3. Otras disposiciones. . (2023/163-18)
Resolución de 10 de agosto de 2023, de la Secretaría General de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, por la que se emite y se hace pública la declaración ambiental estratégica del II Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural Sierra de Andújar y su área de influencia socioeconómica.
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Número 163 - Viernes, 25 de agosto de 2023

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Asimismo, se ha dado cumplimiento a otro de los grandes objetivos de la citada ley
GICA, que consiste en la transparencia y participación ciudadana a través del acceso a
una información exhaustiva y fidedigna del proceso planificador y la invitación a realizar
aportaciones en diversas fases del mismo.
El procedimiento de evaluación ambiental estratégica comenzó con la solicitud
de inicio presentada por el promotor ante el órgano ambiental. Dicha solicitud se
acompañaba del borrador del PDS y de un documento inicial estratégico con la inclusión
de los correspondientes aspectos establecidos en la ley GICA.
En base a este documento inicial, para llevar a cabo el trámite de consultas, el órgano
ambiental identificó a 56 agentes entre Administraciones públicas afectadas y entidades
posiblemente interesadas, a quienes se consultó de forma particularizada. Para
responder a esta consulta se dio un plazo de 45 días. En total se recibieron 13 escritos
con información y observaciones.
La información y documentación inicial asociada a esta evaluación ambiental se
publicó en la web del Portal Ambiental de Andalucía. Además, se habilitó el canal de
administración electrónica para la tramitación de las consultas y, adicionalmente, se puso
a disposición del público una dirección de correo electrónico para enviar las aportaciones,
sugerencias e información de interés.
El órgano ambiental, considerando el resultado de las consultas iniciales realizadas,
elaboró el documento de alcance, al objeto de delimitar la amplitud, nivel de detalle y
grado de especificación del posterior Estudio Ambiental Estratégico (en adelante EsAE)
del PDS. Este documento de alcance, junto a las respuestas recibidas en el trámite de
consultas (incluidas las recibidas desde los distintos centros directivos de la entonces
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible), fueron remitidas al
promotor, proporcionando toda la información ambiental disponible de utilidad para lograr
la máxima integración ambiental del PDS.
Toda esta información fue analizada y, en su caso, considerada por el órgano
promotor en la elaboración de la versión preliminar del PDS y del EsAE.
Además de esta documentación inicial, también se fue publicando en la web del
órgano ambiental toda la documentación posterior relacionada con el procedimiento de
evaluación ambiental del PDS.
Posteriormente, en fase de información pública y segundas consultas de la versión
preliminar del PDS y del EsAE, se recibieron 87 comentarios, de los cuales 52 son
alegaciones y propuestas al PDS, teniéndose en cuenta por el promotor en la elaboración
de las propuestas finales del PDS y del EsAE.
Las modalidades de información y consulta definidas son coherentes con las
garantías de participación pública establecidas en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la
que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de
acceso a la justicia en materia de medio ambiente.
El EsAE es, por tanto, el documento técnico clave de este procedimiento. Atendiendo
a los contenidos mínimos exigidos en el Anexo II C de la ley GICA y a la información
aportada en el documento de alcance, el promotor elaboró el EsAE en el que se han
identificado los efectos significativos sobre el medio ambiente que tendrá la aplicación del
PDS, así como unas alternativas razonables técnica y ambientalmente viables.
El EsAE también ha considerado la coherencia externa con los principios y directrices
de protección ambiental y desarrollo sostenible, así como su adecuación a las directrices
derivadas de los planes y estrategias de naturaleza medioambiental y territorial con los
que interactúa.
En cumplimiento del artículo 38.6 de la ley GICA, el órgano ambiental publicará la
presente declaración ambiental estratégica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
y en su sede electrónica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00288593

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía