3. Otras disposiciones. . (2023/212-43)
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se publica el Reglamento 4/2022, de 24 de octubre, de la Universidad de Málaga, sobre los estudios de doctorado (modificado en el Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga del 24 de octubre de 2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Lunes, 6 de noviembre de 2023

página 16866/29

5. Los criterios de evaluación a que se refiere el apartado anterior serán publicados
en la web del programa de doctorado. Son requisitos para las contribuciones que se
presentan para avalar una tesis:
a) Que hayan sido publicadas, o aceptadas para su publicación, muestra o
reproducción, después de la fecha de matrícula del doctorando o la doctoranda en el
programa.
b) Que en ellas conste la Universidad de Málaga, a través de la afiliación de quien
dirija la tesis y/o del doctorando o la doctoranda.
c) Que el doctorando o la doctoranda conste en ellas como primer o segundo autor.
Solo en casos realmente excepcionales, la correspondiente comisión académica y de
calidad podrá autorizar, a la vista de las justificaciones presentadas y con el visto bueno
de la Comisión de Posgrado, que el doctorando o la doctoranda figure en una posición
posterior a la segunda. Esto no será de aplicación en las disciplinas en que sea habitual
el orden alfabético en la autoría o el orden por instituciones, en cuyo caso el doctorando o
la doctoranda justificará su aportación y la relación de la contribución con la tesis.
6. Para ramas de conocimiento en que la ANECA y/o la CNEAI reconozcan criterios
o valoraciones extraordinarias diferentes de publicaciones, la correspondiente comisión
académica y de calidad someterá a la Comisión de Posgrado, para su aprobación, la
propuesta de complementos a los criterios de baremación. Estos complementos no
superarán la mitad de dichos criterios.

Artículo 66. Autorización y documentación necesaria para la admisión a trámite de la tesis.
Finalizado el trabajo de investigación y cumplidos los trámites anteriores, el
doctorando o la doctoranda solicitará a la correspondiente comisión académica y de
calidad, a través de la aplicación informática que gestione el Documento de Actividades
del Doctorando, autorización para la admisión a trámite de su tesis doctoral. Junto con la
solicitud, deberá aportar la siguiente documentación.
a) Un ejemplar de la tesis en formato electrónico. Tras la portada figurarán la
declaración de autoría y los informes de quienes hayan dirigido y tutorizado la tesis,
según lo previsto en el artículo 65.1.
b) Currículum vitae del doctorando o la doctoranda, en que se especifiquen las
actividades científicas realizadas durante el doctorado.
c) El resumen de la tesis.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00291861

Artículo 65. Control de originalidad de las tesis doctorales.
1. Al presentar su tesis, el doctorando o la doctoranda incorporará al principio de la
misma:
a) Una declaración escrita y firmada, por la que se hará responsable de la autoría y de
la originalidad del trabajo de investigación, asegurando, bajo su entera responsabilidad,
haber cumplido con las obligaciones legales sobre propiedad intelectual e industrial, y en
la que figurará el visto bueno de quienes hayan dirigido y tutorizado el trabajo. El texto de
esta declaración será aprobado por la Comisión de Posgrado y puesto a disposición del
estudiantado en la web de la Escuela de Doctorado.
b) Los informes de quienes hayan dirigido y tutorizado la tesis, que acreditarán
que esta ha sido realizada por el doctorando o la doctoranda bajo su dirección o su
tutorización.
2. Si quien dirige la tesis detectara indicios o pruebas de una actividad de fraude
académico, supuestamente cometida por el doctorando o la doctoranda que se halle bajo
su dirección, deberá ponerlo en conocimiento de quien dirija la Escuela de Doctorado y de
la correspondiente comisión académica y de calidad, mediante escrito dirigido a ambos,
con vistas a iniciar el procedimiento de revisión y, en su caso, de sanción, conforme a
lo previsto en el Protocolo sobre ética académica de la Universidad de Málaga de 25 de
octubre de 2019.