3. Otras disposiciones. . (2023/164-23)
Resolución de 19 de agosto de 2023, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo (provincia de Jaén) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía del municipio de Villanueva del Arzobispo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 164 - Lunes, 28 de agosto de 2023
página 13602/5
Segunda. Compromisos de las partes.
2.1. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía,
corresponde a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural:
- La construcción de las infraestructuras Agrupación de vertidos y EDAR de Villanueva
del Arzobispo.
- El abono del coste total de la actuación, que incluye: consultoría y servicios técnicos,
redacción de proyecto, dirección de obra, ensayos y controles varios, seguridad y salud,
ejecución de las obras, y cuantos costes sean necesarios para la correcta ejecución de
las infraestructuras, incluido el coste de la indemnización por expropiación de bienes y
derechos afectados por ellas (excluidas las indemnizaciones que legalmente procedan
por retrasos que no sean imputables a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía).
Dicho abono se hará con cargo al canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de
interés de la Comunidad Autónoma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00288609
entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el Ayuntamiento de
Villanueva del Arzobispo para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento
de infraestructuras hidráulicas de depuración declaradas de interés de la Comunidad
Autónoma de Andalucía por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2010,
del municipio de Villanueva del Arzobispo.
1.2. Las infraestructuras objeto del presente convenio son Agrupación de vertidos
y EDAR de Villanueva del Arzobispo, provincia de Jaén (Expediente núm. CONTR
2021/924573; Clave A5.323.1129/2111) consistentes básicamente en la agrupación de los
vertidos existentes mediante dos colectores y dos estaciones de bombeo, que conducirán
el agua residual hasta la EDAR que la depurará mediante un sistema de fangos activados
por aireación prolongada, restituyendo posteriormente el efluente depurado a cauce
publico a través de un emisario.
1.3. El importe estimado total del convenio asciende a nueve millones quinientos
cincuenta y tres mil ochocientos cuarenta y tres euros con sesenta y siete céntimos
(9.553.843,67 €, incluido IVA 21%).
1.4. El núcleo de población beneficiado es Villanueva del Arzobispo.
1.5. Los terrenos sobre los que se ubican las infraestructuras se localizan en el
plano del anexo. Para la unificación de los dos vertidos existentes en el núcleo urbano
se proyectan dos colectores y dos estaciones de bombeo que conducen el caudal de
estas aguas brutas hasta la EDAR, que se localiza al norte del núcleo urbano, a una
distancia aproximada de 700 metros del casco urbano y que se ubicará en la parcela 10
del polígono 5 del termino municipal de Villanueva del Arzobispo.
1.6. Las infraestructuras objeto de construcción mediante este convenio y objeto
de financiación mediante el canon de mejora autonómico, responden al objetivo de
cumplimiento de la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de
octubre de 2000, de manera que la Junta de Andalucía, mediante Acuerdo del Consejo
de Gobierno de 26 de octubre de 2010, declaró de interés de la Comunidad Autónoma de
Andalucía aquellas actuaciones necesarias para el cumplimiento del objetivo de calidad
de las aguas, por lo que con la ejecución de la obra objeto de este convenio se culminan
las infraestructuras declaradas de Interés de la Comunidad Autónoma en la aglomeración
de Villanueva del Arzobispo.
1.7. Con la ejecución de las obras objeto de este convenio se culminan las
infraestructuras de saneamiento y depuración de la aglomeración de Villanueva
del Arzobispo que se enmarcan en el protocolo de fecha 19 de julio de 2017 entre el
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Consejería de
Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía mencionado en el
expositivo XIX.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 164 - Lunes, 28 de agosto de 2023
página 13602/5
Segunda. Compromisos de las partes.
2.1. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía,
corresponde a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural:
- La construcción de las infraestructuras Agrupación de vertidos y EDAR de Villanueva
del Arzobispo.
- El abono del coste total de la actuación, que incluye: consultoría y servicios técnicos,
redacción de proyecto, dirección de obra, ensayos y controles varios, seguridad y salud,
ejecución de las obras, y cuantos costes sean necesarios para la correcta ejecución de
las infraestructuras, incluido el coste de la indemnización por expropiación de bienes y
derechos afectados por ellas (excluidas las indemnizaciones que legalmente procedan
por retrasos que no sean imputables a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía).
Dicho abono se hará con cargo al canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de
interés de la Comunidad Autónoma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00288609
entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el Ayuntamiento de
Villanueva del Arzobispo para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento
de infraestructuras hidráulicas de depuración declaradas de interés de la Comunidad
Autónoma de Andalucía por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2010,
del municipio de Villanueva del Arzobispo.
1.2. Las infraestructuras objeto del presente convenio son Agrupación de vertidos
y EDAR de Villanueva del Arzobispo, provincia de Jaén (Expediente núm. CONTR
2021/924573; Clave A5.323.1129/2111) consistentes básicamente en la agrupación de los
vertidos existentes mediante dos colectores y dos estaciones de bombeo, que conducirán
el agua residual hasta la EDAR que la depurará mediante un sistema de fangos activados
por aireación prolongada, restituyendo posteriormente el efluente depurado a cauce
publico a través de un emisario.
1.3. El importe estimado total del convenio asciende a nueve millones quinientos
cincuenta y tres mil ochocientos cuarenta y tres euros con sesenta y siete céntimos
(9.553.843,67 €, incluido IVA 21%).
1.4. El núcleo de población beneficiado es Villanueva del Arzobispo.
1.5. Los terrenos sobre los que se ubican las infraestructuras se localizan en el
plano del anexo. Para la unificación de los dos vertidos existentes en el núcleo urbano
se proyectan dos colectores y dos estaciones de bombeo que conducen el caudal de
estas aguas brutas hasta la EDAR, que se localiza al norte del núcleo urbano, a una
distancia aproximada de 700 metros del casco urbano y que se ubicará en la parcela 10
del polígono 5 del termino municipal de Villanueva del Arzobispo.
1.6. Las infraestructuras objeto de construcción mediante este convenio y objeto
de financiación mediante el canon de mejora autonómico, responden al objetivo de
cumplimiento de la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de
octubre de 2000, de manera que la Junta de Andalucía, mediante Acuerdo del Consejo
de Gobierno de 26 de octubre de 2010, declaró de interés de la Comunidad Autónoma de
Andalucía aquellas actuaciones necesarias para el cumplimiento del objetivo de calidad
de las aguas, por lo que con la ejecución de la obra objeto de este convenio se culminan
las infraestructuras declaradas de Interés de la Comunidad Autónoma en la aglomeración
de Villanueva del Arzobispo.
1.7. Con la ejecución de las obras objeto de este convenio se culminan las
infraestructuras de saneamiento y depuración de la aglomeración de Villanueva
del Arzobispo que se enmarcan en el protocolo de fecha 19 de julio de 2017 entre el
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Consejería de
Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía mencionado en el
expositivo XIX.