Disposiciones generales. . (2023/168-1)
Orden de 29 de agosto de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se modifica la Orden de 23 de febrero de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a mujeres víctimas de violencia de género.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 168 - Viernes, 1 de septiembre de 2023
página 13808/7
(Página 5 de 11)
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, no estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes lugares y
registros:
En los previstos en el artículo 16 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
10.d) Además de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado, se podrán utilizar los siguientes sistemas de firma electrónica:
10.e) Registro en el que la fecha de entrada de las solicitudes en el mismo, determina el inicio del plazo para dictar la resolución expresa y
notificarla.
Del órgano competente para su tramitación.
11.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículo 12).
11.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria y su extracto se publicarán en:
Convocatoria: Base de Datos Nacional de Subvenciones y Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
El extracto de la convocatoria: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
11.b) Plazo para la presentación de solicitudes:
El plazo de presentación es : durante su acogida en el Servicio Integral de Atención y Acogida a Mujeres
Víctimas de Violencia de Género y menores a su cargo que las acompañen en la Comunidad Autónoma de
Andalucía, y en el plazo de seis meses posteriores de su salida del mismo.
El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria.
12.- Órganos competentes (Artículo 15):
Órgano/s instructor/es: Centros Provinciales del Instituto Andaluz de la Mujer
Además de las funciones de Instrucción le corresponde las siguientes funciones:
Análisis de las solicitudes.
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:
Órgano/s competente/es para resolver:
Persona Titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer.
que actuará/n:
En uso de las competencias atribuidas por el artículo: 115
Por delegación de:
Órgano/s colegiado/s:
No
Si
Denominación:
Funciones:
Análisis de las solicitudes.
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:
de Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Composición:
Presidencia:
Vocalías:
Secretaría:
Las funciones que estas bases reguladoras atribuyen al órgano gestor serán ejercidas por :
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00288814
Otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas de los anteriores:
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 168 - Viernes, 1 de septiembre de 2023
página 13808/7
(Página 5 de 11)
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, no estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes lugares y
registros:
En los previstos en el artículo 16 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
10.d) Además de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado, se podrán utilizar los siguientes sistemas de firma electrónica:
10.e) Registro en el que la fecha de entrada de las solicitudes en el mismo, determina el inicio del plazo para dictar la resolución expresa y
notificarla.
Del órgano competente para su tramitación.
11.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículo 12).
11.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria y su extracto se publicarán en:
Convocatoria: Base de Datos Nacional de Subvenciones y Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
El extracto de la convocatoria: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
11.b) Plazo para la presentación de solicitudes:
El plazo de presentación es : durante su acogida en el Servicio Integral de Atención y Acogida a Mujeres
Víctimas de Violencia de Género y menores a su cargo que las acompañen en la Comunidad Autónoma de
Andalucía, y en el plazo de seis meses posteriores de su salida del mismo.
El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria.
12.- Órganos competentes (Artículo 15):
Órgano/s instructor/es: Centros Provinciales del Instituto Andaluz de la Mujer
Además de las funciones de Instrucción le corresponde las siguientes funciones:
Análisis de las solicitudes.
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:
Órgano/s competente/es para resolver:
Persona Titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer.
que actuará/n:
En uso de las competencias atribuidas por el artículo: 115
Por delegación de:
Órgano/s colegiado/s:
No
Si
Denominación:
Funciones:
Análisis de las solicitudes.
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:
de Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Composición:
Presidencia:
Vocalías:
Secretaría:
Las funciones que estas bases reguladoras atribuyen al órgano gestor serán ejercidas por :
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00288814
Otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas de los anteriores:
https://www.juntadeandalucia.es/eboja