Disposiciones generales. . (2023/209-5)
Orden de 24 de octubre de 2023, por la que se modifica la Orden de 24 de abril de 2023, por la que establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la pesca, la acuicultura, la transformación y la comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura por los costes adicionales en que hayan incurrido debido a la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y sus efectos en la cadena de suministros de productos de la pesca y la acuicultura.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Martes, 31 de octubre de 2023
página 16660/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 24 de octubre de 2023, por la que se modifica la Orden de 24 de
abril de 2023, por la que establecen las bases reguladoras para la concesión de
ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a compensar
económicamente a los operadores del sector de la pesca, la acuicultura, la
transformación y la comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura
por los costes adicionales en que hayan incurrido debido a la perturbación del
mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y sus
efectos en la cadena de suministros de productos de la pesca y la acuicultura.
Mediante la Orden de 24 de abril de 2023 de esta Consejería se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva,
destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la pesca, la
acuicultura, la transformación y la comercialización de los productos de la pesca y la
acuicultura por los costes adicionales en que hayan incurrido debido a la perturbación del
mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y sus efectos en la
cadena de suministros de productos de la pesca y la acuicultura.
Estas ayudas se conceden al amparo de lo establecido en el apartado 3 del artículo
68 del Reglamento (UE) núm. 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de
mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan
los Reglamentos (CE) núm. 2328/2003, (CE) núm. 861/2006, (CE) núm. 1198/2006 y
(CE) núm. 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) núm. 1255/2011 del Parlamento
Europeo y del Consejo (en adelante Reglamento FEMP), apartado que fue incorporado
por el Reglamento (UE) 2022/1278, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio
de 2022.
Además, el Reglamento (UE) 2021/1139, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y
de Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004 (en adelante,
Reglamento FEMPA), en su artículo 26, posibilita la puesta en marcha de mecanismos
de compensación a los operadores del sector pesquero y del sector de la acuicultura
por el lucro cesante o costes adicionales en caso de acontecimientos excepcionales que
generen una perturbación en los mercados, siempre que la Comisión determine mediante
una decisión de ejecución, la existencia de un acontecimiento excepcional. Al hilo de
ello la Comisión ha dictado la Decisión de Ejecución (UE) 2022/500 de la Comisión, de
25 de marzo de 2022, por la que se determina que la agresión militar de Rusia contra
Ucrania es un acontecimiento excepcional que genera una perturbación significativa de
los mercados.
El Reglamento (UE) núm. 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de
17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al
Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión,
al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la
Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo
de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo
Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) núm. 1083/2006, del
Consejo (en adelante RDC), recoge en el apartado 3, letra a) del artículo 125 que, en
cuanto a la selección de operaciones, la autoridad de gestión deberá elaborar y, una vez
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291654
PRE Á MBULO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Martes, 31 de octubre de 2023
página 16660/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 24 de octubre de 2023, por la que se modifica la Orden de 24 de
abril de 2023, por la que establecen las bases reguladoras para la concesión de
ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a compensar
económicamente a los operadores del sector de la pesca, la acuicultura, la
transformación y la comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura
por los costes adicionales en que hayan incurrido debido a la perturbación del
mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y sus
efectos en la cadena de suministros de productos de la pesca y la acuicultura.
Mediante la Orden de 24 de abril de 2023 de esta Consejería se establecen las bases
reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva,
destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la pesca, la
acuicultura, la transformación y la comercialización de los productos de la pesca y la
acuicultura por los costes adicionales en que hayan incurrido debido a la perturbación del
mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y sus efectos en la
cadena de suministros de productos de la pesca y la acuicultura.
Estas ayudas se conceden al amparo de lo establecido en el apartado 3 del artículo
68 del Reglamento (UE) núm. 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de
mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan
los Reglamentos (CE) núm. 2328/2003, (CE) núm. 861/2006, (CE) núm. 1198/2006 y
(CE) núm. 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) núm. 1255/2011 del Parlamento
Europeo y del Consejo (en adelante Reglamento FEMP), apartado que fue incorporado
por el Reglamento (UE) 2022/1278, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio
de 2022.
Además, el Reglamento (UE) 2021/1139, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y
de Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004 (en adelante,
Reglamento FEMPA), en su artículo 26, posibilita la puesta en marcha de mecanismos
de compensación a los operadores del sector pesquero y del sector de la acuicultura
por el lucro cesante o costes adicionales en caso de acontecimientos excepcionales que
generen una perturbación en los mercados, siempre que la Comisión determine mediante
una decisión de ejecución, la existencia de un acontecimiento excepcional. Al hilo de
ello la Comisión ha dictado la Decisión de Ejecución (UE) 2022/500 de la Comisión, de
25 de marzo de 2022, por la que se determina que la agresión militar de Rusia contra
Ucrania es un acontecimiento excepcional que genera una perturbación significativa de
los mercados.
El Reglamento (UE) núm. 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de
17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al
Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión,
al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la
Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo
de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo
Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) núm. 1083/2006, del
Consejo (en adelante RDC), recoge en el apartado 3, letra a) del artículo 125 que, en
cuanto a la selección de operaciones, la autoridad de gestión deberá elaborar y, una vez
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291654
PRE Á MBULO