3. Otras disposiciones. . (2023/210-33)
Orden de 26 de octubre de 2023, por la que se modifica la Orden de 26 de septiembre de 2014, por la que se desarrollan los programas de orientación profesional, itinerarios de inserción y acompañamiento a la inserción regulados por el Decreto 85/2003, de 1 de abril.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 210 - Jueves, 2 de noviembre de 2023
página 16697/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
El Servicio Andaluz de Empleo se constituye, desde el momento de su creación, con la
Ley 4/2002, de 16 de diciembre, como el órgano gestor de la política de empleo de la
Junta de Andalucía, al que le corresponde las funciones que se le atribuyen en esta Ley
y todas aquellas que le sean traspasadas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en
materia de política de empleo.
Asimismo, como Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma, tiene como
objetivos específicos el ejercicio de las competencias en materia de empleo y, para ello,
ejerce entre otras funciones, la orientación e información profesional y las acciones de
apoyo para la mejora del empleo, contribuyendo así, a una gestión global y coordinada
de la misma a fin de dar respuesta tanto, a las particularidades de cada territorio y a los
distintos colectivos de atención, como a la calidad de los servicios y programas.
En este escenario, el Servicio Andaluz de Empleo como prestatario de servicios
públicos, asume la responsabilidad de atender a los distintos actores que intervienen en
el proceso de la orientación e intermediación laboral, empresas empleadoras y personas
demandantes de empleo, partiendo de un enfoque integral de los programas de políticas
de activación del empleo.
Para el ejercicio de estas funciones, el Servicio Andaluz de Empleo debe contar con
los instrumentos y herramientas que le permitan acceder y gestionar adecuadamente
toda la información necesaria, así como con una organización acorde a las posibilidades
que exigen los nuevos métodos, con los recursos materiales y humanos adecuados, que
concilie las características de la plantilla y las funciones a realizar.
A fin de contribuir a optimizar la gestión de los servicios y programas dirigidos a las
personas demandantes de empleo y a las personas ocupadas, para su inserción laboral
o para la mejora de su empleo, se adopta la decisión estratégica de redefinir el actual
modelo de orientación e intermediación laboral hacia un modelo más eficiente, ágil y
de calidad en la prestación de sus servicios que sitúe a las personas demandantes de
empleo como protagonistas absolutos del mismo, desde la perspectiva de construir e
implementar instrumentos que permitan mejorar sus condiciones de empleabilidad.
Con este objetivo, se han venido poniendo en marcha distintas líneas de actuación
destinadas tanto a demandantes como a oferentes de empleo, todas ellas dirigidas a
favorecer el necesario ajuste entre demanda y oferta en el mercado de trabajo.
Entre estas líneas de actuación, los programas de orientación e inserción laboral
se han configurado en Andalucía como políticas activas de empleo determinantes y
vertebradoras en la gestión de todas aquellas iniciativas dirigidas a facilitar la inserción
laboral. La orientación profesional se entiende enmarcada en un sistema continuo,
flexible y universal que acompaña a lo largo de la vida y es integrador de los diferentes
aspectos de la persona. Esta concepción está además avalada por las recomendaciones
efectuadas tanto por la Unión Europea como por el Servicio Público de Empleo Estatal.
El actual sistema de orientación profesional, que conforma la Red Andalucía Orienta,
se gestiona y desarrolla por el Servicio Andaluz de Empleo a través de la Dirección
General de Intermediación y Orientación Laboral, a quien corresponde la coordinación,
planificación y seguimiento de las funciones en materia de orientación laboral que tiene
encomendada esta Agencia, junto con las Direcciones Provinciales, responsables de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291690
Orden de 26 de octubre de 2023, por la que se modifica la Orden de 26 de
septiembre de 2014, por la que se desarrollan los programas de orientación
profesional, itinerarios de inserción y acompañamiento a la inserción regulados
por el Decreto 85/2003, de 1 de abril.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 210 - Jueves, 2 de noviembre de 2023
página 16697/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
El Servicio Andaluz de Empleo se constituye, desde el momento de su creación, con la
Ley 4/2002, de 16 de diciembre, como el órgano gestor de la política de empleo de la
Junta de Andalucía, al que le corresponde las funciones que se le atribuyen en esta Ley
y todas aquellas que le sean traspasadas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en
materia de política de empleo.
Asimismo, como Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma, tiene como
objetivos específicos el ejercicio de las competencias en materia de empleo y, para ello,
ejerce entre otras funciones, la orientación e información profesional y las acciones de
apoyo para la mejora del empleo, contribuyendo así, a una gestión global y coordinada
de la misma a fin de dar respuesta tanto, a las particularidades de cada territorio y a los
distintos colectivos de atención, como a la calidad de los servicios y programas.
En este escenario, el Servicio Andaluz de Empleo como prestatario de servicios
públicos, asume la responsabilidad de atender a los distintos actores que intervienen en
el proceso de la orientación e intermediación laboral, empresas empleadoras y personas
demandantes de empleo, partiendo de un enfoque integral de los programas de políticas
de activación del empleo.
Para el ejercicio de estas funciones, el Servicio Andaluz de Empleo debe contar con
los instrumentos y herramientas que le permitan acceder y gestionar adecuadamente
toda la información necesaria, así como con una organización acorde a las posibilidades
que exigen los nuevos métodos, con los recursos materiales y humanos adecuados, que
concilie las características de la plantilla y las funciones a realizar.
A fin de contribuir a optimizar la gestión de los servicios y programas dirigidos a las
personas demandantes de empleo y a las personas ocupadas, para su inserción laboral
o para la mejora de su empleo, se adopta la decisión estratégica de redefinir el actual
modelo de orientación e intermediación laboral hacia un modelo más eficiente, ágil y
de calidad en la prestación de sus servicios que sitúe a las personas demandantes de
empleo como protagonistas absolutos del mismo, desde la perspectiva de construir e
implementar instrumentos que permitan mejorar sus condiciones de empleabilidad.
Con este objetivo, se han venido poniendo en marcha distintas líneas de actuación
destinadas tanto a demandantes como a oferentes de empleo, todas ellas dirigidas a
favorecer el necesario ajuste entre demanda y oferta en el mercado de trabajo.
Entre estas líneas de actuación, los programas de orientación e inserción laboral
se han configurado en Andalucía como políticas activas de empleo determinantes y
vertebradoras en la gestión de todas aquellas iniciativas dirigidas a facilitar la inserción
laboral. La orientación profesional se entiende enmarcada en un sistema continuo,
flexible y universal que acompaña a lo largo de la vida y es integrador de los diferentes
aspectos de la persona. Esta concepción está además avalada por las recomendaciones
efectuadas tanto por la Unión Europea como por el Servicio Público de Empleo Estatal.
El actual sistema de orientación profesional, que conforma la Red Andalucía Orienta,
se gestiona y desarrolla por el Servicio Andaluz de Empleo a través de la Dirección
General de Intermediación y Orientación Laboral, a quien corresponde la coordinación,
planificación y seguimiento de las funciones en materia de orientación laboral que tiene
encomendada esta Agencia, junto con las Direcciones Provinciales, responsables de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291690
Orden de 26 de octubre de 2023, por la que se modifica la Orden de 26 de
septiembre de 2014, por la que se desarrollan los programas de orientación
profesional, itinerarios de inserción y acompañamiento a la inserción regulados
por el Decreto 85/2003, de 1 de abril.