Disposiciones generales. . (2023/183-5)
Decreto 232/2023, de 19 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Andaluz de Caza 2023-2033.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Viernes, 22 de septiembre de 2023

página 14652/3

Se ha establecido, además, el plazo y la valoración de los objetivos y medidas del
Plan a través de unos indicadores de seguimiento de evolución y ejecución que permitan
integrar el mundo de la caza en la sociedad actual, y además se tengan en cuenta las
interrelaciones institucionales, debido a la dependencia del mundo de la caza entre
diferentes sectores y diferentes Administraciones.
En la elaboración de este decreto se ha cumplido con el principio de transparencia
y participación de la ciudadanía, puesto que con carácter previo a su elaboración se
sustanció una consulta pública previa a través del Portal de Transparencia de la Junta
de Andalucía. Asimismo, el decreto ha sido sometido a información pública y al trámite
de audiencia respecto de la ciudadanía afectada en sus derechos e intereses legítimos,
a través de las asociaciones y entidades que los agrupan y representan y cuyos fines
guardan relación directa con el objeto de la disposición.
En cuanto al cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera, este decreto no supone incremento de los gastos ni de los
ingresos públicos presentes o futuros. También se ha tenido en cuenta el principio de
transversalidad en la igualdad de género, así como la utilización de un lenguaje inclusivo
y no sexista, conforme a lo establecido en los artículos 4, 5 y 9 de la Ley 12/2007, de 26
de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.
En la tramitación del Plan Andaluz de Caza se han observado las previsiones
normativas contempladas en el artículo 10.3 del Reglamento de Ordenación de la
Caza en Andalucía, habiendo sido informado por el Consejo Andaluz de Biodiversidad,
correspondiendo su aprobación al Consejo de Gobierno.
De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de
agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías y en el Decreto 162/2022, de 9 de agosto, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente
y Economía Azul, corresponde a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y
Economía Azul el ejercicio, entre otras, de las competencias sobre caza que ostenta la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Consejería de Sostenibilidad,
Medio Ambiente y Economía Azul, de conformidad con los artículos 21.3 y 27.12 de la
Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y
previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 19 de septiembre de
2023,
DISPONGO

Segundo. Vigencia y actualización.
De conformidad con lo previsto en el artículo 10.4 del Reglamento de Ordenación
de la Caza en Andalucía, el Plan Andaluz de Caza tendrá una vigencia de diez años,
debiendo ser actualizado al menos cada cinco años.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00289647

Primero. Aprobación.
Se aprueba el Plan Andaluz de Caza 2023-2033 como instrumento de diagnóstico y
gestión de la actividad de la caza en la Comunidad Autónoma de Andalucía establecido
en el artículo 36 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres,
con el contenido previsto en el artículo 10 del Reglamento de Ordenación de la Caza en
Andalucía, aprobado por Decreto 126/2017, de 25 de julio.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1/2014, de 24 de junio,
de Transparencia Pública de Andalucía, el texto del Plan, así como su revisión, estarán
disponibles en el sitio web de la Consejería competente en materia de caza:
https://juntadeandalucia.es/organismos/sostenibilidadmedioambienteyeconomiaazul.html