3. Otras disposiciones. . (2023/207-50)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Huércal de Almería (Almería). Ejercicio 2019.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 207 - Viernes, 27 de octubre de 2023

página 16464/6

Entidades Participadas y de las que forma parte

Funciones

Mancomunidad Municipios Bajo Andarax

Ordenación y gestión de los servicios del Ciclo Integral del Agua de uso urbano, Licencias de taxis, promoción del turismo de ámbito local, actividades culturales y deportivas, mantenimiento de sede y servicios comunes de
la Mancomunidad.

Consorcio Recogida Residuos Sector II (Participada)

Estatutos: Prestación del servicio de recogida, gestión y tratamiento de residuos sólidos urbanos en el territorio de los municipios consorciados, mediante la gestión de vertederos, plantas de transferencia, plantas de tratamiento de residuos sólidos urbanos, y de cualquier otra instalación o equipamiento que sea preciso. El Consorcio podrá también prestar servicios de recogida, gestión y tratamiento de residuos de construcción y demolición, industriales y agrícolas, cuando así lo determine la Junta General.

Consorcio Transporte Metropolitano del Área de Almería
(Participada)

Articular la cooperación económica, técnica y administrativa entre las Administraciones consorciadas a fin de ejercer de forma conjunta y coordinada las competencias que les corresponden en materia de creación y gestión de infraestructuras y servicios de transporte, en el ámbito territorial
de las entidades consorciadas.

Fuente: Inventario de Entes del Sector Público (Ministerio de Hacienda)

Cuadro nº 2

2. RESPONSABILIDAD DE LOS ÓRGANOS MUNICIPALES EN RELACIÓN CON LA
CUENTA GENERAL
8.

La responsabilidad de los diferentes órganos municipales en relación con la formación, aprobación y rendición de la Cuenta General previstas en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
cuyo texto refundido fue aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo
(TRLRHL), la Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del
modelo normal de contabilidad local (IMNCAL) y en la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara
de Cuentas de Andalucía, se resume a continuación:


La aprobación de la liquidación del presupuesto corresponde al Presidente de la entidad local
(art. 191.3 del TRLRHL).



El Pleno de la Corporación es el competente para aprobar la Cuenta General del ejercicio.
Dicha aprobación no requiere la conformidad con las actuaciones reflejadas en ella, ni genera
responsabilidad por razón de las mismas (art. 212 del TRLRHL y regla 49 de la IMNCAL).



La Intervención del Ayuntamiento debe informar la liquidación del presupuesto y formar la
Cuenta General. Asimismo, le corresponde llevar y desarrollar la contabilidad financiera y el
seguimiento, en términos financieros, de la ejecución de los presupuestos. También asume
la fiscalización de los actos que den lugar al reconocimiento y liquidación de derechos y obligaciones o gastos de contenido económico y los ingresos y pagos que de aquéllos se deriven
(arts. 191.3, 204.1, 212 y 214 del TRLRHL).

00291443

Por su parte, la función interventora asume, tanto la fiscalización de los actos que den lugar
al reconocimiento y liquidación de derechos y obligaciones o gastos de contenido económico
y los ingresos y pagos que de aquéllos se deriven (arts. 212 y 214 del TRLRHL y art. 7 del RD
424/2017), así como el control financiero de la actividad económico-financiera de la entidad
local y sus entidades dependientes (arts. 29 del RD 424/2017 y 4. 1 b) del RD 128/2018).

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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