Autoridades y personal. . (2023/206-40)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el ámbito de esta Consejería en la provincia de Sevilla.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Jueves, 26 de octubre de 2023

página 16372/26

Para la valoración de los títulos académicos en los puestos de trabajo de nivel básico
se entienden relacionadas con los mismos todas las titulaciones que habiliten para
acceder al Grupo/Subgrupo desde el que se participa.
3. En el apartado 6 «Cursos de formación y perfeccionamiento», la valoración será
hasta un máximo de 2,5 puntos, con la misma distribución según la duración de los
cursos.
4. No se valorará la docencia a que se refiere el apartado correspondiente del baremo
general.
C. Personal funcionario de carrera que ha desempeñado o desempeñe puestos de
trabajo no incluidos en la RPT.
Para la valoración del trabajo desarrollado por personal funcionario de carrera
que haya desempeñado o desempeñe puestos de trabajo no incluidos en la RPT de la
Administración de la Junta de Andalucía, se considerará como nivel de complemento de
destino el que corresponda al nivel mínimo según el Grupo/Subgrupo de pertenencia.
Esta norma será igualmente de aplicación al personal docente y sanitario.
D. Valoración de la experiencia profesional en los puestos de trabajo no adscritos a
áreas funcionales.
a) La valoración del desempeño de puestos de trabajo del personal funcionario
de carrera de la Administración General de la Junta de Andalucía en las distintas
áreas funcionales, relacionales o agrupación de áreas establecidas con ocasión de
la participación en el presente concurso durante el tiempo en que los puestos no se
encontraban adscritos a alguna de ellas se hará constar en la solicitud de participación,
señalando para el puesto desempeñado que se alega el área que considere que le
corresponde.
b) Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación para el personal
funcionario de carrera proveniente de otras Administraciones Públicas y de otros sectores
de esta Administración que participen en el presente concurso.
c) La Comisión de Valoración revisará la valoración formulada en la solicitud, pudiendo
modificarla si no la encontrara adecuada, previo informe del Servicio de Planificación y
Evaluación de Puestos de Trabajo de la Dirección General competente en materia de
Función Pública.

Novena. Adjudicación: Orden de prioridad y empate en la puntuación.
1. La adjudicación de los puestos vendrá dada por la puntuación total obtenida según
el baremo y el orden de prioridad expresados en la solicitud. En el caso de participar en
diferentes concursos convocados de forma simultánea, el orden de preferencia será el
expresado en el Anexo VII.
2. En caso de empate en la puntuación, se resolverá a favor de quien pertenezca al
Cuerpo preferente establecido en la RPT. Si el empate continuase, se resolverá a favor de
quien haya obtenido mayor puntuación en los distintos apartados de méritos del baremo,
contemplados éstos por el orden del mismo. De persistir éste, el desempate se resolverá
en favor del personal funcionario de carrera cuya letra inicial del primer apellido esté
primera en el orden determinado por el sorteo de actuación en las pruebas selectivas que
se celebren durante el año 2023, resultando la letra «N», conforme a la Resolución de 25
de enero de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, y de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00291351

E. Valoración de la experiencia profesional en los puestos de trabajo adscritos a
áreas funcionales.
En el caso de puestos de trabajo alegados adscritos en la actualidad a algún área que
no lo hubiesen estado en algún momento durante su desempeño, se aplicará la citada
adscripción en todo el tiempo de existencia del puesto.