Disposiciones generales. . (2023/208-2)
Orden de 24 de octubre de 2023, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional para el periodo 2023-2025.
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Número 208 - Lunes, 30 de octubre de 2023

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La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo
con el principio de eficacia, establece la necesidad de elaborar un plan estratégico
de subvenciones, que introduzca una conexión entre los objetivos y efectos que se
pretenden conseguir, con los costes previsibles y sus fuentes de financiación, con el
objeto de adecuar las necesidades públicas a cubrir a través de las subvenciones con
las previsiones de recursos disponibles. A este respecto, en su artículo 8.1 se dispone
que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan
el establecimiento de subvenciones con carácter previo, deberán concretar en un plan
estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación,
el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de
financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria.
El artículo 10.1 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, establece que los planes estratégicos de subvenciones,
a que se hace referencia en el artículo 8 de la Ley General de Subvenciones, se
configuran como un instrumento de planificación de las políticas públicas que tengan por
objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de
una finalidad pública.
Por su parte, la disposición adicional vigesimoséptima de la Ley 3/2019, de 22 de julio,
del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2019, dispone
que las diferentes Consejerías de la Junta de Andalucía procederán, en el plazo de seis
meses, a la aprobación de un nuevo plan estratégico para las subvenciones y ayudas de
su ámbito competencial, estableciendo los requisitos adicionales a los ya contemplados
en la normativa aplicable.
En este sentido, la presente orden tiene por objeto proceder a la aprobación del Plan
Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional, instrumento a través del cual se dan a conocer, para los próximos tres
años, los objetivos y efectos que se pretenden con la política de fomento de la Junta
de Andalucía en las materias competencia de la Consejería, sus costes, fuentes de
financiación y el método de evaluación y seguimiento.
En el marco de las competencias indicadas y de la normativa que le resulta de
aplicación, ha sido elaborado el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional para el período 2023-2025, inspirándose
en los principios de eficacia, eficiencia en la gestión de gasto público, supeditación al
cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, coordinación entre las
Administraciones Públicas y evitación de efectos distorsionadores en el mercado.
El Plan contiene tanto los objetivos estratégicos, que describen el efecto e impacto
que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del
mismo, como las líneas de subvención en las que se concreta, explicitando para cada
una de ellas las áreas de competencia afectadas y sectores hacia los que se dirigen las
ayudas, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario
para su consecución, los costes previsibles para su realización y fuentes de financiación
y el régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a las diferentes líneas de
subvenciones; determinando para cada línea de subvención, un conjunto de indicadores
relacionados con los objetivos del Plan, conforme a lo previsto en el artículo 12 del
Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
Por otro parte, destacar que para las líneas de subvención que cuentan con
financiación de fondos europeos, se deberá cumplir con la normativa europea de
referencia.
Asimismo, las líneas de subvención a las que se refiere este Plan se articulan
de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de Procedimientos de Concesión de
Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto
282/2010, de 4 de mayo, debiendo observarse en todo caso la perspectiva de la igualdad
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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