3. Otras disposiciones. . (2023/197-46)
Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Viceconsejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se delegan competencias en la persona titular de la Secretaría General Técnica y en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Viernes, 13 de octubre de 2023
página 15666/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Viceconsejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública, por la que se delegan competencias en
la persona titular de la Secretaría General Técnica y en las personas titulares de
las Delegaciones Territoriales.
Con el fin de conseguir una mayor celeridad y simplificación en la tramitación y resolución
de los procedimientos, resulta aconsejable delegar en la persona titular de la Secretaría
General Técnica y en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales determinadas
competencias que tiene atribuidas la Viceconsejería de Justicia, Administración Local y
Función Pública.
Por ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 27 y 101 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
RESU ELVO
Segundo. Constancia de la delegación y fin de la vía administrativa.
1. Los actos y resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación harán constar
expresamente esta circunstancia, haciendo remisión al apartado concreto de la presente
resolución por la que se ejerce la competencia delegada, la fecha de aprobación de la
misma y su fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y se
considerarán dictados por el órgano delegante.
2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 112.c) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía, ponen fin a la vía administrativa, en los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290653
Primero. Delegación de competencias en materia de personal.
Delegar en la persona titular de la Secretaría General Técnica, respecto del personal
de los órganos directivos centrales, y en las personas titulares de las Delegaciones
Territoriales, respecto del personal funcionario y laboral adscrito al servicio de apoyo de
la Administración de Justicia, las siguientes competencias:
a) Diferir el cese por necesidades del servicio y motivadamente hasta veinte días
hábiles, en los supuestos de concursos para provisión de puestos de trabajo de la
Administración de la Junta de Andalucía adscritos a personal funcionario.
b) Resolver, previo informe de la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública, la reducción de jornada por cesación progresiva de actividad, recuperación de
enfermedad o por interés particular.
c) Proponer a la Secretaría General para la Administración Pública la autorización
para el establecimiento del régimen de trabajo a turnos, sin perjuicio de su reflejo en la
relación de puestos de trabajo, incluidos los aspectos retributivos.
d) Conceder una prórroga de incorporación tras la toma de posesión, hasta un
máximo de un mes, si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita la persona
interesada por razones justificadas, en los supuestos de concursos para provisión de
puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía adscritos a personal
funcionario.
e) La adscripción provisional de los funcionarios que cesan en un puesto de trabajo
sin obtener destino por cualquiera de los procedimientos establecidos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Viernes, 13 de octubre de 2023
página 15666/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Viceconsejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública, por la que se delegan competencias en
la persona titular de la Secretaría General Técnica y en las personas titulares de
las Delegaciones Territoriales.
Con el fin de conseguir una mayor celeridad y simplificación en la tramitación y resolución
de los procedimientos, resulta aconsejable delegar en la persona titular de la Secretaría
General Técnica y en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales determinadas
competencias que tiene atribuidas la Viceconsejería de Justicia, Administración Local y
Función Pública.
Por ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 27 y 101 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
RESU ELVO
Segundo. Constancia de la delegación y fin de la vía administrativa.
1. Los actos y resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación harán constar
expresamente esta circunstancia, haciendo remisión al apartado concreto de la presente
resolución por la que se ejerce la competencia delegada, la fecha de aprobación de la
misma y su fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y se
considerarán dictados por el órgano delegante.
2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 112.c) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía, ponen fin a la vía administrativa, en los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290653
Primero. Delegación de competencias en materia de personal.
Delegar en la persona titular de la Secretaría General Técnica, respecto del personal
de los órganos directivos centrales, y en las personas titulares de las Delegaciones
Territoriales, respecto del personal funcionario y laboral adscrito al servicio de apoyo de
la Administración de Justicia, las siguientes competencias:
a) Diferir el cese por necesidades del servicio y motivadamente hasta veinte días
hábiles, en los supuestos de concursos para provisión de puestos de trabajo de la
Administración de la Junta de Andalucía adscritos a personal funcionario.
b) Resolver, previo informe de la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública, la reducción de jornada por cesación progresiva de actividad, recuperación de
enfermedad o por interés particular.
c) Proponer a la Secretaría General para la Administración Pública la autorización
para el establecimiento del régimen de trabajo a turnos, sin perjuicio de su reflejo en la
relación de puestos de trabajo, incluidos los aspectos retributivos.
d) Conceder una prórroga de incorporación tras la toma de posesión, hasta un
máximo de un mes, si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita la persona
interesada por razones justificadas, en los supuestos de concursos para provisión de
puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía adscritos a personal
funcionario.
e) La adscripción provisional de los funcionarios que cesan en un puesto de trabajo
sin obtener destino por cualquiera de los procedimientos establecidos.