Disposiciones generales. . (2023/208-9)
Extracto de la Orden de 19 de octubre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la implantación de nuevas tecnologías y la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad y autonomía de las personas con discapacidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)-financiado por la Unión Europea-NextgenerationEU y se efectúa su convocatoria en el año 2023.
<< 2 << Página 2
Página 3 Pág. 3
-
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 208 - Lunes, 30 de octubre de 2023

página 16537/3

ANEXO I

00291528

Denominación de la Línea: Subvenciones individuales destinadas a la implantación de nuevas tecnologías
y la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad
y autonomía de las personas con discapacidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (PRTR)-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
PERSONAS
Personas físicas con discapacidad reconocida y vecindad administrativa en algún
BENEFICIARIAS municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Facilitar y promover la autonomía de la personas con discapacidad de Andalucía mediante
OBJETO
la dotación de herramientas, métodos y dispositivos que mejoren la accesibilidad, la
calidad de vida y su inclusión social
La cuantía máxima de la subvención será el coste de la actuación con el límite máximo de
6.000 €. No obstante, existirá un límite específico para dispositivos móviles, cuya cuantía
máxima ascenderá a 700 euros, para tabletas, cuya cuantía máxima ascenderá a 1.000 euros,
IMPORTE
y ordenadores, cuya cuantía máxima ascenderá a 1.500 euros, en los términos previstos en el
apartado 5.a) y 5.b) del cuadro resumen de la presente línea

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja