Disposiciones generales. . (2023/209-5)
Orden de 24 de octubre de 2023, por la que se modifica la Orden de 24 de abril de 2023, por la que establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la pesca, la acuicultura, la transformación y la comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura por los costes adicionales en que hayan incurrido debido a la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y sus efectos en la cadena de suministros de productos de la pesca y la acuicultura.
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Número 209 - Martes, 31 de octubre de 2023

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criterios de selección específicos o criterios de prelación de expedientes, teniendo en
cuenta siempre el apoyo prioritario a las PYME´S.
Tales motivos justifican la modificación de la referida Orden de 24 de abril de
2023, todo ello en atención a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia,
objetividad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y
eficiencia en la asignación y utilización de los recurso públicos, en el marco del Texto
Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía aprobado
por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el marco del Decreto 282/2010, de
4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de concesión de
subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
A su vez, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y el artículo 7 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica,
simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía,
la presente orden se dicta de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Así, en cumplimiento de los principios de necesidad y eficacia, la presente orden
modificatoria está justificada por razón de interés general identificando, claramente,
los fines perseguidos y tratándose del instrumento más adecuado para garantizar la
consecución de los mismos.
Por otro lado esta orden modificatoria cumple, a su vez, con el principio de
proporcionalidad, ya que contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad
a cubrir por la misma, al constatarse que no existen otras medidas menos restrictivas de
derechos, o que impongan menos obligaciones a los destinatarios.
Con el fin de garantizar el principio de seguridad jurídica, la presente orden
modificatoria se ejerce de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico,
nacional y de la Unión Europea, generando un marco normativo estable, predecible,
integrado, claro y de certidumbre, que facilita su conocimiento y comprensión y, en
consecuencia, la toma de decisiones de las personas y empresas.
Por otro lado, y en cumplimiento del principio de transparencia, toda la documentación
de inicio de tramitación de esta orden modificatoria, así como los informes preceptivos
que conforman el expediente de tramitación de la misma, son accesibles a la ciudadanía a
través del Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, en los términos establecidos
en el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno.
Finalmente, se ha cumplido el principio de eficiencia, ya que la presente orden
modificatoria ha evitado cargas administrativas innecesarias o accesorias racionalizando,
en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
Por otra parte, en la redacción de la orden se ha observado la transversalidad de
género, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de
noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, el cual establece
que los poderes públicos potenciarán que la perspectiva de igualdad de género esté
presente en la elaboración, ejecución y seguimiento de las disposiciones normativas,
de las políticas en todos los ámbitos de actuación, considerando sistemáticamente las
prioridades y necesidades propias de las mujeres y de los hombres, teniendo en cuenta
su incidencia en la situación específica de unas y otros, al objeto de adaptarlas para
eliminar los efectos discriminatorios y fomentar la igualdad de género.
La información asociada a los procedimientos de concesión de estas ayudas está
disponible en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General
de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de los siguientes enlaces:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía