Disposiciones generales. . (2023/208-7)
Orden de 19 de octubre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la implantación de nuevas tecnologías y la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad y autonomía de las personas con discapacidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se efectúa su convocatoria en el año 2023.
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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
ANOficial
EXO II y III de la Junta de Andalucía
Boletín
Número 208 - Lunes, 30 de octubre de 2023
CONSEJERÍA INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD
28 de 36
páginaHoja
16536/26
ORGANISMO:
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
Las resoluciones previstas en los artículos 5.5 y 12.2 del Texto Articulado serán publicadas en: el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
19. Medidas de publicidad y transparencia pública sobre las subvenciones concedidas (artículo 22).
19.a) Las subvenciones concedidas serán objeto de la publicación establecida en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, así como de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía que
el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía pueda determinar:
Sí.
Sí; no obstante, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación, esta publicación está sujeta a las
limitaciones siguientes:
- Circunstancias que determinan que la publicación esté sujeta a limitaciones:
- Aplicación de la Orientación sobre la Disposición Adicional Séptima de la LOPDGD (garantías de protección de la
divulgación del documento nacional de identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento
equivalente de los interesados).
- Limitaciones a las que está sujeta la publicación: publicación aleatoria de cifras de los distintos documentos de
conformidad con la orientación antes citada.
No, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación:
19.b) Las subvenciones concedidas serán objeto de la publicidad activa establecida en la Ley 1/2014, de 24 de
junio, de Transparencia Pública de Andalucía, y en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a
la información pública y buen gobierno, de acuerdo con lo establecido en su disposición final octava, así como en
la normativa que desarrolle aquéllas:
Sí.
Sí; no obstante, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación, esta publicación está sujeta a las
limitaciones siguientes:
- Circunstancias que determinen que la publicación esta sujeta a limitaciones: - Aplicación de la Orientación sobre
la Disposición Adicional Séptima de la LOPDGD (garantías de protección de la divulgación del documento nacional
de identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento equivalente de los interesados).
-Limitaciones a la que esta sujeta la publicación: publicación aleatoria de cifras de los distintos documentos de
conformidad con la orientación antes citada.
No, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación:…………………………………………….
20.- Modificación de la resolución de concesión (Artículo 23).
00291526
20.a) Las circunstancias específicas, que como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta
para la concesión de la subvención, podrán dar lugar a la modificación de la Resolución, son las siguientes:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
ANOficial
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Número 208 - Lunes, 30 de octubre de 2023
CONSEJERÍA INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD
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ORGANISMO:
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
Las resoluciones previstas en los artículos 5.5 y 12.2 del Texto Articulado serán publicadas en: el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
19. Medidas de publicidad y transparencia pública sobre las subvenciones concedidas (artículo 22).
19.a) Las subvenciones concedidas serán objeto de la publicación establecida en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, así como de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía que
el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía pueda determinar:
Sí.
Sí; no obstante, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación, esta publicación está sujeta a las
limitaciones siguientes:
- Circunstancias que determinan que la publicación esté sujeta a limitaciones:
- Aplicación de la Orientación sobre la Disposición Adicional Séptima de la LOPDGD (garantías de protección de la
divulgación del documento nacional de identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento
equivalente de los interesados).
- Limitaciones a las que está sujeta la publicación: publicación aleatoria de cifras de los distintos documentos de
conformidad con la orientación antes citada.
No, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación:
19.b) Las subvenciones concedidas serán objeto de la publicidad activa establecida en la Ley 1/2014, de 24 de
junio, de Transparencia Pública de Andalucía, y en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a
la información pública y buen gobierno, de acuerdo con lo establecido en su disposición final octava, así como en
la normativa que desarrolle aquéllas:
Sí.
Sí; no obstante, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación, esta publicación está sujeta a las
limitaciones siguientes:
- Circunstancias que determinen que la publicación esta sujeta a limitaciones: - Aplicación de la Orientación sobre
la Disposición Adicional Séptima de la LOPDGD (garantías de protección de la divulgación del documento nacional
de identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento equivalente de los interesados).
-Limitaciones a la que esta sujeta la publicación: publicación aleatoria de cifras de los distintos documentos de
conformidad con la orientación antes citada.
No, al concurrir las circunstancias que se indican a continuación:…………………………………………….
20.- Modificación de la resolución de concesión (Artículo 23).
00291526
20.a) Las circunstancias específicas, que como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta
para la concesión de la subvención, podrán dar lugar a la modificación de la Resolución, son las siguientes:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja