3. Otras disposiciones. . (2023/195-49)
Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, la Diputación Provincial de Almería y los Ayuntamientos de Alboloduy, Alhabia, Alhama de Almería, Alicún, Alsodux, Bentarique, Huécija, Íllar, Instinción, Rágol, Santa Cruz de Marchena y Terque (provincia de Almería) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Número 195 - Martes, 10 de octubre de 2023

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derechos afectados por ellas (excluidas las indemnizaciones que legalmente procedan
por retrasos que no sean imputables a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía).
Dicho abono se hará con cargo al canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de
interés de la Comunidad Autónoma.
- La tramitación de los procedimientos de prevención y evaluación ambiental y demás
procedimientos que le correspondan de acuerdo con la normativa ambiental, incluida
la autorización de vertido, así como, en su caso, las modificaciones que procedan,
previamente a la aprobación del proyecto definitivo de construcción.
- La aprobación de los anteproyectos/proyectos de obra acompañada de la
relación de bienes y derechos afectos y de la valoración de los mismos a efectos de
los correspondientes procedimientos expropiatorios y resto de documentación técnica
necesaria para su ejecución.
- La tramitación del procedimiento expropiatorio a favor de los Ayuntamientos, cada
uno de los terrenos de su término municipal, en su condición de beneficiarios de las
obras.
- La asunción de los costes derivados de las expropiaciones.
- La licitación y adjudicación de las obras, sometiéndose la contratación a lo dispuesto
en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. La licitación y
adjudicación se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y, en su caso, en
el Diario Oficial de la Unión Europea.
- El envío a los Ayuntamientos y a la Diputación Provincial de Almería de la información
correspondiente a la licitación, adjudicación, actas de replanteo, comienzo y finalización
de las obras, así como la comunicación, en un plazo no inferior a 15 días, de la fecha en
que tendrán lugar el acto de inicio y el acto de recepción de las obras, para asegurar su
asistencia.
- La entrega a la Diputación Provincial de Almería de las instalaciones, una vez
finalizadas, según lo estipulado en la cláusula quinta.
- La presentación a la Comisión de Seguimiento con periodicidad anual de un informe
sobre el seguimiento de la ejecución de las infraestructuras, con los hitos de desarrollo
de las mismas.
2.2. Corresponde a los Ayuntamientos:
- Facilitar y vehicular la puesta a disposición, previo al inicio de las obras, para la
ejecución de las obras de la ocupación de aquellos terrenos de titularidad municipal
afectados por las obras en cada término municipal, así como de aquellos otros terrenos y
bienes en que los respectivos Ayuntamientos consigan la titularidad de manera acordada
sin necesidad de expropiación, libres de derechos, servidumbres y cargas de cualquier
naturaleza que impidan el cumplimiento del objeto del presente Convenio.
En todo caso, la puesta a disposición será libre de derechos, servidumbres y cargas
para la Consejería y a este respecto los Ayuntamientos aportarán a la Consejería
certificación de sus Secretarios sobre la libre disposición de los mismos, así como una
memoria en la que conste la depuración física y jurídica del bien o de los bienes.
- Facilitar, gestionar y abonar todos aquellos permisos, licencias y autorizaciones
necesarios por la naturaleza de las obras y para el funcionamiento de las mismas.
- Con 3 meses de antelación a la fecha prevista de finalización de las obras, los
Ayuntamientos se comprometen a tener adoptado y puesto en marcha un sistema común
de gestión para su posterior explotación, mantenimiento y conservación a través de la
Diputación Provincial, que realizará la gestión conjunta de las infraestructuras para los
Ayuntamientos, según lo establecido en el artículo 14 de la Ley 9/2010, de 30 de julio,
de Aguas de Andalucía y conforme al Anexo I del Decreto 310/2003 de 4 de noviembre
por el que se delimitan las aglomeraciones urbanas para el tratamiento de las aguas
residuales de Andalucía y se establece el ámbito territorial de gestión de los servicios del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00290495

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía