3. Otras disposiciones. . (2023/164-24)
Resolución de 19 de agosto de 2023, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el Ayuntamiento de Canjáyar (provincia de Almería) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración del municipio de Canjáyar, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 164 - Lunes, 28 de agosto de 2023

página 13603/4

verificación y demás impuestas por la normativa europea, estatal y autonómica que le
sea de aplicación.
XI. Conforme a los objetivos y principios que rigen el PRTR y la financiación mediante
Next Generation EU-MRR, la actuación objeto del convenio:
- Tiene en cuenta la dimensión del reto demográfico pues el municipio referido se
encuentra entre los considerados medianos/pequeños municipios que cumplen una serie
de indicadores de renta media, empleo, densidad de población, edad de la población y
pérdida de población.
- Incide positivamente en el pilar de la transición ecológica al estar enmarcada en el
Anexo VI del Reglamento UE 2021/241, del Parlamento europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, y dar respuesta a los objetivos ambientales perseguidos.
- No dispone de otra financiación que la indicada en el presente convenio.
XII. El Decreto 310/2003, de 4 de noviembre, delimita las aglomeraciones urbanas
para el tratamiento de las aguas residuales de Andalucía.
XIII. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía,
los instrumentos ordinarios de desarrollo y ejecución de la planificación de infraestructuras
de saneamiento y depuración serán los convenios de colaboración entre la Consejería
competente en materia de aguas y las entidades locales, conforme a lo previsto en el
artículo 9 de la Ley de la Administración de la Junta de Andalucía y se desarrollarán
conforme a las estipulaciones recogidas en dicho artículo.
XIV. Que, por el Ayuntamiento en Pleno, en sesión celebrada el día 4 de julio de 2022,
se aprueba en todos sus términos el texto del presente Convenio de colaboración y se
autoriza a su Alcalde don Juan José Romera Rodríguez a la firma del mismo.
XV. Que, de acuerdo con la política general de información y difusión a los ciudadanos
en materia de medio ambiente y, más concretamente, en materia de aguas, aspecto
fuertemente resaltado por la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 23 de octubre de 2000, y por el impacto potencial que se prevé de tales medidas,
las Administraciones reunidas coinciden en la conveniencia de desarrollar acciones de
divulgación e información dirigidas a la población, sobre los objetivos, alcance y contenido
del presente convenio.
Con base en todas las consideraciones expuestas, y en virtud de lo establecido en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de acuerdo con
lo preceptuado en la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y lo dispuesto en las Leyes
Autonómicas 9/2007, de Administración de la Junta de Andalucía, 5/2010, de Autonomía
Local de Andalucía, y 9/2010 de Aguas de Andalucía y demás normativa de aplicación, las
partes intervinientes, a través de las representaciones indicadas, suscriben el presente
Convenio conforme a las siguientes

Primera. Objeto del convenio.
1.1. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, es
objeto del presente Convenio establecer el régimen de colaboración entre la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el Ayuntamiento de Canjáyar para la
construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas
de depuración del municipio de Canjáyar, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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