herramientas de
búsqueda activa de empleo, confección del currículum, taller de entrevista de trabajo, así
como información general sobre el mercado de trabajo y asesoramiento en materia de
autoempleo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291937
Tercero. Régimen jurídico.
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se regirán en
todos sus aspectos por lo establecido en la Orden de 29 de septiembre de 2023, por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en
régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de Proyectos Integrales para la
Inserción Laboral (BOJA núm. 192, de 5 de octubre de 2023), así como por las demás
disposiciones que resulten de aplicación.