3. Otras disposiciones. . (2023/164-23)
Resolución de 19 de agosto de 2023, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo (provincia de Jaén) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía del municipio de Villanueva del Arzobispo.
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Número 164 - Lunes, 28 de agosto de 2023

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- La tramitación de los procedimientos de prevención y evaluación ambiental y demás
procedimientos que le correspondan de acuerdo con la normativa ambiental, así como,
en su caso, las modificaciones que procedan, previamente a la aprobación del proyecto
definitivo de construcción.
- La aprobación de los anteproyectos/proyectos de obra (acompañada de la
relación de bienes y derechos afectos y de la valoración de los mismos a efectos de
los correspondientes procedimientos expropiatorios) y resto de documentación técnica
necesaria para su ejecución.
- La asunción de los costes derivados de las expropiaciones.
- La tramitación del procedimiento expropiatorio a favor del Ayuntamiento de
Villanueva del Arzobispo en su condición de beneficiario de las obras.
- La licitación y adjudicación de las obras, sometiéndose la contratación a lo dispuesto
en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. La licitación y
adjudicación se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y en su caso, en
el Diario Oficial de la Unión Europea.
- El envío al Ayuntamiento de la información correspondiente a la licitación,
adjudicación, actas de replanteo, comienzo y finalización de las obras, así como la
comunicación, en un plazo no inferior a 15 días, de la fecha en que tendrán lugar el acto
de inicio y el acto de recepción de las obras, para asegurar su asistencia.
- La entrega al Ayuntamiento de las instalaciones una vez finalizadas, según lo
estipulado en la Cláusula de Titularidad de las Infraestructuras.
- La presentación a la Comisión de Seguimiento con la periodicidad acordada en su
seno de un informe sobre el seguimiento de la ejecución de las infraestructuras, con los
hitos de desarrollo de las mismas.
2.2. Corresponde al Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo:
- Todas aquellas obligaciones que según la legislación y normativa sectoriales en
materia de aguas y de expropiación le correspondan en su condición de beneficiario de
las obras.
En concreto, le corresponden las contenidas en el artículo 5 del Decreto de 26 de abril
de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de Expropiación Forzosa, salvo aquellas a
las que se compromete la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de
la Junta de Andalucía.
Entre las anteriores, por la firma del presente y en su condición de beneficiario de la
expropiación, solicita a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de
la Junta de Andalucía la iniciación del expediente expropiatorio a su favor, a los efectos
previstos en el meritado Decreto de 26 de abril de 1957.
- Facilitar y vehicular la puesta a disposición, previo al inicio de las obras, de la
ocupación de aquellos terrenos, bienes y derechos de titularidad municipal afectados por
las obras, así como de aquellos otros terrenos, bienes y derechos en que el Ayuntamiento
consigan la titularidad de manera acordada sin necesidad de expropiación, libres de
derechos, servidumbres y cargas de cualquier naturaleza que impidan el cumplimiento
del objeto del presente convenio.
En todo caso, la puesta a disposición será libre de derechos, servidumbres y cargas
para la Consejería y a este respecto el Ayuntamiento aportará a la Consejería certificación
del Secretario del Ayuntamiento sobre la libre disposición de los mismos, así como una
memoria en la que conste la depuración física y jurídica del bien o de los bienes.
- Facilitar, gestionar y abonar todos aquellos permisos, licencias y autorizaciones
necesarios por la naturaleza de las obras y para el funcionamiento de las mismas.
- Aportar los contratos de suministro necesarios para la realización de las pruebas de
funcionamiento por parte de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
con el tiempo suficiente para que la Consejería no tenga que incurrir en costos adicionales
a los contemplados en este convenio (mantenimiento y vigilancia de las infraestructuras).
Al efecto de los citados contratos de suministro, la Consejería aportará la documentación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00288609

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