Disposiciones generales. . (2023/208-3)
Resolución de 18 de octubre de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para 2023 de las subvenciones reguladas en la Orden de 12 de mayo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar las prácticas no laborales en empresas, en el marco del Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo, establecido en el Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los programas para la inserción laboral de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 208 - Lunes, 30 de octubre de 2023

página 16547/2

El apartado 4 del mencionado artículo establece que «en las subvenciones cuya
justificación se efectúe con posterioridad al cobro de la misma, no podrá abonarse a la
persona o entidad beneficiaria un importe superior al 50% de la subvención, sin que se
justifique previamente los pagos anteriores, excepto en los supuestos en que el importe
de aquellas sea igual o inferior a 6,000 euros». En su cumplimiento, se adaptan, a estas
previsiones, la forma de pago de las subvenciones convocadas.
En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas conforme a la
disposición adicional primera de la Orden de 12 de mayo de 2018,
RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
1. Se convoca para el ejercicio 2023, las subvenciones regulados en la Orden de 12
de mayo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones
a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar las prácticas no
laborales en empresas, en el marco del Programa de Experiencias Profesionales para
el Empleo, establecido en el Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los
Programas para la Inserción Laboral de la Junta de Andalucía.
2. La distribución geográfica del número de prácticas a desarrollar se ajustará al mapa
de recursos recogido en el Anexo de esta convocatoria, en el que se concreta el objetivo
previsto por el Servicio Andaluz de Empleo para la convocatoria 2023. El número de
personas estimado que podrá constituir los equipos técnicos para gestionar el programa
de prácticas es de 108 profesionales.
3. En el marco de esta convocatoria ninguna entidad gestora de prácticas, ni
uniprovincial, ni multiprovincial, podrá resultar beneficiaria con más de 6 profesionales
por provincia, o 28 profesionales en el total de Andalucía en caso de entidades
multiprovinciales.
4. Para esta convocatoria, las prácticas acogidas a la Orden de 12 de mayo de 2018,
tendrán una duración de 3 meses.
Segundo. Financiación y cuantía.
1. Las subvenciones se concederán de acuerdo con las disponibilidades
presupuestarias existentes, por una cuantía máxima de veinticuatro millones de euros
(24.000.000,00 de euros) y con cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia
Servicio Andaluz de Empleo correspondientes a las siguientes partidas presupuestarias,
con carácter estimado:

Experiencias
Profesionales para el
Empleo (Orden de 12
de mayo de 2018)

Aplicaciones Presupuestarias/
Códigos de Proyecto
1239188023 G/32L/44204/00 S0574

720.000,00 €

Cuantías máximas
Anualidad
Anualidad
2024
2025
(en euros)
(en euros)
360.000,00 €

360.000,00 €

Totales
(en euros)
1.440.000,00 €

1239188023 G/32L/46204/00 S0574

6.900.000,00 € 3.450.000,00 € 3.450.000,00 € 13.800.000,00 €

1239188023 G/32L/48204/00 S0574

4.380.000,00 € 2.190.000,00 €

Totales

2.190.000,00 €

8.760.000,00 €

12.000.000,0€ 6.000.000,00 € 6.000.000,00 € 24.000.000,00 €

2. Se establece la distribución de los créditos atendiendo a los ámbitos territorial
y/o funcionales de competitividad provincial y autonómica, de acuerdo a las siguientes
cuantías:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00291540

ORDEN

Anualidad
2023
(en euros)