Autoridades y personal. . (2023/207-28)
Resolución de 11 de octubre de 2023, del Defensor del Pueblo Andaluz y de la Infancia y Adolescencia de Andalucía, por la que se convoca una beca destinada a persona con discapacidad psíquica, del tipo enfermedad mental, y otra a persona con discapacidad psíquica, del tipo discapacidad intelectual y del desarrollo, para la formación en tareas de apoyo a funciones de personal subalterno y tareas de apoyo administrativo u otras que se estimen pertinentes en la oficina del Defensor del Pueblo Andaluz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 207 - Viernes, 27 de octubre de 2023

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permanente por accidente, que cubra el período de duración de la beca. Para su abono,
antes de producirse la incorporación la persona adjudicataria de la beca deberá presentar
ante el Departamento de Gestión Económica del Defensor del Pueblo Andaluz copia
de la póliza contratada y justificante del pago. Si la persona que resulte adjudicataria
renunciase a la beca una vez se hubiese formalizado el seguro, los gastos ocasionados
por dicho concepto recaerán en su persona.
Cuarta. Duración.
La duración de la beca será de seis meses, transcurridos los cuales se entregará un
certificado acreditativo de su realización.
La beca no podrá ser prorrogada.
Quinta. Naturaleza.
La adjudicación de esta beca no supone ningún tipo de vinculación laboral o
funcionarial entre el beneficiario o beneficiaria y el Defensor del Pueblo Andaluz, ni implica
compromiso alguno por parte de esta Institución que trascienda lo que estrictamente se
deriva del objeto y desarrollo de la presente convocatoria.
La presente convocatoria estará en todo caso sujeta a la correspondiente
disponibilidad presupuestaria.

Séptima. Presentación de solicitudes.
1. Documentación a aportar:
Las personas interesadas deberán aportar la siguiente documentación:
- Escrito de solicitud, cumplimentado y firmado, conforme a los modelos que figura
en el Anexo I a tenor de la beca por la discapacidad en la que vaya a participar. Sólo se
valorarán los méritos que figuren en la solicitud.
- Informe actualizado de vida laboral.
La cumplimentación y entrega de dicha documentación será suficiente para concurrir
al procedimiento, sin que sea necesaria la aportación de documentación adicional salvo
que la misma sea requerida por parte de la Comisión de Selección señalada en la base
décima.
2. Forma de presentación.
Las solicitudes deberán ser dirigidas al Defensor del Pueblo Andaluz, por cualquiera de
los siguientes medios, poniendo como referencia o asunto «BECA_EM: enfermedad mental»
o «BECA DI: discapacidad intelectual y de desarrollo», según al tipo que se presente:
a) Presencialmente, en la sede de nuestras oficinas: calle Reyes Católicos, 21, en
Sevilla.
b) A través de la Sede electrónica de la Institución:
https://sede-electronica.defensor-and.es/inicio.do
c) Correo postal certificado, dirigido a C/ Reyes Católicos, 21. 41001 Sevilla.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Sexta. Desarrollo de la beca.
La persona becada realizará su programa formativo bajo la dirección de la Jefatura
del Departamento de Documentación y Biblioteca, debiendo permanecer en la Oficina del
Defensor del Pueblo Andaluz durante 5 horas al día, de lunes a viernes, entre las 8:30 y
14:30 horas.
Aunque no tenga una relación laboral o funcionarial con la Institución, disfrutará de
los días festivos del calendario laboral, así como de 15 días naturales o 11 hábiles, en
concepto de vacaciones, periodo que será acordado con la dirección de la beca.
Asimismo, se le podrán conceder los permisos necesarios por motivos personales,
con la solicitud previa de la persona interesada ante la misma dirección.
En ningún caso, salvo baja médica, la ausencia justificada o permitida de las prácticas
puede superar el 20% de la jornada de trabajo en cómputo mensual. Si se superara este
porcentaje el Defensor del Pueblo Andaluz podrá rescindir la beca.