Disposiciones generales. . (2023/197-1)
Resolución de 6 de octubre de 2023, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a entidades sin ánimo de lucro para la atención a mujeres en situación de riesgo de exclusión social y especialmente vulnerables ante la violencia de género para los ejercicios 2023 y 2024.
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Viernes, 13 de octubre de 2023
página 15654/4
2. Valoración del proyecto: Hasta 70 puntos.
a) Impacto de la implantación del proyecto en la mejora de la situación socioeconómica
del colectivo al que va dirigido estas ayudas. Hasta 15 puntos.
b) Calidad técnica del programa subvencionable. Hasta 30 puntos.
c) Que el colectivo al que va dirigido el Proyecto sea señalado como línea preferente
en la convocatoria de la subvención. 15 puntos.
d) Ámbito territorial del Proyecto. Hasta 5 puntos.
e) Indicadores de calidad y transparencia. Hasta 5 puntos.
Octavo. Sorteo en caso de empate.
1. El procedimiento de desempate para el caso de que dos o más entidades obtengan
idéntica puntuación una vez aplicados los criterios de valoración recogidos en el apartado
12.a) del Cuadro Resumen se detalla a continuación:
a) Se comparará cada criterio de valoración en orden decreciente, de manera que
aquel criterio en que una de las entidades haya obtenido más puntuación que la/s otra/s
será determinante para resolver el empate.
b) Con carácter residual, se atenderá a lo dispuesto en la Resolución de 25 de enero
de 2023 (BOJA núm. 19, de 30.1.2023), de la Dirección General de Recursos Humanos
y Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo que determina el
orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen a partir
de la publicación en el BOJA de la presente resolución y que se celebren durante el año.
2. Mediante resolución de la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la
Mujer se hará público en la web del Instituto Andaluz de la Mujer
(http://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/index.php/inicio) el resultado del
sorteo que dirimirá el empate entre entidades.
Décimo. Plazo de ejecución y justificación.
1. Conforme a lo establecido en el apartado 5.e) del referido Cuadro Resumen, el plazo
dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables, que comprenderá el
periodo de ejecución del programa, deberá ser fijado entre el 1 de enero de 2023 y 31 de
diciembre de 2024.
Si durante el transcurso de la Instrucción del procedimiento cambiasen las
condiciones y/o circunstancias descritas en la solicitud, la entidad deberá comunicarlo de
forma inmediata a su aparición, para que en caso de ser autorizada, dicha modificación
quedase reflejada en la resolución de concesión, sin que sea necesario esperar a la
fecha en la que se publique la resolución de concesión.
2. Conforme a lo establecido en el apartado 26.b) del Cuadro Resumen, el plazo
máximo para presentar la justificación será de 3 meses a contar desde la finalización total
del periodo de ejecución establecido en la resolución de concesión, es decir, el plazo
máximo para la presentación de la justificación será el 31 de marzo de 2025.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290627
Noveno. Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.
1. Los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento son los
establecidos en el apartado 13 del referido cuadro resumen. En este sentido, el órgano
competente para instruir el procedimiento será la persona titular del Servicio de Atención
Integral a Mujeres Víctimas de Violencia de Género y el órgano competente para resolver
será la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer.
2. El plazo máximo para resolver y publicar la Resolución del procedimiento, que pone
fin a la vía administrativa, será de seis meses a partir del día siguiente al de finalización
del plazo para la presentación de las solicitudes, conforme a lo dispuesto en el apartado
16 del referido Cuadro Resumen.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Viernes, 13 de octubre de 2023
página 15654/4
2. Valoración del proyecto: Hasta 70 puntos.
a) Impacto de la implantación del proyecto en la mejora de la situación socioeconómica
del colectivo al que va dirigido estas ayudas. Hasta 15 puntos.
b) Calidad técnica del programa subvencionable. Hasta 30 puntos.
c) Que el colectivo al que va dirigido el Proyecto sea señalado como línea preferente
en la convocatoria de la subvención. 15 puntos.
d) Ámbito territorial del Proyecto. Hasta 5 puntos.
e) Indicadores de calidad y transparencia. Hasta 5 puntos.
Octavo. Sorteo en caso de empate.
1. El procedimiento de desempate para el caso de que dos o más entidades obtengan
idéntica puntuación una vez aplicados los criterios de valoración recogidos en el apartado
12.a) del Cuadro Resumen se detalla a continuación:
a) Se comparará cada criterio de valoración en orden decreciente, de manera que
aquel criterio en que una de las entidades haya obtenido más puntuación que la/s otra/s
será determinante para resolver el empate.
b) Con carácter residual, se atenderá a lo dispuesto en la Resolución de 25 de enero
de 2023 (BOJA núm. 19, de 30.1.2023), de la Dirección General de Recursos Humanos
y Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo que determina el
orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen a partir
de la publicación en el BOJA de la presente resolución y que se celebren durante el año.
2. Mediante resolución de la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la
Mujer se hará público en la web del Instituto Andaluz de la Mujer
(http://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/index.php/inicio) el resultado del
sorteo que dirimirá el empate entre entidades.
Décimo. Plazo de ejecución y justificación.
1. Conforme a lo establecido en el apartado 5.e) del referido Cuadro Resumen, el plazo
dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables, que comprenderá el
periodo de ejecución del programa, deberá ser fijado entre el 1 de enero de 2023 y 31 de
diciembre de 2024.
Si durante el transcurso de la Instrucción del procedimiento cambiasen las
condiciones y/o circunstancias descritas en la solicitud, la entidad deberá comunicarlo de
forma inmediata a su aparición, para que en caso de ser autorizada, dicha modificación
quedase reflejada en la resolución de concesión, sin que sea necesario esperar a la
fecha en la que se publique la resolución de concesión.
2. Conforme a lo establecido en el apartado 26.b) del Cuadro Resumen, el plazo
máximo para presentar la justificación será de 3 meses a contar desde la finalización total
del periodo de ejecución establecido en la resolución de concesión, es decir, el plazo
máximo para la presentación de la justificación será el 31 de marzo de 2025.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290627
Noveno. Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.
1. Los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento son los
establecidos en el apartado 13 del referido cuadro resumen. En este sentido, el órgano
competente para instruir el procedimiento será la persona titular del Servicio de Atención
Integral a Mujeres Víctimas de Violencia de Género y el órgano competente para resolver
será la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer.
2. El plazo máximo para resolver y publicar la Resolución del procedimiento, que pone
fin a la vía administrativa, será de seis meses a partir del día siguiente al de finalización
del plazo para la presentación de las solicitudes, conforme a lo dispuesto en el apartado
16 del referido Cuadro Resumen.