3. Otras disposiciones. . (2023/200-28)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Histórico, por la que se incoa el procedimiento para la inscripción, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, de la Actividad de Interés Etnológico denominada Belenismo en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Miércoles, 18 de octubre de 2023
página 15967/8
00290942
Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, entendiendo por salvaguarda lo recogido
textualmente en el artículo 3 de la citada Convención como «las medidas encaminadas a
garantizar la viabilidad del patrimonio cultural inmaterial, comprendidas la identificación,
documentación, investigación, preservación, protección, promoción, valorización,
transmisión –básicamente a través de la enseñanza formal y no formal– y revitalización
de este patrimonio en sus distintos aspectos». Y en el artículo 15 las funciones de las
administraciones públicas, señalando que «cada estado parte tratará de lograr una
participación lo más amplia posible de las comunidades, los grupos, y si procede, los
individuos que crean, mantienen y transmiten ese patrimonio y de asociarlos activamente
a la gestión del mismo».
Se proponen las siguientes recomendaciones para la salvaguarda de la Actividad
del Belenismo en Andalucía, siempre en coordinación con los colectivos y personas
protagonistas de la misma:
1. Medidas de documentación y protección: investigación, identificación, catalogación,
inventario, registro, mantenimiento, restauración de los bienes materiales asociados, y
defensa frente a su exportación y expoliación. Para ello, además de la musealización
de las colecciones existentes, se deberá proceder al estudio y catalogación de los
bienes materiales (figuras, escenografías, dioramas, belenes completos, técnicas
artesanales), creando registros e inventarios. Además, al ser el Belén normalmente
efímero y estacional, se deben documentar las representaciones, la ambientación, los
componentes, las figuras y la técnica, como legado a futuras generaciones.
2. Medidas de promoción y sensibilización: informar y sensibilizar a la opinión pública
de lo que representa en todos los sectores la Actividad y de las amenazas que pudieran
presentarse para su trasmisión y desarrollo; así mismo promoción y difusión de las
iniciativas de los distintos colectivos y sectores protagonistas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Miércoles, 18 de octubre de 2023
página 15967/8
00290942
Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, entendiendo por salvaguarda lo recogido
textualmente en el artículo 3 de la citada Convención como «las medidas encaminadas a
garantizar la viabilidad del patrimonio cultural inmaterial, comprendidas la identificación,
documentación, investigación, preservación, protección, promoción, valorización,
transmisión –básicamente a través de la enseñanza formal y no formal– y revitalización
de este patrimonio en sus distintos aspectos». Y en el artículo 15 las funciones de las
administraciones públicas, señalando que «cada estado parte tratará de lograr una
participación lo más amplia posible de las comunidades, los grupos, y si procede, los
individuos que crean, mantienen y transmiten ese patrimonio y de asociarlos activamente
a la gestión del mismo».
Se proponen las siguientes recomendaciones para la salvaguarda de la Actividad
del Belenismo en Andalucía, siempre en coordinación con los colectivos y personas
protagonistas de la misma:
1. Medidas de documentación y protección: investigación, identificación, catalogación,
inventario, registro, mantenimiento, restauración de los bienes materiales asociados, y
defensa frente a su exportación y expoliación. Para ello, además de la musealización
de las colecciones existentes, se deberá proceder al estudio y catalogación de los
bienes materiales (figuras, escenografías, dioramas, belenes completos, técnicas
artesanales), creando registros e inventarios. Además, al ser el Belén normalmente
efímero y estacional, se deben documentar las representaciones, la ambientación, los
componentes, las figuras y la técnica, como legado a futuras generaciones.
2. Medidas de promoción y sensibilización: informar y sensibilizar a la opinión pública
de lo que representa en todos los sectores la Actividad y de las amenazas que pudieran
presentarse para su trasmisión y desarrollo; así mismo promoción y difusión de las
iniciativas de los distintos colectivos y sectores protagonistas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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