3. Otras disposiciones. . (2023/144-48)
Resolución de 25 de julio de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se da publicidad al Pacto por el que se prorroga el Pacto de la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía, de 25 de septiembre de 2020, por el que se aprueba el desarrollo del protocolo de medidas organizativas para la aplicación temporal del régimen de trabajo no presencial en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 - Viernes, 28 de julio de 2023
página 12722/4
Mesa Sectorial procede a acordar la prórroga de la aplicación de su Pacto de 25 de septiembre de 2020
hasta la efectiva entrada en vigor de la referida regulación reglamentaria.
El apartado 2 del artículo 38 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece que los Pactos se celebrarán sobre
materias que se correspondan estrictamente con el ámbito competencial del órgano administrativo que lo
suscriba y se aplicarán directamente al personal del ámbito correspondiente.
Es por todo ello que esta Mesa Sectorial, en uso de la facultad atribuida por los artículos 36.3, 37.1.m) y 38.2
del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, adopta el presente
PACTO
Primero. Determinación de las partes que conciertan este pacto.
Este pacto ha sido negociado y se firma por la Administración de la Junta de Andalucía y por la
representación de las Organizaciones Sindicales SAF, CSIF, ISA, UGT y CCOO, integrantes de la Mesa
Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.
Segundo. Objeto.
El presente pacto prorroga la aplicación del Pacto de esta Mesa Sectorial de 25 de septiembre de 2020, que
aprueba el desarrollo del protocolo de medidas organizativas para la aplicación temporal del régimen de
trabajo no presencial en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Tercero. Vigencia.
La entrada en vigor de la prórroga se producirá el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía» de la resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública por
la que se ratifique y ordene su publicación, manteniéndose hasta el momento en que se produzca el
desarrollo reglamentario de la Ley de la Función Pública de Andalucía en esta materia.
POR LA ADMINISTRACIÓN
2
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00287729
Natalia Márquez García
Directora General de Recursos Humanos y Función Pública
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 - Viernes, 28 de julio de 2023
página 12722/4
Mesa Sectorial procede a acordar la prórroga de la aplicación de su Pacto de 25 de septiembre de 2020
hasta la efectiva entrada en vigor de la referida regulación reglamentaria.
El apartado 2 del artículo 38 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece que los Pactos se celebrarán sobre
materias que se correspondan estrictamente con el ámbito competencial del órgano administrativo que lo
suscriba y se aplicarán directamente al personal del ámbito correspondiente.
Es por todo ello que esta Mesa Sectorial, en uso de la facultad atribuida por los artículos 36.3, 37.1.m) y 38.2
del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, adopta el presente
PACTO
Primero. Determinación de las partes que conciertan este pacto.
Este pacto ha sido negociado y se firma por la Administración de la Junta de Andalucía y por la
representación de las Organizaciones Sindicales SAF, CSIF, ISA, UGT y CCOO, integrantes de la Mesa
Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.
Segundo. Objeto.
El presente pacto prorroga la aplicación del Pacto de esta Mesa Sectorial de 25 de septiembre de 2020, que
aprueba el desarrollo del protocolo de medidas organizativas para la aplicación temporal del régimen de
trabajo no presencial en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Tercero. Vigencia.
La entrada en vigor de la prórroga se producirá el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía» de la resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública por
la que se ratifique y ordene su publicación, manteniéndose hasta el momento en que se produzca el
desarrollo reglamentario de la Ley de la Función Pública de Andalucía en esta materia.
POR LA ADMINISTRACIÓN
2
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00287729
Natalia Márquez García
Directora General de Recursos Humanos y Función Pública