Disposiciones generales. . (2023/196-4)
Resolución de 6 de octubre de 2023, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se dictan instrucciones para la aplicación del incremento retributivo vinculado a la evolución del Índice de Precios al Consumo Armonizado (IPCA) aprobado para el ejercicio 2023 en aplicación de la disposición adicional tercera de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 196 - Miércoles, 11 de octubre de 2023
página 15579/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 6 de octubre de 2023, de la Secretaría General para la
Administración Pública, por la que se dictan instrucciones para la aplicación
del incremento retributivo vinculado a la evolución del Índice de Precios al
Consumo Armonizado (IPCA) aprobado para el ejercicio 2023 en aplicación
de la disposición adicional tercera de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del
Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.
«Dos. 1. En el año 2023, las retribuciones del personal al servicio del sector público
no podrán experimentar un incremento global superior al 2,5 por ciento respecto a las
vigentes a 31 de diciembre de 2022, en términos de homogeneidad para los dos períodos
de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad
del mismo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290574
La disposición adicional tercera de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de
la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023, dispone que: «Los incrementos
de las retribuciones del personal del sector público que se establezcan, en su caso,
por la Administración General del Estado se aplicarán, en su porcentaje máximo, a las
retribuciones contenidas en la presente ley.»
El 19 de octubre de 2022, el Gobierno de España, a través de su Ministra de Hacienda
y Función Pública, y las organizaciones sindicales CC.OO. y UGT, suscribieron el Acuerdo
Marco para una Administración del Siglo XXI, que se presentó en la Mesa General de
Negociación de las Administraciones Públicas, que se celebró el 7 de noviembre de 2022,
en el que se acordó la aprobación de un incremento en las retribuciones del personal
al servicio de las Administraciones Públicas y de su sector público institucional con un
horizonte temporal a tres años.
Dicho incremento se articularía a través de una parte fija y una parte variable ligada,
a lo largo de los tres ejercicios de referencia 2022, 2023 y 2024, al crecimiento de la
economía española tomando como variables de referencia el incremento del IPCA (dato
del IPC armonizado publicado por el INE) y del PIB (Producto Interior Bruto) nominal
publicado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública en base a los datos de
contabilidad nacional trimestral proporcionados por el INE.
Para el año 2023 estaba previsto un incremento salarial fijo del 2,5 por ciento, sobre
la base de las retribuciones ya incrementadas en el ejercicio anterior.
Adicionalmente se indicaba en el Acuerdo que en el año 2023, si la suma de la
variación del IPCA del año 2022 y del IPCA adelantado del mes de septiembre de 2023
superara el incremento retributivo fijo acumulado de 2022 y 2023 establecido en los
párrafos anteriores, se aplicará un incremento retributivo adicional máximo del 0,5 por
ciento. Este posible incremento adicional del año 2023, de carácter consolidable, tendrá
efectos de 1 de enero de 2023 y se abonará en el mes de octubre de 2023.
Además, en 2023, si el incremento del PIB nominal fuera igual o superior al que
aparece estimado en el cuadro macroeconómico que acompaña a los Presupuestos
Generales del Estado, se aplicará una subida complementaria de un 0,5 por ciento.
Este posible incremento complementario del año 2023, de carácter consolidable, tendría
efectos de 1 de enero de 2023.
Para el presente ejercicio, en el Boletín Oficial del Estado número 308, de 24 de
diciembre de 2022, se ha publicado la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2023, cuyo artículo 19. Dos establece lo siguiente:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 196 - Miércoles, 11 de octubre de 2023
página 15579/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 6 de octubre de 2023, de la Secretaría General para la
Administración Pública, por la que se dictan instrucciones para la aplicación
del incremento retributivo vinculado a la evolución del Índice de Precios al
Consumo Armonizado (IPCA) aprobado para el ejercicio 2023 en aplicación
de la disposición adicional tercera de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del
Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.
«Dos. 1. En el año 2023, las retribuciones del personal al servicio del sector público
no podrán experimentar un incremento global superior al 2,5 por ciento respecto a las
vigentes a 31 de diciembre de 2022, en términos de homogeneidad para los dos períodos
de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad
del mismo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290574
La disposición adicional tercera de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de
la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023, dispone que: «Los incrementos
de las retribuciones del personal del sector público que se establezcan, en su caso,
por la Administración General del Estado se aplicarán, en su porcentaje máximo, a las
retribuciones contenidas en la presente ley.»
El 19 de octubre de 2022, el Gobierno de España, a través de su Ministra de Hacienda
y Función Pública, y las organizaciones sindicales CC.OO. y UGT, suscribieron el Acuerdo
Marco para una Administración del Siglo XXI, que se presentó en la Mesa General de
Negociación de las Administraciones Públicas, que se celebró el 7 de noviembre de 2022,
en el que se acordó la aprobación de un incremento en las retribuciones del personal
al servicio de las Administraciones Públicas y de su sector público institucional con un
horizonte temporal a tres años.
Dicho incremento se articularía a través de una parte fija y una parte variable ligada,
a lo largo de los tres ejercicios de referencia 2022, 2023 y 2024, al crecimiento de la
economía española tomando como variables de referencia el incremento del IPCA (dato
del IPC armonizado publicado por el INE) y del PIB (Producto Interior Bruto) nominal
publicado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública en base a los datos de
contabilidad nacional trimestral proporcionados por el INE.
Para el año 2023 estaba previsto un incremento salarial fijo del 2,5 por ciento, sobre
la base de las retribuciones ya incrementadas en el ejercicio anterior.
Adicionalmente se indicaba en el Acuerdo que en el año 2023, si la suma de la
variación del IPCA del año 2022 y del IPCA adelantado del mes de septiembre de 2023
superara el incremento retributivo fijo acumulado de 2022 y 2023 establecido en los
párrafos anteriores, se aplicará un incremento retributivo adicional máximo del 0,5 por
ciento. Este posible incremento adicional del año 2023, de carácter consolidable, tendrá
efectos de 1 de enero de 2023 y se abonará en el mes de octubre de 2023.
Además, en 2023, si el incremento del PIB nominal fuera igual o superior al que
aparece estimado en el cuadro macroeconómico que acompaña a los Presupuestos
Generales del Estado, se aplicará una subida complementaria de un 0,5 por ciento.
Este posible incremento complementario del año 2023, de carácter consolidable, tendría
efectos de 1 de enero de 2023.
Para el presente ejercicio, en el Boletín Oficial del Estado número 308, de 24 de
diciembre de 2022, se ha publicado la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2023, cuyo artículo 19. Dos establece lo siguiente: