Disposiciones generales. . (2023/208-7)
Orden de 19 de octubre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la implantación de nuevas tecnologías y la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad y autonomía de las personas con discapacidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se efectúa su convocatoria en el año 2023.
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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica

BOJA

ANOficial
EXO II y III de la Junta de Andalucía
Boletín

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:

Número 208 - Lunes, 30 de octubre de 2023

CONSEJERÍA INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD

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ORGANISMO:

SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA

justificándose su complementariedad y sin que, en ningún caso, el importe a conceder pueda superar lo
establecido en el apartado 5.a) del cuadro resumen.

GRUPOS DE CATEGORÍAS SUBVENCIONABLES:
GRUPO I:
1.Equipamiento informático o tecnológico que dé respuesta a los déficits que conlleva la discapacidad
valorada a las personas solicitantes, así como dispositivos y/o programas para apoyar, entrenar, medir o sustituir
funciones/estructuras corporales y de estimulación y rehabilitación cognitiva.
2. Aplicaciones informáticas que garanticen la interacción de las personas solicitantes con equipos
informáticos o tecnológicos, con el objetivo de dar respuesta a sus necesidades educativas, formativas y de
comunicación conforme a la discapacidad valorada, así como aquellos que permitan acceder o crear
entornos terapéuticos que fomenten la capacidad motora y mental conforme a la discapacidad valorada a
los solicitantes (gafas de realidad virtual y dispositivos como Wii, Leap Motion, etc).
3. Dispositivos o elementos periféricos que faciliten el uso de los equipos y aplicaciones informáticas o
tecnológicas conforme a la discapacidad valorada a las personas solicitantes.
GRUPO II:
4. Soluciones de domótica para favorecer la autonomía en el hogar.
5. Soluciones de accesibilidad en el hogar ( grúas móviles y de techo, salvaescaleras, camas eléctricas
elevables en altura, butacas eléctricas multifunción…).
Sí. Número:
Solo se puede optar a una de ellas.
Es posible optar a las siguientes subvenciones:
En el supuesto de que la persona o entidad solicitante no haya expresado su opción en plazo, se
entenderá que ha optado por:
3.- Régimen jurídico específico aplicable (Artículo 2):

00291526

No se establece
Sí. Con carácter específico, las presentes subvenciones se regirán por las normas que seguidamente se
relacionan:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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