Disposiciones generales. . (2023/188-1)
Decreto 240/2023, de 26 de septiembre, por el que se crea y regula la Comisión Interdepartamental de coordinación de las estrategias de transformación de la Administración de la Junta de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Viernes, 29 de septiembre de 2023
página 15005/3
normativa se ejerza de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico para
generar un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre,
que facilite su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, la actuación y toma
de decisiones. Por ello, la creación de esta Comisión se encuentra alineada con la
aprobación de la formulación de las distintas estrategias de transformación e innovación
de la Administración andaluza. Asimismo, en cumplimiento del principio de transparencia,
se han definido claramente los objetivos de esta iniciativa normativa y se ha dado
cumplimiento a lo previsto en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de
Andalucía. En cuanto a la eficiencia, la aprobación del decreto no supone gasto alguno,
puesto que el funcionamiento de la Comisión se llevará a cabo con medios materiales
y personales propios, cumpliéndose de esta forma todos los principios de la buena
regulación. Por último, se ha tenido en consideración el principio de transversalidad de
género, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de
noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
En su virtud, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 27.8 de la
Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y
los artículos 31.4 y 89.2 de la Ley 9/2007, de 22 octubre, de la Administración de la Junta
de Andalucía, a propuesta conjunta del Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo
Social y Simplificación Administrativa, y del Consejero de Justicia, Administración Local y
Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 26
de septiembre de 2023,
DISPONGO
Artículo 1. Creación, naturaleza y adscripción.
Se crea la Comisión Interdepartamental de coordinación de las estrategias de
transformación de la Administración de la Junta de Andalucía (en adelante, «la Comisión»),
como órgano colegiado de los previstos en el artículo 31 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía, adscrita a la Consejería competente en
materia de administración pública, la cual le prestará el apoyo administrativo y de gestión
para su funcionamiento con los medios y recursos que ya tiene disponibles.
Artículo 3. Funciones.
Corresponden a la Comisión, como órgano de coordinación y de impulso de la
Administración de la Junta de Andalucía, las funciones previstas en el artículo 31.2 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, y en particular las siguientes:
a) Impulsar la adaptación de la Administración central y territorial a las demandas
de la sociedad, promoviendo la racionalización, transparencia, eficacia y eficiencia en
la gestión, integrando la perspectiva de género, y anticipándose a las necesidades de la
ciudadanía de forma proactiva, ágil y cercana.
b) Impulsar los objetivos para la mejora de la atención a la ciudadanía y contribuir
activamente al éxito de las políticas públicas contenidas en la Estrategia de Desarrollo
Sostenible 2030, mejorando la eficacia, eficiencia y efectividad en el funcionamiento de los
servicios públicos, eliminando las áreas de congestión en la tramitación de los procesos
y procedimientos administrativos, modernizando la accesibilidad de los servicios públicos
digitales y haciendo más eficiente la gobernanza del proceso de digitalización.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00289994
Artículo 2. Finalidad.
Constituye la finalidad de la Comisión la promoción, coordinación y seguimiento de
las medidas que se adopten para la transformación de la Administración de la Junta de
Andalucía con una visión transversal e interdepartamental.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Viernes, 29 de septiembre de 2023
página 15005/3
normativa se ejerza de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico para
generar un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre,
que facilite su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, la actuación y toma
de decisiones. Por ello, la creación de esta Comisión se encuentra alineada con la
aprobación de la formulación de las distintas estrategias de transformación e innovación
de la Administración andaluza. Asimismo, en cumplimiento del principio de transparencia,
se han definido claramente los objetivos de esta iniciativa normativa y se ha dado
cumplimiento a lo previsto en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de
Andalucía. En cuanto a la eficiencia, la aprobación del decreto no supone gasto alguno,
puesto que el funcionamiento de la Comisión se llevará a cabo con medios materiales
y personales propios, cumpliéndose de esta forma todos los principios de la buena
regulación. Por último, se ha tenido en consideración el principio de transversalidad de
género, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de
noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
En su virtud, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 27.8 de la
Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y
los artículos 31.4 y 89.2 de la Ley 9/2007, de 22 octubre, de la Administración de la Junta
de Andalucía, a propuesta conjunta del Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo
Social y Simplificación Administrativa, y del Consejero de Justicia, Administración Local y
Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 26
de septiembre de 2023,
DISPONGO
Artículo 1. Creación, naturaleza y adscripción.
Se crea la Comisión Interdepartamental de coordinación de las estrategias de
transformación de la Administración de la Junta de Andalucía (en adelante, «la Comisión»),
como órgano colegiado de los previstos en el artículo 31 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía, adscrita a la Consejería competente en
materia de administración pública, la cual le prestará el apoyo administrativo y de gestión
para su funcionamiento con los medios y recursos que ya tiene disponibles.
Artículo 3. Funciones.
Corresponden a la Comisión, como órgano de coordinación y de impulso de la
Administración de la Junta de Andalucía, las funciones previstas en el artículo 31.2 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, y en particular las siguientes:
a) Impulsar la adaptación de la Administración central y territorial a las demandas
de la sociedad, promoviendo la racionalización, transparencia, eficacia y eficiencia en
la gestión, integrando la perspectiva de género, y anticipándose a las necesidades de la
ciudadanía de forma proactiva, ágil y cercana.
b) Impulsar los objetivos para la mejora de la atención a la ciudadanía y contribuir
activamente al éxito de las políticas públicas contenidas en la Estrategia de Desarrollo
Sostenible 2030, mejorando la eficacia, eficiencia y efectividad en el funcionamiento de los
servicios públicos, eliminando las áreas de congestión en la tramitación de los procesos
y procedimientos administrativos, modernizando la accesibilidad de los servicios públicos
digitales y haciendo más eficiente la gobernanza del proceso de digitalización.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00289994
Artículo 2. Finalidad.
Constituye la finalidad de la Comisión la promoción, coordinación y seguimiento de
las medidas que se adopten para la transformación de la Administración de la Junta de
Andalucía con una visión transversal e interdepartamental.