Disposiciones generales. . (2023/202-3)
Orden de 17 de octubre de 2023, complementaria a la Orden de 9 de mayo de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir por las Entidades Locales para la financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía correspondientes al ejercicio presupuestario 2023, así como para el refuerzo de los equipos de atención a la infancia y la familia, en ejecución de lo previsto en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 202 - Viernes, 20 de octubre de 2023
página 16126/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
La Orden de 9 de mayo de 2023, por la que se establece la distribución de las cantidades
a percibir por las Entidades Locales para la financiación de los Servicios Sociales
Comunitarios en Andalucía correspondientes al ejercicio presupuestario 2023, aprobó
como Anexo la relación de Ayuntamientos de municipios con población superior a veinte
mil habitantes y Diputaciones Provinciales, así como las cuantías asignadas a cada
uno de ellos respecto a la aportación autofinanciada de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, en virtud de lo estipulado en el Decreto 203/2002, de 16 de julio, por el que se
regula el sistema de financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía.
La disposición transitoria única del referido Decreto 203/2002, de 16 de julio,
establece que los créditos a percibir por las Entidades Locales procedentes tanto de
los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía como de los Presupuestos
Generales del Estado estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio
económico. En este sentido, una vez aprobados por Acuerdo del Pleno del Consejo
Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia, en su reunión extraordinaria, los criterios de distribución territorial,
así como la distribución resultante del crédito, para el año 2023 de los compromisos
financieros destinados a la cofinanciación de planes o programas sociales, se establece
que la asignación destinada a la Comunidad Autónoma de Andalucía para el Desarrollo
de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales de Entidades Locales (Plan Concertado)
es de 19.957.791,74 euros, y que la asignación para el refuerzo de equipos de atención
a la infancia y la familia en los Servicios Sociales de Atención Primaria, ubicados en los
Servicios Sociales Comunitarios, en ejecución de lo previsto en la Ley Orgánica 8/2021,
de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia
(LOPIVI) es de 4.683.000,00 euros. Asimismo, se establece que las comunidades
autónomas y las ciudades de Ceuta y de Melilla aportarán, para la financiación de los
proyectos seleccionados, al menos, una dotación económica de igual cuantía que la
aportada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
En este sentido, desde la Junta de Andalucía se ha generado un crédito específico
destinado a reforzar los equipos de infancia y familia de la Red de Servicios Sociales de
Atención Primaria, que asciende a 4.683.000 euros, que unido a la aportación autonómica
del Plan concertado supone un importe total de 46.433.905,00, lo que se traduce en el
mayor esfuerzo financiero de la Junta de Andalucía para la financiación de los Servicios
Sociales Comunitarios desde la puesta en marcha del Plan Concertado.
Tanto las asignaciones procedentes del presupuesto propio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, como las procedentes de los Presupuestos Generales del
Estado, se distribuyen entre todas las Entidades Locales de Andalucía de acuerdo con
el índice de población, en función de lo estipulado en la disposición transitoria única del
citado Decreto 203/2002, de 16 de julio, garantizando a todas las Entidades Locales,
tanto para los créditos de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales (Plan Concertado),
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291103
Orden de 17 de octubre de 2023, complementaria a la Orden de 9 de mayo
de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad,
por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir por las
Entidades Locales para la financiación de los Servicios Sociales Comunitarios
en Andalucía correspondientes al ejercicio presupuestario 2023, así como para
el refuerzo de los equipos de atención a la infancia y la familia, en ejecución de
lo previsto en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la
infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 202 - Viernes, 20 de octubre de 2023
página 16126/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
La Orden de 9 de mayo de 2023, por la que se establece la distribución de las cantidades
a percibir por las Entidades Locales para la financiación de los Servicios Sociales
Comunitarios en Andalucía correspondientes al ejercicio presupuestario 2023, aprobó
como Anexo la relación de Ayuntamientos de municipios con población superior a veinte
mil habitantes y Diputaciones Provinciales, así como las cuantías asignadas a cada
uno de ellos respecto a la aportación autofinanciada de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, en virtud de lo estipulado en el Decreto 203/2002, de 16 de julio, por el que se
regula el sistema de financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía.
La disposición transitoria única del referido Decreto 203/2002, de 16 de julio,
establece que los créditos a percibir por las Entidades Locales procedentes tanto de
los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía como de los Presupuestos
Generales del Estado estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio
económico. En este sentido, una vez aprobados por Acuerdo del Pleno del Consejo
Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia, en su reunión extraordinaria, los criterios de distribución territorial,
así como la distribución resultante del crédito, para el año 2023 de los compromisos
financieros destinados a la cofinanciación de planes o programas sociales, se establece
que la asignación destinada a la Comunidad Autónoma de Andalucía para el Desarrollo
de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales de Entidades Locales (Plan Concertado)
es de 19.957.791,74 euros, y que la asignación para el refuerzo de equipos de atención
a la infancia y la familia en los Servicios Sociales de Atención Primaria, ubicados en los
Servicios Sociales Comunitarios, en ejecución de lo previsto en la Ley Orgánica 8/2021,
de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia
(LOPIVI) es de 4.683.000,00 euros. Asimismo, se establece que las comunidades
autónomas y las ciudades de Ceuta y de Melilla aportarán, para la financiación de los
proyectos seleccionados, al menos, una dotación económica de igual cuantía que la
aportada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
En este sentido, desde la Junta de Andalucía se ha generado un crédito específico
destinado a reforzar los equipos de infancia y familia de la Red de Servicios Sociales de
Atención Primaria, que asciende a 4.683.000 euros, que unido a la aportación autonómica
del Plan concertado supone un importe total de 46.433.905,00, lo que se traduce en el
mayor esfuerzo financiero de la Junta de Andalucía para la financiación de los Servicios
Sociales Comunitarios desde la puesta en marcha del Plan Concertado.
Tanto las asignaciones procedentes del presupuesto propio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, como las procedentes de los Presupuestos Generales del
Estado, se distribuyen entre todas las Entidades Locales de Andalucía de acuerdo con
el índice de población, en función de lo estipulado en la disposición transitoria única del
citado Decreto 203/2002, de 16 de julio, garantizando a todas las Entidades Locales,
tanto para los créditos de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales (Plan Concertado),
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00291103
Orden de 17 de octubre de 2023, complementaria a la Orden de 9 de mayo
de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad,
por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir por las
Entidades Locales para la financiación de los Servicios Sociales Comunitarios
en Andalucía correspondientes al ejercicio presupuestario 2023, así como para
el refuerzo de los equipos de atención a la infancia y la familia, en ejecución de
lo previsto en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la
infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI).