3. Otras disposiciones. . (2023/207-50)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Huércal de Almería (Almería). Ejercicio 2019.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 207 - Viernes, 27 de octubre de 2023

página 16464/8

3. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA EN
RELACIÓN CON LA AUDITORÍA
11.

En la auditoría financiera es responsabilidad de la CCA expresar una opinión en términos de seguridad razonable sobre los hechos económicos incluidos en el alcance material del informe y
que se refieran a la Liquidación del Presupuesto de Gastos, así como revisar, en términos de
seguridad limitada, los que afecten al resto de Estados Contables de la Cuenta General. En la
revisión del cumplimiento de la legalidad la responsabilidad de la CCA es emitir una opinión en
términos de seguridad razonable sobre el cumplimiento de la normativa que resulte de aplicación en las áreas objeto de fiscalización.

12.

La opinión financiera sobre la liquidación del presupuesto de gastos tiene como referencia los
principios y normas de reconocimiento y valoración contenidos en el marco conceptual de la
contabilidad pública2 y las Bases de Ejecución Presupuestaria de la Entidad. Las salvedades por
incumplimiento de los principios presupuestarios contenidos en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y sus normas de desarrollo3 se incluyen en la opinión de fiscalización de cumplimiento
de legalidad.

13.

Los trabajos se han llevado a cabo de conformidad con los principios fundamentales de fiscalización de las Instituciones Públicas de Control Externo (ICEX). En concreto, con las ISSAI-ES 100
“Principios fundamentales de fiscalización del Sector Público”, ISSAI-ES 200 “Principios fundamentales de la fiscalización o auditoría financiera”, ISSAI-ES 400 “Principios fundamentales de la
fiscalización de cumplimiento”, las Normas Internacionales de Auditoría adaptadas al Sector Público Español (NIA-ES-SP) de la Intervención General de la Administración del Estado, así como
las Guías Prácticas de Fiscalización de los Órganos de Control Externo (GPF-OCEX) aplicables.
Dichas normas exigen que la CCA cumpla con los requerimientos de ética, así como que planifique y ejecute la fiscalización con el fin de obtener una seguridad razonable respecto de la situación financiera del estado de liquidación del presupuesto de gastos y una seguridad razonable
de que la entidad fiscalizada cumple con el marco normativo vigente. (Anexo 8.2)
Una fiscalización requiere la aplicación de procedimientos para obtener evidencia de auditoría
sobre la revisión financiera y el cumplimiento de los aspectos relevantes establecidos en la normativa aplicable. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la
valoración de los riesgos de incumplimientos significativos de la legalidad. Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno relevante para garantizar dicho
cumplimiento, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la entidad.

Establecidos en la Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo normal de contabilidad local.
3
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de
diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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