3. Otras disposiciones. . (2023/206-73)
Orden de 18 de octubre de 2023, por la que se dispone la publicación de la Orden de 21 de diciembre de 2022, por la que se resuelve la aprobación definitiva de la Modificación del PGOU de Marbella referida a la delimitación de los nuevos sistemas generales de infraestructuras SG-I-22 «Subestación eléctrica de San Pedro Guadaiza» y SG-I-23 «Servicios Operativos redes de Infraestructuras» y modificación del artículo 98 de las NNUU y nuevo artículo 10.1 bis de las Normas Urbanísticas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Jueves, 26 de octubre de 2023

página 16368/6

NORMAS URBANÍSTICAS

- Nuevo artículo 101-Bis
Art. 101-Bis. Condiciones particulares para los Sistemas Generales de Infraestructuras
de Servicios SGI-I-22 «Subestación Eléctrica San Pedro-Guadaiza» y SG-I-23 «Servicios
Operativos Redes de Infraestructuras».
La subestación eléctrica se construirá integrada dentro de un edificio debidamente
protegido y aislado. La edificación se deberá adaptar a las condiciones particulares de la
edificación de la zona IND-2, establecida en las Normas Urbanísticas del Plan General,
salvo en la altura que se ajustará a las necesidades propias de la subestación, evitando
medianerías vistas.
Las instalaciones de conexión entre la Red de transporte y la Subestación, y entre
ésta y la red de distribución, serán subterráneas. El trazado concreto de las líneas de
transporte y distribución eléctrica para conectar la red prevista en el Plan General con
la nueva subestación, que se señala en el plano I-3 de forma orientativa, deberá ser
definido en su correspondiente proyecto técnico, y no conllevará una modificación del
Plan General por la introducción de ajustes o modificaciones en dicho trazado que se
deban realizar por motivos técnicos.
Para garantizar una correcta ordenación del trazado de las nuevas redes de suministro
eléctrico se deberá elaborar, con carácter previo a la tramitación del proyecto técnico, un
estudio de implantación de dicha red que analice, en su conjunto, la demanda de energía
eléctrica de los distintos sectores a los que va a dar servicio esta nueva subestación y
establezca su implantación de forma coordinada.
No se autoriza el tendido de líneas eléctricas aéreas sobre las edificaciones
industriales.
Las edificaciones destinadas a los servicios operativos de las redes de infraestructuras
se adaptarán a las condiciones particulares de la edificación de la zona IND-2
establecidas en el Plan General, salvo la edificabilidad máxima que será la indicada para
los equipamientos públicos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00291347

- Modificación del artículo 98 de las NNUU.
Art. 98. Definición.
Se denomina así al conjunto de elementos de infraestructura básica, tales como
abastecimiento de agua, saneamiento, eliminación de residuos sólidos y abastecimiento
de energía eléctrica, destinados a la satisfacción de las necesidades de la población y
de las actividades productivas o de cualquier otra índole que se asiente en el término
municipal.
Dichos elementos son complementados a escala local por aquellas redes de
distribución de las infraestructuras citadas destinadas a procurar en dichos ámbitos
la satisfacción de las necesidades generadas por la vivienda, industria o actividad de
cualquier otro signo.
Los elementos del Sistema General de Infraestructura Urbanística son los señalados
en el plano B «Estructura General» y en los planos I 1 y 2; J 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de este Plan
General.
Forman parte del Sistema General de Infraestructuras de Servicios las edificaciones
anexas destinadas a servicios complementarios e instalaciones industriales, necesarias
para la explotación de estas infraestructuras, tales como almacenes de material, garajes
para maquinaria, talleres, oficinas, comedores y centros de formación del personal,
vivienda de guarda, etc.
Las condiciones particulares de estas edificaciones anexas serán las establecidas,
con carácter general, para las parcelas calificadas con uso de equipamiento público por
este Plan General.