Autoridades y personal. . (2023/200-13)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal investigador predoctoral en formación en base a la Orden por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada para el año 2022 del procedimiento de concesión de ayudas a «Proyectos de Generación de Conocimiento» y a actuaciones para la formación de personal investigador predoctoral asociadas a dichos proyectos, cofinanciadas con cargo al Fondo Social Europeo Plus (FSE), en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Miércoles, 18 de octubre de 2023

página 15935/9

periodo de ejecución de la actuación. En ningún caso la duración del período predoctoral
y la adenda vinculada al POP podrá ser superior a cuatro años.
Este nuevo período se deberá formalizar en un plazo de veinte días hábiles,
computables desde el día de la defensa y aprobación de su Tesis. Para ello, el interesado
debe comunicar el depósito de la tesis al Servicio de Gestión de Investigación del Área
de Investigación y Transferencia en el plazo de 10 días hábiles anteriores a la defensa y
aprobación de la misma junto con un Plan de Trabajo de la actividad a desarrollar en el
POP.
Se valorará positivamente que dicho Plan de Trabajo incluya la realización de una
estancia en un centro extranjero de prestigio, de al menos un mes, y preferentemente
por una duración que alcance la mitad del POP, aportándose carta de aceptación en el
centro de destino.
Los Doctores deberán presentar, junto al acta de lectura de la tesis el justificante de
haber abonado las tasas para la expedición del Título de Doctor.
El periodo posdoctoral se formalizará a través de una adenda al contrato predoctoral
en la que se especifique la fecha en la que comienza dicho periodo.

13. Causas de extinción del contrato.
Serán causas de extinción del contrato las que se citan a continuación:
• El vencimiento del contrato predoctoral.
• La renuncia expresa al contrato predoctoral.
• La falta de remisión de la documentación requerida a la finalización de cada
anualidad.
• El avance contrastado en el Programa de Doctorado. La falta de avance como
causa de extinción deberá acreditarse mediante informe motivado de los directores de
tesis y de la Comisión Académica responsable del Programa, resolviendo a la vista de los
documentos la Comisión de Investigación.
• La extinción del proyecto asociado al contrato predoctoral.
• La extinción de financiación adecuada y suficiente.
14. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00290915

12. Régimen de incompatibilidades.
Los contratos financiados serán incompatibles con cualquier otro contrato laboral por
parte del personal investigador contratado, y con la percepción de cualquier cuantía que
tenga naturaleza salarial.
No obstante lo anterior, el personal investigador contratado podrá percibir
complementos no salariales provenientes de proyectos y contratos de I+D, complementos
por tareas docentes que no impliquen vinculación contractual, así como ayudas
complementarias para fomentar la movilidad de investigadores, siempre que estas
ayudas no impliquen la formalización de un contrato laboral, u otras ayudas destinadas a
la asistencia a congresos, reuniones o jornadas científicas. En todo caso, las actividades
de las que se deriven los complementos o ayudas anteriores no deben menoscabar o
interrumpir la finalidad del contrato.
La adjudicación de un contrato predoctoral será incompatible con la obtención, para
la misma actuación, de otras ayudas financiadas por cualquier otro medio.
El personal investigador contratado deberá comunicar al Vicerrectorado competente
en materia de Investigación la obtención de otras ayudas, subvenciones, ingresos o
recursos que financien las actividades en el momento en que se produzca tal circunstancia
y, cuando proceda, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos
percibidos.