5. Anuncios. . (2023/191-35)
Anuncio de 29 de septiembre de 2023, de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Málaga, por el que se da publicidad a la «Resolución de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Málaga, sobre recogida de setas en los terrenos forestales de la provincia».
<< 2 << Página 2
Página 3 Pág. 3
-
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 191 - Miércoles, 4 de octubre de 2023

página 15175/3

Protegidos y cuando expresamente se advierta de lo contrario en el Plan Anual de
Aprovechamientos.
7. La Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul
podrá restringir temporalmente el libre acceso a los montes públicos de titularidad de la
Comunidad Autónoma para la recolección de hongos o cualquier otra actividad siempre
que así lo acuerde mediante resolución motivada por razones de seguridad relacionados
con condiciones climáticas adversas, la prevención o extinción de incendios forestales,
la realización de obras y trabajos de mantenimiento, aprovechamiento y gestión de los
montes o la práctica de actividades cinegéticas.
8. En los terrenos particulares, el acceso a la finca para la recogida de hongos
precisará de la autorización de sus propietarios.
9. A los montes públicos y privados con aprovechamientos de setas y/o trufas
concedidos no les será de aplicación esta resolución, rigiéndose por su normativa
específica.
10. A los aprovechamientos dentro de los Espacios Protegidos les será además
de aplicación los dispuesto en su normativa específica, siendo preceptivo contar con
autorización previa para las Áreas de Reserva de los mismos.
11. No está permitida la circulación de vehículos a motor campo a través, por
cortafuegos, vías forestales de extracción de madera, vías pecuarias, cauces secos o
inundados, así como perturbar a la fauna con ruidos o aproximaciones, ni abandonar
residuos en el monte.

00290165

El incumplimiento de este condicionado constituirá una infracción administrativa que
dará lugar a la apertura del correspondiente expediente sancionador y al decomiso de las
setas recolectadas.
Esta autorización se emite solo a efectos ambientales y no exime de obtener otros
permisos o licencias que sean necesarios por razón de propiedad o de la aplicación de
otras normativas sectoriales.
Al aprovechamiento en los montes públicos pertenecientes a otras Administraciones
Públicas no gestionados por la Junta de Andalucía le será además de aplicación lo
dispuesto en su normativa, que puede implicar la necesidad de autorización específica.
Su vigencia finaliza el 31 de mayo de 2024.
El Delegado Territorial.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja