Disposiciones generales. . (2023/209-2)
Orden de 25 de octubre de 2023, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, en materia de salud y consumo para 2023.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 209 - Martes, 31 de octubre de 2023

página 16683/3

Ejercicio

Partida Presupuestaria

Crédito

2023

1300010000 G/41K/44602/00 01

900.000

2025

1300010000 G/41K/44602/00 01

900.000

3. La distribución por línea y anualidades de las anteriores cuantías máximas será la
siguiente:
a) Línea Fomento de la generación del conocimiento en áreas temáticas de excelencia
en biomedicina y en ciencias de la salud a través de la Investigación, Desarrollo e
Innovación:
2023

2025

Total

400.000

400.000

800.000

b) Línea de Proyectos de I+D+i en salud de colaboración internacional, en el marco
del programa Horizonte Europa:
2023

2025

Total

500.000

500.000

1.000.000

Los compromisos de gastos de carácter plurianual adquiridos serán conforme a
lo establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía y su normativa de desarrollo.
4. Eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible, posibilitarán una
resolución complementaria de la concesión de la subvención, que incluya solicitudes que,
aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo.
5. Si trascurrido el plazo de presentación de solicitudes existen créditos sobrantes
dentro de alguna línea, por no existir suficientes solicitudes subvencionables para cubrir
el crédito inicialmente estimado, mediante resolución de la Secretaría General de Salud
Pública e I+d+i en Salud se podrá realizar una modificación en la distribución, con la
finalidad de atender el interés general y dar cumplimiento al principio de eficiencia en la
asignación y utilización de los recursos públicos. Dicha resolución será publicada en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sexto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.
1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de las bases reguladoras tipo para la
concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, aprobadas mediante
Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los
formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia no competitiva (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre), en adelante
Bases Reguladoras Tipo, el plazo de presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Quinto. Solicitudes y formularios.
1. Las solicitudes de subvención se ajustarán al contenido del formulario que figura
como Anexo I de la presente orden e irán dirigidas a la persona titular de la Secretaría
General de Investigación, Desarrollo e Innovación en Salud, sin necesidad de aportar
ningún otro documento.
Los Anexos I y II a esta orden se podrán descargar en la siguiente dirección
electrónica: http://www.juntadeandalucia.es/organismos/saludyconsumo.html
2. En el caso de que el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional
sea inferior al que figura en la solicitud presentada, se podrá instar del beneficiario a la
reformulación de su solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención
otorgable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de noviembre).