Autoridades y personal. . (2023/206-40)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el ámbito de esta Consejería en la provincia de Sevilla.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Jueves, 26 de octubre de 2023
página 16372/27
acuerdo con los criterios de prelación y ordenación alfabética establecidos en el Anexo X
de la presente resolución.
Décima. Comisión de Valoración.
1. La Comisión de Valoración estará constituida como mínimo por siete personas, de
entre las cuales una ejercerá la Presidencia y otra, la Secretaría.
2. Las personas integrantes de la Comisión tendrán la condición de personal
funcionario de carrera y deberán pertenecer a Grupo/Subgrupo igual o superior al exigido
para los puestos convocados.
3. Estarán presentes en la Comisión de Valoración, con voz pero sin voto, las
Organizaciones Sindicales que formen parte de la Mesa Sectorial de Negociación de
la Administración General de la Junta de Andalucía, mediante la designación de una
persona representante por cada una de ellas.
4. La constitución, convocatoria y celebración de sesiones de la Comisión de
Valoración, se realizará preferentemente por medios electrónicos, con comparecencia
telemática que garantice la verificación de la identidad de las personas que lo conforman,
así como el sigilo en sus deliberaciones. Asimismo, los trabajos de baremación se
realizarán utilizando los medios electrónicos habilitados para ello.
Undécima. Lista provisional.
1. Una vez finalizado el proceso de valoración se publicará en la «web de emplead@»
la lista provisional de destinos adjudicados, con indicación de la puntuación obtenida en
cada caso, así como de exclusiones, con indicación de las causas.
2. En el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación, las
personas interesadas podrán presentar alegaciones, que no tendrán carácter de recurso,
y proceder a la vista de su expediente a los efectos de comprobar la valoración efectuada
al mismo. Dichas actuaciones se realizarán por medios electrónicos, a través de la «web
de emplead@».
Decimotercera. Destinos.
1. Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de que se produzca
el cese efectivo o, en todo caso, antes de que finalice el plazo de cese, se hubiese obtenido
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291351
Duodécima. Resolución.
1. Las alegaciones formuladas contra las listas provisionales se entenderán
resueltas, a propuesta de la Comisión de Valoración, mediante la resolución por la que
se resuelva definitivamente el concurso, que será publicada en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía, relacionando las adjudicaciones, con indicación de la puntuación
obtenida, y los puestos que hubieran quedado desiertos de entre las vacantes ofertadas
en los Anexos I-A y I-B. Por su parte, las listas definitivas de personas admitidas que
no hubieran resultado adjudicatarias y de quienes hubieran resultado excluidas con
indicación expresa de las causas de exclusión serán objeto de publicación en la «web de
emplead@».
2. La resolución habrá de ser motivada y deberá quedar acreditada en la misma la
observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de las personas
propuestas.
3. La resolución del procedimiento deberá efectuarse en el plazo máximo de cuatro
meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin
perjuicio de la posibilidad de ampliación del mencionado plazo, de conformidad con lo
previsto en los artículos 23 y 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en todo caso, de dictarse
acuerdo de ampliación de plazos, éste se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, así como en la «web de emplead@».
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Jueves, 26 de octubre de 2023
página 16372/27
acuerdo con los criterios de prelación y ordenación alfabética establecidos en el Anexo X
de la presente resolución.
Décima. Comisión de Valoración.
1. La Comisión de Valoración estará constituida como mínimo por siete personas, de
entre las cuales una ejercerá la Presidencia y otra, la Secretaría.
2. Las personas integrantes de la Comisión tendrán la condición de personal
funcionario de carrera y deberán pertenecer a Grupo/Subgrupo igual o superior al exigido
para los puestos convocados.
3. Estarán presentes en la Comisión de Valoración, con voz pero sin voto, las
Organizaciones Sindicales que formen parte de la Mesa Sectorial de Negociación de
la Administración General de la Junta de Andalucía, mediante la designación de una
persona representante por cada una de ellas.
4. La constitución, convocatoria y celebración de sesiones de la Comisión de
Valoración, se realizará preferentemente por medios electrónicos, con comparecencia
telemática que garantice la verificación de la identidad de las personas que lo conforman,
así como el sigilo en sus deliberaciones. Asimismo, los trabajos de baremación se
realizarán utilizando los medios electrónicos habilitados para ello.
Undécima. Lista provisional.
1. Una vez finalizado el proceso de valoración se publicará en la «web de emplead@»
la lista provisional de destinos adjudicados, con indicación de la puntuación obtenida en
cada caso, así como de exclusiones, con indicación de las causas.
2. En el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación, las
personas interesadas podrán presentar alegaciones, que no tendrán carácter de recurso,
y proceder a la vista de su expediente a los efectos de comprobar la valoración efectuada
al mismo. Dichas actuaciones se realizarán por medios electrónicos, a través de la «web
de emplead@».
Decimotercera. Destinos.
1. Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de que se produzca
el cese efectivo o, en todo caso, antes de que finalice el plazo de cese, se hubiese obtenido
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291351
Duodécima. Resolución.
1. Las alegaciones formuladas contra las listas provisionales se entenderán
resueltas, a propuesta de la Comisión de Valoración, mediante la resolución por la que
se resuelva definitivamente el concurso, que será publicada en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía, relacionando las adjudicaciones, con indicación de la puntuación
obtenida, y los puestos que hubieran quedado desiertos de entre las vacantes ofertadas
en los Anexos I-A y I-B. Por su parte, las listas definitivas de personas admitidas que
no hubieran resultado adjudicatarias y de quienes hubieran resultado excluidas con
indicación expresa de las causas de exclusión serán objeto de publicación en la «web de
emplead@».
2. La resolución habrá de ser motivada y deberá quedar acreditada en la misma la
observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de las personas
propuestas.
3. La resolución del procedimiento deberá efectuarse en el plazo máximo de cuatro
meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin
perjuicio de la posibilidad de ampliación del mencionado plazo, de conformidad con lo
previsto en los artículos 23 y 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en todo caso, de dictarse
acuerdo de ampliación de plazos, éste se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, así como en la «web de emplead@».