3. Otras disposiciones. . (2023/188-54)
Resolución de 26 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se da publicidad al Acuerdo conjunto de la Mesa Sectorial de Negociación de Administración General y de la Comisión del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, sobre derechos de participación y representación en materia de prevención de riesgos laborales en la Administración General de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Viernes, 29 de septiembre de 2023

página 14995/3

materia de prevención de riesgos laborales en la Administración de la Junta de Andalucía, de 31 de marzo de
2023, ratificado por Acuerdo de 9 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno.
Tal como se dispone en el artículo 38.8 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, los Pactos y Acuerdos que, de conformidad
con lo establecido en el artículo 37 de esta norma, contengan materias y condiciones generales de trabajo
comunes al personal funcionario y laboral, tendrán la consideración y efectos previstos en el precitado artículo
38 para el personal funcionario y en el artículo 83 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre para el personal laboral.
Tercero. Vigencia.
La entrada en vigor se producirá al día siguiente de la publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía»
de la resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública por la que se ratifique este
acuerdo y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2028, prorrogándose de forma automática por períodos
anuales si no se denuncia por cualquiera de las partes, con una antelación mínima de dos meses a la finalización
del período de vigencia que corresponda. Si denunciado y expirado el presente acuerdo las partes no hubiesen
llegado a un consenso para la firma de otro que lo sustituya, este se entenderá prorrogado hasta la entrada en
vigor del nuevo acuerdo. Todo ello sin perjuicio de la necesidad de su eventual actualización, en función de los
acuerdos que se pudieran alcanzar en el seno de la Mesa General de negociación común del personal funcionario,
estatutario y laboral de la Administración de la Junta de Andalucía.
Cuarto. Ámbito personal.
Este acuerdo es de aplicación al personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía, así
como al personal incluido en el ámbito del Convenio Colectivo vigente para el personal laboral de la
Administración de la Junta de Andalucía.
Quinto. Estructura de los órganos de participación y representación en materia de prevención de riesgos
laborales.
La participación del personal en las cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos laborales en la
Administración General de la Junta de Andalucía se canalizará a través de sus representantes legales y de la
representación especializada que se regula en el Acuerdo Marco y en el presente acuerdo, sin perjuicio de los
derechos y deberes de los comités de seguridad y salud y de los delegados y las delegadas de prevención.
Las instancias de participación y representación en materia de prevención de riesgos laborales en la
Administración General de la Junta de Andalucía son:

2

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00289985

1. El Comité Sectorial de Seguridad y Salud.
2. Los comités de seguridad y salud.
3. Los delegados y las delegadas de prevención.