Disposiciones generales. . (2023/213-3)
Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2023, de las subvenciones reguladas en la Orden de 29 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Martes, 7 de noviembre de 2023
página 16939/2
De conformidad con la disposición adicional primera de la mencionada Orden de 29
de septiembre de 2023, la persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz
de Empleo, podrá efectuar la convocatoria de las subvenciones previstas en la misma,
por delegación de la persona titular de la Presidencia de esa Agencia, en función de las
disponibilidades presupuestarias, mediante resolución que será publicada en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas en la disposición
adicional primera de la Orden de 29 de septiembre de 2023,
RESU ELV E
Primero. Convocatoria.
1. Convocar para el año 2023, las subvenciones reguladas en la Orden de 29 de
septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de
Proyectos Integrales para la Inserción Laboral.
Serán participantes las personas desempleadas inscritas como demandantes de
empleo no ocupadas en el Servicio Andaluz de Empleo pertenecientes a los colectivos
vulnerables, identificados en el apartado 2.a)4.a) del cuadro resumen de la orden.
2. La presente convocatoria estará abierta durante el periodo de presentación de
solicitudes. En el supuesto que antes de finalizar el mencionado plazo se agotase el
crédito establecido en el resolutorio segundo, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta
Andalucía una resolución para su general conocimiento. Dicha publicación pondrá fin al
plazo de presentación de solicitudes.
3. En cuanto al número de personas participantes, cabe señalar que se prevé
subvencionar un total de 31.111 proyectos integrales. El número total de personas
atendidas se sitúa entorno a 31.111, de las cuales, al menos, el 40% es decir, 12.445
serán personas consideradas insertadas si obtienen un puesto de trabajo en los términos
establecidos en las bases reguladoras.
4. Las entidades beneficiarias podrán solicitar hasta un límite de 200 proyectos en el
caso de actuar en una sola provincia y de 640 proyectos si se actúa en 2 o más provincias,
sin sobrepasar en ningún caso el límite provincial.
Línea
subvencionable
Programa
Proyectos
Integrales
Partidas Presupuestarias
1239168023
G/32L/46000/00
G/32L/46700/00
G/32L/47000/00
G/32L/48000/00
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
Medida
comunitaria
D442HBF3ER
Importe
Importe
Importe (€)
Importe (€)
Importe
partidas (€)
partidas (€)
2023
2025
Total (€)
2023
2025
16.800.000
4.200.000
5.600.000
1.400.000
112.000.000
28.000.000 140.000.000
44.800.000
11.200.000
44.800.000
11.200.000
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291937
Segundo. Financiación y cuantía.
1. Las ayudas se concederán de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias
existentes con cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia Servicio Andaluz de
Empleo correspondiente a las siguientes partidas presupuestarias, y con una cuantía
máxima de 140.000.000€.
Los compromisos de gastos de caracter plurianual adquiridos serán conforme a
lo establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 2
de marzo, y su normativa de desarrollo, conforme a las distribuciones por anualidades e
importes establecidos en la presente convocatoria.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Martes, 7 de noviembre de 2023
página 16939/2
De conformidad con la disposición adicional primera de la mencionada Orden de 29
de septiembre de 2023, la persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz
de Empleo, podrá efectuar la convocatoria de las subvenciones previstas en la misma,
por delegación de la persona titular de la Presidencia de esa Agencia, en función de las
disponibilidades presupuestarias, mediante resolución que será publicada en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas en la disposición
adicional primera de la Orden de 29 de septiembre de 2023,
RESU ELV E
Primero. Convocatoria.
1. Convocar para el año 2023, las subvenciones reguladas en la Orden de 29 de
septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de
Proyectos Integrales para la Inserción Laboral.
Serán participantes las personas desempleadas inscritas como demandantes de
empleo no ocupadas en el Servicio Andaluz de Empleo pertenecientes a los colectivos
vulnerables, identificados en el apartado 2.a)4.a) del cuadro resumen de la orden.
2. La presente convocatoria estará abierta durante el periodo de presentación de
solicitudes. En el supuesto que antes de finalizar el mencionado plazo se agotase el
crédito establecido en el resolutorio segundo, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta
Andalucía una resolución para su general conocimiento. Dicha publicación pondrá fin al
plazo de presentación de solicitudes.
3. En cuanto al número de personas participantes, cabe señalar que se prevé
subvencionar un total de 31.111 proyectos integrales. El número total de personas
atendidas se sitúa entorno a 31.111, de las cuales, al menos, el 40% es decir, 12.445
serán personas consideradas insertadas si obtienen un puesto de trabajo en los términos
establecidos en las bases reguladoras.
4. Las entidades beneficiarias podrán solicitar hasta un límite de 200 proyectos en el
caso de actuar en una sola provincia y de 640 proyectos si se actúa en 2 o más provincias,
sin sobrepasar en ningún caso el límite provincial.
Línea
subvencionable
Programa
Proyectos
Integrales
Partidas Presupuestarias
1239168023
G/32L/46000/00
G/32L/46700/00
G/32L/47000/00
G/32L/48000/00
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
Medida
comunitaria
D442HBF3ER
Importe
Importe
Importe (€)
Importe (€)
Importe
partidas (€)
partidas (€)
2023
2025
Total (€)
2023
2025
16.800.000
4.200.000
5.600.000
1.400.000
112.000.000
28.000.000 140.000.000
44.800.000
11.200.000
44.800.000
11.200.000
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291937
Segundo. Financiación y cuantía.
1. Las ayudas se concederán de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias
existentes con cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia Servicio Andaluz de
Empleo correspondiente a las siguientes partidas presupuestarias, y con una cuantía
máxima de 140.000.000€.
Los compromisos de gastos de caracter plurianual adquiridos serán conforme a
lo establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 2
de marzo, y su normativa de desarrollo, conforme a las distribuciones por anualidades e
importes establecidos en la presente convocatoria.