3. Otras disposiciones. . (2023/191-21)
Resolución de 8 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se aprueba el procedimiento administrativo de deslinde de la vía pecuaria denominada Colada de Vera, en toda su recorrido, excepto el tramo que discurre por el suelo urbano, en el término municipal de Carboneras, provincia de Almería.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 191 - Miércoles, 4 de octubre de 2023
página 15167/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE
Y ECONOMÍA AZUL
Resolución de 8 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Política
Forestal y Biodiversidad, por la que se aprueba el procedimiento administrativo
de deslinde de la vía pecuaria denominada Colada de Vera, en toda su recorrido,
excepto el tramo que discurre por el suelo urbano, en el término municipal de
Carboneras, provincia de Almería.
Expte.: VP@00203/2022.
Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria denominada «Colada
de Vera», en toda su recorrido, excepto el tramo que discurre por el suelo urbano, en
el término municipal de Carboneras y vista la propuesta de resolución elevada por la
Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería, se
desprenden los siguientes
HECHOS
Primero. La vía pecuaria «Colada de Vera» en el término municipal de Carboneras
fue clasificada por Orden Ministerial de 3 de febrero de 1969, publicada en el BOE de 24
de febrero de 1969, con anchura legal de 8 metros.
Segundo. Por Acuerdo de la extinta Viceconsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible, de fecha 13 de mayo de 2022, se inicia del procedimiento de
deslinde de la vía pecuaria denominada «Colada de Vera», en el término municipal de
Carboneras, provincia de Almería.
Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previamente anunciados mediante
anuncios y comunicaciones reglamentarias y publicado en el Boletín Oficial de la
Provincia de Almería (núm. 114) de fecha 15 de junio de 2022, tuvieron lugar el día 7 de
septiembre de 2022.
Cuarto. Redactada la proposición de deslinde, se somete a exposición pública,
previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería (núm. 235) de
fecha 9 de diciembre de 2022 y notificada a las partes interesadas.
Quinto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el Informe preceptivo
el 14 de julio de 2023, en el que se constata que el procedimiento administrativo se ha
instruido de conformidad con el legalmente establecido y que el deslinde se basa en el
acto de clasificación.
A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes
Primero. Compete a la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad la
resolución del procedimiento de deslinde, en virtud de lo preceptuado en el Decreto
162/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, y en el artículo 21.1 del Decreto
155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290159
FUNDAMENTOS DE DERECHO
BOJA
Número 191 - Miércoles, 4 de octubre de 2023
página 15167/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE
Y ECONOMÍA AZUL
Resolución de 8 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Política
Forestal y Biodiversidad, por la que se aprueba el procedimiento administrativo
de deslinde de la vía pecuaria denominada Colada de Vera, en toda su recorrido,
excepto el tramo que discurre por el suelo urbano, en el término municipal de
Carboneras, provincia de Almería.
Expte.: VP@00203/2022.
Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria denominada «Colada
de Vera», en toda su recorrido, excepto el tramo que discurre por el suelo urbano, en
el término municipal de Carboneras y vista la propuesta de resolución elevada por la
Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería, se
desprenden los siguientes
HECHOS
Primero. La vía pecuaria «Colada de Vera» en el término municipal de Carboneras
fue clasificada por Orden Ministerial de 3 de febrero de 1969, publicada en el BOE de 24
de febrero de 1969, con anchura legal de 8 metros.
Segundo. Por Acuerdo de la extinta Viceconsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible, de fecha 13 de mayo de 2022, se inicia del procedimiento de
deslinde de la vía pecuaria denominada «Colada de Vera», en el término municipal de
Carboneras, provincia de Almería.
Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previamente anunciados mediante
anuncios y comunicaciones reglamentarias y publicado en el Boletín Oficial de la
Provincia de Almería (núm. 114) de fecha 15 de junio de 2022, tuvieron lugar el día 7 de
septiembre de 2022.
Cuarto. Redactada la proposición de deslinde, se somete a exposición pública,
previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería (núm. 235) de
fecha 9 de diciembre de 2022 y notificada a las partes interesadas.
Quinto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el Informe preceptivo
el 14 de julio de 2023, en el que se constata que el procedimiento administrativo se ha
instruido de conformidad con el legalmente establecido y que el deslinde se basa en el
acto de clasificación.
A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes
Primero. Compete a la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad la
resolución del procedimiento de deslinde, en virtud de lo preceptuado en el Decreto
162/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, y en el artículo 21.1 del Decreto
155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290159
FUNDAMENTOS DE DERECHO