3. Otras disposiciones. . (2023/164-30)
Resolución de 19 de agosto de 2023, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el Ayuntamiento de Santo Tomé (provincia de Jaén) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración del municipio de Santo Tomé, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 164 - Lunes, 28 de agosto de 2023
página 13610/2
Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y facultada a los efectos del presente Convenio por los
artículos 9 y 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.
De otra, don Francisco Jiménez Nogueras, Alcalde del Ayuntamiento de Santo
Tomé, que interviene en la representación del municipio que le confiere el artículo 21
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en ejercicio
de las competencias que establecen el artículo 25 de la citada Ley y demás normas
concordantes y facultado para la firma del presente Convenio en virtud del acuerdo
plenario adoptado en sesión del día 22 de marzo de 2022.
Las partes se reconocen mutuamente, en razón de la representación que ostentan,
capacidad suficiente para el otorgamiento del presente Convenio, y para asumir los
compromisos y obligaciones que de él se derivan, y a tal efecto
I. La Directiva 91/271/CEE del Consejo de la Comunidad Económica Europea, de 21
de mayo de 1991, sobre tratamiento de aguas residuales urbanas tiene como objetivo
proteger el medio ambiente de los efectos negativos de los vertidos de las aguas
residuales urbanas y de las aguas residuales procedentes de determinados sectores
industriales. El Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen
las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas (desarrollado por
el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo), transpone al ordenamiento jurídico español
dicha directiva.
II. Asimismo, la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23
de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el
ámbito de la política de aguas (Directiva Marco del Agua), regula la gestión de las aguas
superficiales, continentales, de transición, aguas costeras y subterráneas, con el fin de
prevenir y reducir su contaminación, fomentar su uso sostenible, proteger el medio acuático,
mejorar la situación de los ecosistemas acuáticos, paliar los efectos de las inundaciones y
de las sequías y conseguir «el buen estado ecológico» de todas las aguas europeas.
III. El Gobierno de España aprobó, por Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de abril
de 2021, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) para activar el
empleo, la inversión y la economía españoles tras la intensa caída de actividad provocada
por la pandemia del COVID-19. El PRTR se configura con base en 4 objetivos transversales
y 10 políticas palanca, entre las que se encuentra la política II de Infraestructuras y
ecosistemas resilientes y el componente 5, de Preservación del espacio litoral y los
recursos hídricos, que incluye en su Inversión núm.1 la materialización de actuaciones de
depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro, reutilización y seguridad de infraestructuras.
Las actuaciones, entre las cuales se encuentra la que es objeto de este Convenio, y que
benefician a aglomeraciones urbanas comprendidas entre los 2.000 y 5.000 habitantesequivalentes que no cumplan con los requisitos establecidos en la Directiva 91/271/CEE y
que no estén declarados de interés general del Estado, estarán reguladas por la normativa
europea, estatal y autonómica que le sea de aplicación a dicho plan.
IV. Dichas actuaciones se encuentran sujetas al cumplimiento de la normativa
aplicable al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dentro del Instrumento Europeo
de Recuperación («Next Generation UE»), entre otras, al Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece
el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, a la Orden HFP/1030/2021 de 29 de
septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, a la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que
se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 164 - Lunes, 28 de agosto de 2023
página 13610/2
Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y facultada a los efectos del presente Convenio por los
artículos 9 y 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.
De otra, don Francisco Jiménez Nogueras, Alcalde del Ayuntamiento de Santo
Tomé, que interviene en la representación del municipio que le confiere el artículo 21
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en ejercicio
de las competencias que establecen el artículo 25 de la citada Ley y demás normas
concordantes y facultado para la firma del presente Convenio en virtud del acuerdo
plenario adoptado en sesión del día 22 de marzo de 2022.
Las partes se reconocen mutuamente, en razón de la representación que ostentan,
capacidad suficiente para el otorgamiento del presente Convenio, y para asumir los
compromisos y obligaciones que de él se derivan, y a tal efecto
I. La Directiva 91/271/CEE del Consejo de la Comunidad Económica Europea, de 21
de mayo de 1991, sobre tratamiento de aguas residuales urbanas tiene como objetivo
proteger el medio ambiente de los efectos negativos de los vertidos de las aguas
residuales urbanas y de las aguas residuales procedentes de determinados sectores
industriales. El Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen
las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas (desarrollado por
el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo), transpone al ordenamiento jurídico español
dicha directiva.
II. Asimismo, la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23
de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el
ámbito de la política de aguas (Directiva Marco del Agua), regula la gestión de las aguas
superficiales, continentales, de transición, aguas costeras y subterráneas, con el fin de
prevenir y reducir su contaminación, fomentar su uso sostenible, proteger el medio acuático,
mejorar la situación de los ecosistemas acuáticos, paliar los efectos de las inundaciones y
de las sequías y conseguir «el buen estado ecológico» de todas las aguas europeas.
III. El Gobierno de España aprobó, por Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de abril
de 2021, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) para activar el
empleo, la inversión y la economía españoles tras la intensa caída de actividad provocada
por la pandemia del COVID-19. El PRTR se configura con base en 4 objetivos transversales
y 10 políticas palanca, entre las que se encuentra la política II de Infraestructuras y
ecosistemas resilientes y el componente 5, de Preservación del espacio litoral y los
recursos hídricos, que incluye en su Inversión núm.1 la materialización de actuaciones de
depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro, reutilización y seguridad de infraestructuras.
Las actuaciones, entre las cuales se encuentra la que es objeto de este Convenio, y que
benefician a aglomeraciones urbanas comprendidas entre los 2.000 y 5.000 habitantesequivalentes que no cumplan con los requisitos establecidos en la Directiva 91/271/CEE y
que no estén declarados de interés general del Estado, estarán reguladas por la normativa
europea, estatal y autonómica que le sea de aplicación a dicho plan.
IV. Dichas actuaciones se encuentran sujetas al cumplimiento de la normativa
aplicable al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dentro del Instrumento Europeo
de Recuperación («Next Generation UE»), entre otras, al Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece
el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, a la Orden HFP/1030/2021 de 29 de
septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, a la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que
se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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